8 de marzo de 2021
Colombia expide Estatuto de Protección Temporal para Migrantes

El Presidente de la República expidió el Estatuto Temporal para la protección de los migrantes provenientes de Venezuela, el cual contempla un registro de migrantes y un permiso de protección, cuya vigencia será de 10 años. 

Esta normativa tiene por objeto crear el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal, definido como un mecanismo jurídico de protección temporal dirigido a la población migrante venezolana, por medio del cual se busca generar el registro de información de esta población migrante y el otorgamiento de un beneficio temporal de regularización.  

Las personas que cumplan alguno de los siguientes criterios son elegibles para el permiso:

  1. Encontrarse en territorio colombiano de manera regular con alguno de los siguientes permisos: Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente.
  2. Encontrarse en territorio colombiano de manera regular con un Salvoconducto de Permanencia SC – 2 en virtud del trámite de una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
  3. Encontrarse en territorio colombiano de manera irregular a 31 de enero de 2021.
  4. Ingresar a territorio colombiano de manera regular a través del respectivo Puesto de Control Migratorio cumpliendo con los requisitos establecidos en las normas migratorias, durante los primeros dos (2) años de vigencia del presente Estatuto.


El registro único de migrantes venezolanos servirá de base para el desarrollo de políticas públicas y la identificación de los migrantes que cumplan con las condiciones que les permitan acceder a esta protección temporal. La inclusión en el registro no implica modificación del estatus migratorio ni el reconocimiento de la calidad de refugiado. 

La administración de este registro corresponderá a Migración Colombia, entidad que quedó facultada para la expedición del acto administrativo que lo ponga en funcionamiento. 

Finalmente, se creará el permiso por protección temporal (PPT) como un mecanismo de regularización y documentación de identificación, que permitirá la permanencia en condición de regularización en el país y el desarrollo de cualquier actividad legal.
 

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