Sociedades ha enviado varias cartas, dirigidas a las sociedades que cumplen con los requisitos para estar obligados a contar con el SAGRILAFT.
En este sentido hemos encontrado que varias sociedades no se habían dado por enteradas de que debían cumplir con la obligación de contar con un Sistema de prevención de los riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – SAGRILAFT, a más tardar el 31 de mayo del 2022 si a 31 de diciembre de 2021 cumplieron con los requisitos respectivos.
En su amable recordatorio, la Superintendencia indica que la empresa está obligada y que, en cumplimiento de sus funciones como entidad gubernamental, puede realizar visitas de inspección para verificar el cumplimiento de este requisito. ¡Soldado advertido no muere en guerra!
Adicionalmente, los Revisores Fiscales, en cumplimiento de sus deberes se han mostrado muy activos en la verificación de la existencia de este programa, lo que obliga a las empresas a contar con el SAGRILAFT, a más tardar, el 31 de diciembre, en este caso, del 2022.
¿Cuál es entonces la situación de las empresas incumplidas?
Frente a la Superintendencia de Sociedades se encuentran en incumplimiento, verificable fácilmente por la entidad si no tiene en sus registros, por ejemplo, la inscripción del Oficial de Cumplimiento o si la empresa no cuenta con los respectivos Reportes de Operación Sospechosa (ROS) o los documentos que comprueben que se presentó el informe de Ausencia de Reporte de Operación Sospechosa (AROS). La Superintendencia puede imponer sanciones.
Frente a la Revisoría Fiscal, la empresa debe implementar el programa, antes del 31 de diciembre y de esta manera evitar glosas a sus Estados Financieros.
En nuestra experiencia, ante una inspección de la Superintendencia de Sociedades, es mucho mejor, contar con un programa implementado tarde que no tenerlo, lo que se ve reflejado en las sanciones que en estos casos ha impuesto esta Entidad. El sector Privado, debe seguir comprometido en la lucha contra la delincuencia y es esta la razón que lleva a la autoridad a exigir y verificar la existencia del programa de cumplimiento y a la Revisoría Fiscal hacer lo propio.
Ante la premura del tiempo, recomendamos que las empresas verifiquen si a la fecha se encuentran obligadas a contar con el SAGRILAFT y de esta manera, al 31 de diciembre puedan cumplir sus obligaciones con la sociedad.