23 de abril de 2020
CONSTRUCCIÓN

Mediante la circular conjunta 001 expedida el 11 de abril de 2020, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Trabajo impartieron orientaciones en materia de protección, dirigidas a todo el personal que labora en proyectos del sector de la construcción de edificaciones en estado de ejecución durante la emergencia sanitaria, aplicable a las actividades propias del proyecto, así como en su cadena de suministros y materiales, para prevenir, reducir la exposición y mitigar el riesgo de contagio por el coronavirus COVID-19. 

Particularmente, la circular es aplicable a los responsables de los trabajadores en las construcciones, los líderes de obra, los administradores de riesgos laborales, los trabajadores fuera de la obra. Adicionalmente, la circular establece medidas que se deben garantizar en relación con las obras, los espacios contiguos a las obras, la limpieza y desinfección, la manipulación de equipos y la cadena de producción, abastecimiento, suministros y servicios.

De acuerdo con la circular, las administradoras de riesgos laborales deben suministrar los trabajadores y contratistas información clara y oportuna sobre las medidas preventivas y de contención del COVID-19, incluyendo estrategias de información y educación permanente y cumplir con todas las acciones que deben ejecutar las Administradoras de Riesgos Laborales, según lo impartido por la Circular 017 expedida por el Ministerio del Trabajo el 24 de febrero de 2020.

Asimismo, el responsable de los trabajadores debe realizar un Plan de Aplicación del Protocolo Sanitario para la Obra (PAPSO) que planteé las estrategias, alternativas y actividades necesarias para minimizar o mitigar la transmisión del COVID-19, de manera que aseguré la protección de los trabajadores de la construcción. 

Por su parte, se deberá definir un espacio al interior de la obra destinado para cuidar en salud de quienes puedan presentar alguna sintomatología. Este espacio debe contar, como mínimo, un lugar para sentarse, tapabocas desechables, gel antibacterial y alcohol, además de instrumentos de primeros auxilios que incluyan la identificación y atención de síntomas. 

Por último, cada proyecto debe adaptar su protocolo de bioseguridad, prevención y promoción para la prevención del coronavirus COVID-19 en la zona de influencia de los proyectos éste debe estar articulado con los sistemas de seguridad y salud en el trabajo. Dichos protocolos deben ser comunicados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo planCOVIDconstruccion@minvivienda.gov.co antes del 30 de abril de 2020.

Ver texto completo Circular Conjunta 1 de 2020
 

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