Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca
A través de la Ley 2199 de 2022 se expidió un régimen especial para la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, mediante la cual se define y establecen reglas para su funcionamiento, en el marco de la autonomía que la Constitución le otorgó a los integrantes.
La Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca es definida y caracterizada como una entidad administrativa de asociatividad regional con régimen especial de orden legal, que cuenta con personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio propio, a través de la cual sus integrantes podrán cumplir sus competencias y la planeación del desarrollo, gracias a su interdependencia geográfica, ambiental, social o económica. Las competencias de esta entidad serán en materia de movilidad, seguridad ciudadana, convivencia y justicia, seguridad alimentaria y comercialización.
Esta entidad estará integrada por Bogotá y los municipios que decidan asociarse y su domicilio y sede serán definidos por el Consejo Regional. La ley contempla, además, el procedimiento para el ingreso, el funcionamiento y la salida de la región.
Minenergia reglamentó la reserva y delimitación de las zonas estratégicas para el desarrollo minero energético
Mediante la Resolución 40065 del pasado 11 de febrero de 2022, el Ministerio de Minas y Energía definió las zonas reservadas y delimitadas con potencial minero e hidrocarburíferos, de interés estratégico para el país, con el fin de permitir el manejo ordenado de los recursos naturales no renovables.
La norma señala que las áreas de reserva no deben contar con propuestas de contratos de concesión minera, procesos de formalización minera, títulos mineros, cualquier contrato para la exploración y/o explotación de hidrocarburos, o cualquier otra figura que habilite para la explotación y/o exploración minera o hidorcarburífera, así como tampoco las áreas deben estar en proceso de asignación por la ANM o la ANH.
Se delimitaron ocho áreas de reserva ubicadas en varios departamentos del país: Córdoba (2), Valle del Cauca (2), La Guajira (2), Norte de Santander (1), y Tolima (1), frente a las cuales se deberán generar espacios para la coordinación, concurrencia y consulta previa, cuando proceda, una vez lo cual, podrán ser declaradas áreas estratégicas para el desarrollo minero – energético. También se deberá validar la presencia de mineros tradicionales y la posibilidad de exclusión del área para sumarla a una de formalización minera.
La norma empezó a regir a partir de la publicación en el Diario Oficial.
Esta sería la hoja de ruta para el despliegue de la energía eólica costa afuera
El Ministerio de Minas y Energía dio a conocer el proyecto denominado “Hoja de ruta para el despliegue de la energía eólica costa afuera en Colombia”, en el que se relieva su importancia en el desarrollo del sector energético a mediano y largo plazo en el país, se entregan recomendaciones sobre los proyectos financiables, y se definen dos posibles escenarios para su despliegue.
El documento fue producto del trabajo elaborado por expertos contratados por el Banco Mundial (“BM”), en el marco del Programa de Asistencia para la Gestión del Sector Energético (ESMAP) y el Programa de Desarrollo Eólico Marino de la Corporación Financiera Internacional (IFC), que contó con los aportes de ministerios y agencias estatales colombianas rectoras de los sectores involucrados.
El estudio reveló la destacada potencialidad de la costa caribe colombiana para producir energía eólica, en particular de la zona este de la Guajira. Se estima que el país cuenta con 109 GW de energía eólica marina, áreas de exploración de desarrollo de aproximadamente 50 GW y, en la Guajira, el potencial teórico completo es cercano al 70%, uno de los más altos del mundo.
El reporte entrega importantes recomendaciones y señala las entidades que deberían ejecutar cada una de ellas, entre las que se destacan:
- Planificar la generación y elaborar la visión de la energía eólica costa afuera y unos objetivos de capacidad. (UPME)
- Revisar el plan de ordenamiento marino costero e identificar áreas prioritarias para el despliegue comercial de este tipo de energía. (DIMAR)
- Ajustes al proceso de concesión, revisión de las normas que lo regulan, y adopción de buenas prácticas de la experiencia de otros países. (DIMAR)
- Desarrollo e inversión en la infraestructura portuaria y de carreteras en la región. (ANI, DIMAR y Mintransporte)
- Desarrollar la cadena de suministro mediante los incentivos tributarios y articulación con las agencias de crédito a la exportación. (MME)
- Contactar a expertos financieros internacionales para analizar los requerimientos de los grandes prestamistas, requeridos para la financiación de este tipo de proyectos.
El documento está disponible para comentarios hasta el 25 de febrero de 2022.
Crecimiento del PIB para 2021, de 10,6%, superó proyecciones del gobierno
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística publicó los resultados del cálculo del crecimiento del Producto Interno Bruto para el año 2021. El crecimiento, que fue de 10,6% superó la proyección del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, anunciada el día de ayer por el Presidente Iván Duque desde Bruselas del 10,2 %. Respecto al dato prepandemia de 2019, el crecimiento fue de 2,8%.
Las actividades económicas que más aportaron al resultado del año 2021 fueron:
- Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y almacenamiento; alojamiento y servicios de comida. (Crecimiento de 21,2% y un aporte de 3,9 puntos porcentuales al dato anual).
- Industrias manufactureras (Crecimiento de 16,4% y un aporte de 2 puntos porcentuales al dato anual).
- Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; educación; actividades de atención de la salud humana y de servicios sociales (Crecimiento de 6,9% y un aporte de 1,2 puntos porcentuales al dato anual).