
El 25 de febrero de 2025 se radicó en la Cámara de Representantes el proyecto de ley “Por la cual se regulan los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) y se dictan otras disposiciones” (el “Proyecto de Ley”).
El objeto del Proyecto de Ley es fomentar la adopción de la tecnología blockchain y sus principales aplicaciones, regular los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) para impulsar la industria y su adopción, reforzar las mejores prácticas internacionales en la lucha contra el lavado de activos, promover la innovación tecnológica y fomentar la colaboración público-privada.
Para promover la tecnología blockchain, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTic) desarrollará estrategias de apropiación y formación en blockchain y DLT, mientras que el SENA, junto con las Secretarías de Educación, incorporarán programas de formación en blockchain. El Gobierno Nacional y las entidades territoriales también apoyarán el desarrollo de la tecnología a través de la identificación e implementación de casos de uso, y los municipios podrán crear fondos territoriales para su desarrollo e implementación.
El Proyecto de Ley define los PSAV como cualquier persona jurídica o natural, nacional o extranjera, que ofrezca Servicios de Activos Virtuales de Forma Habitual y Profesional dentro del territorio nacional. Entre estos servicios se incluyen la custodia y administración de activos virtuales, la gestión de plataformas de intercambio, el intercambio de activos por moneda legal o por otros activos virtuales, la asesoría en materia de activos virtuales y la gestión de carteras, entre otros.
El Proyecto de Ley crea un Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, administrado por la Superintendencia de Sociedades, donde los PSAV Obligados deben inscribirse y proporcionar información sobre su existencia, identificación, ubicaciones, actividad y medios de comunicación. Además, deberán adoptar medidas de control según las recomendaciones de la UIAF, reportar información y contar con políticas de protección de datos, entre otros requisitos.
Finalmente, los PSAV Obligados deberán informar a sus usuarios sobre los riesgos asociados a sus servicios y activos virtuales, y suministrar recursos educativos sobre sus principios básicos y riesgos. También estarán obligados a implementar un sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. El proyecto regula también el régimen de insolvencia y tributario de los PSAV, y permite a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y la Superintendencia de la Economía Solidaria otorgar acceso a los PSAV a sus servicios y productos.