La Ley 2047 de 2020 prohíbe la experimentación con animales cuando tenga fines asociados a productos cosméticos, al igual que su importación, exportación, fabricación y comercialización. Dicha Ley empezará a regir a partir del mes de agosto de 2024.
Son excepción a la norma aquellos escenarios en los que no exista una prueba alternativa valida a la experimentación con animales, o que las pruebas se hayan realizado con un fin distinto al cosmético.
Contrariar lo dispuesto en la norma acarreará sanciones y multas de hasta 50.000 salarios mínimos legales vigentes, las cuales serán impuestas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
Además, en el marco de la Ley 2047 de 2020 el Gobierno Nacional deberá generar estímulos e incentivos para fortalecer los laboratorios e instituciones de investigación nacionales en el desarrollo y aplicación de modelos alternativos al uso de pruebas en animales.