Venta de Vapeadores y Cigarrillos Electrónicos

El pasado 15 de mayo, fue publicada oficialmente la Ley 2354 de 2024 de 2024, que regula el uso y venta de vapeadores y cigarrillos electrónicos en Colombia, haciendo extensible a estos dispositivos las implicaciones y limitaciones de la Ley 1335 de 2009, conocida como la Ley Antitabaco.

  1. Amplía la regulación del consumo, venta, publicidad y promoción de los cigarrillos, productos de tabaco y derivados, e incorpora aquellos productos que pretendan reemplazar o sustituir un producto de tabaco, imitador y aerosol, lo cual incluye vapeadores y cigarrillos electrónicos (los “Dispositivos”). 
  2. Reitera los derechos de las personas consumidoras de cigarrillos o sus sustitutos para recibir información veraz, oportuna, clara, suficiente y expresa. 
  3. Reitera el rol del Ministerio de Salud y Protección Social en materia de estrategias y campañas educativas sobre los potenciales efectos y riesgos de los imitadora tipo SEAN, SSSN, PTC y PNO.
  4. Al hacer extensible a estos Dispositivos las implicaciones y obligaciones de la Ley 1335 de 2009, se concede un plazo de un (1) año para que implementen los mismos, en relación con su empaquetado y etiquetas, publicidad en vallas y similares; promoción; y prohibición del patrocinio.
  5. Se prohíbe el consumo de estos productos en áreas cerradas de lugares de trabajo y/o lugares públicos como restaurantes, centros comerciales, parques, bares, entre otros.
  6. La autoridad que podrá sancionar el incumplimiento a las disposiciones de la Ley 1335 de 2009 es la SIC y las sanciones oscilan entre 250 y 400 smlmv. Esto demuestra que las sanciones son mucho menores en comparación con las que la SIC usualmente impone, de conformidad con el Estatuto de Protección al Consumidor.
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