Boletín Real time

 Minsalud, Minjusticia y Minagricultura expiden reglamentación para el uso industrial del cannabis y sus derivados

Minsalud, Minjusticia y Minagricultura expiden reglamentación para el uso industrial del cannabis y sus derivados

Mediante la Resolución 227 de 2022, los ministerios de Salud, Justicia y Agricultura reglamentaron el uso industrial del cannabis, cuyo aplicación se extiende a “la evaluación, seguimiento y control de las licencias y autorizaciones, así como con los requisitos y criterios de cupos y otros asuntos enmarcados en el acceso seguro e informado al uso del cannabis y de la planta de cannabis”, que deberán cumplir las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjera, con domicilio en el país, que estén interesadas en desarrollar las actividades propias de esta naciente industria. 

La reglamentación fue expedida con el propósito de integrar en un solo acto administrativo las diversas jurídica y la salud pública en torno al uso del cannabis y sus derivados.

La norma incluye disposiciones relativas, entre otros a: (i) conceptos de términos técnicos; (ii) los procedimientos disposiciones legales, articular las actividades de las diferentes autoridades competentes, y garantizar la seguridad referentes a trámites y reportes ante el Mecanismo de Información para el Control de Cannabis (MICC); (iii) licencias (tipos, requisitos, operación y cancelación); (iv) sistemas de cupos; (v) visitas de control y seguimiento; (vi) alimentos y bebidas alcohólicas; y (vii) suplementos dietarios. 

Esta regulación empezó a regir a partir de su publicación, con excepción de los artículos 58 (requisitos generales para la obtención de cupo ordinario de fabricación de derivados de cannabis), 62 (requisitos generales para la obtención de cupo ordinario de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo), y 142 (transitorio para las licencias de fabricación de derivados de cannabis no psicoactivo), los cuales entrarán en vigor a partir de los seis meses siguientes a la publicación de esta resolución. 

 


 

Corte Constitucional emite nuevo fallo sobre el aborto

Corte Constitucional emite nuevo fallo sobre el aborto

La Corte Constitucional emitió fallo mediante el cual se despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo que se lleve a cabo antes de la semana 24 de gestación; igualmente, no podrá ser sancionado penalmente, sin límite temporal alguno, la misma conducta ejecutada cuando quiera que se presente: “(i) peligro para la vida o la salud de la mujer; (ii) cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida; y, (iii) cuando el embarazo sea el resultado de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”. 

El fallo se produjo con ocasión de una demanda de inconstitucionalidad presentada contra el artículo 122 del Código Penal, el cual sanciona el aborto practicado por la mujer y a quienes se lo realicen, con una pena de prisión de (16) a cincuenta y cuatro (54) meses. 

De acuerdo con el comunicado de prensa, el máximo tribunal constitucional consideró que la pena impuesta es ineficaz para los fines que persigue y existen otros medios para su consecución, sin afectar intensamente los derechos a la salud y los reproductivos de las mujeres, niñas y personas gestantes. Otro de sus argumentos se funda en la afectación de la libertad de conciencia de quienes practican el aborto, dado que se les sanciona por actuar de acuerdo con sus convicciones morales y en contra de la finalidad de la maternidad perseguida por la norma demandada. 

El fallo concluye con la exhortación al Congreso de la República y al Gobierno Nacional para la adopción de medidas que permitan su aplicación inmediata y, en particular, les solicitó la formulación e implementación de una política pública que permita (i) la divulgación de las opciones que existen para las mujeres en gestación, (ii) la eliminación las barreras para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y, (iii) la comunicación de los instrumentos de planificación y prevención del embarazo. 
 

Sentencia C-055-22 

 


 

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