Entró en vigor conexión la ley de desconexión laboral
El pasado 6 de enero entró en vigor la Ley 2191 de 2022, ley de desconexión laboral, cuya finalidad es la de garantizar el goce del tiempo libre y de descanso, las licencias, permisos y vacaciones, a través de la regulación del derecho a la desconexión laboral de los trabajadores, lo cual posibilitará la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
La Ley 2191 define la desconexión laboral como “el derecho que tienen todos los trabajadores y servidores públicos, a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo, o convenida, ni en sus vacaciones o descansos”, lo cual implica la prohibición a los empleadores para entregar órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral.
Esta normativa señala que la violación del derecho a la desconexión podrá ser considera como acoso laboral, siempre que reúna las condiciones de persistente y demostrable. Adicionalmente, se sanciona con ineficacia cualquier pacto verbal o escrito que desconozca este derecho. De otro lado, se establece la obligación de los empleadores de contar con una política de desconexión laboral que incorpore procedimiento para la presentación y trámite de quejas por parte de los trabajadores.
Finalmente, la ley contempla tres excepciones: (i) los trabajadores de dirección, confianza y manejo; (ii) los cargos que por su naturaleza requieran disponibilidad permanente; (iii) las situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
Nuevas reglamentación para la participación en procesos de contratación estatal por Mipyme y emprendimientos y empresas de mujeres
Con el fin de dar aplicación a las disposiciones legales sobre emprendimiento relativas a la participación en los procesos de contratación estatal de las Mipyme, emprendimientos y empresas de mujeres, y población en condición de vulnerabilidad, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1860 de 2021.
A través de este decreto se modifican las normas que regulan el sistema de compras públicas, en particular, las relativas al procedimiento de mínima cuantía, criterios diferenciales para Mipyme, los emprendimientos y empresas de mujeres; las convocatorias limitadas a Mipyme y los criterios de desempate establecidos en la ley de emprendimiento.
Esta norma establece que son emprendimientos y empresas de mujeres aquellos que reúnan al menos una de cuatro condiciones: (i) los derechos de propiedad sobre la persona jurídica pertenezcan a mujeres en un porcentaje superior al 50%; (ii) los empleos del nivel directivo de la persona jurídica sean ocupados por mujeres un una proporción igual o superior al 50%; (iii) las personas naturales mujeres que hayan ejercido sus actividades a través de un establecimiento de comercio; (iv) las asociaciones y cooperativas que cuenten con más del 50% de mujeres en calidad de asociadas.
Las disposiciones de este decreto modifican y adicionan las previstas en el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación, Decreto 1082 de 2015, y serán exigibles a los procedimientos de selección cuya invitación, aviso de convocatoria o documento equivalente se publique a los tres (3) meses contados a partir de su expedición, con algunas excepciones para los procesos que se rigen por documentos tipo.
Conozca el porcentaje de incremento del avalúo catastral para el 2022
A través del Decreto 1891 de 2021, el Gobierno Nacional estableció el porcentaje de incremento del avalúo catastral de los predios rurales y urbanos que se deberá aplicar para la vigencia 2022, en cumplimiento de las disposiciones legales que establecen su reajuste anual, el cual deberá estar acorde con la meta de inflación para el mismo año.
En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2022, los avalúos catastrales de los predios urbanos y rurales no formados y formados con vigencia de enero de 2021 y anteriores, se reajustarán a partir del 1 de enero de 2022 en tres por ciento (3%). Por su parte, los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2021 no serán objeto de reajuste.
Es importante señalar que los porcentajes establecidos no serán aplicables al Distrito Capital ni a los catastros descentralizados, los cuales cuentan con un régimen especial.