6 de abril de 2020
El Consejo Superior de la Judicatura aclaró que todas las acciones de Tutela se están repartiendo y resolviendo a través de los canales electrónicos establecidos. La referencia a los derechos de la vida, salud y habeas corpus, que se incluye en el numeral 1 del Artículo 2 del Acuerdo PCSJA20-11526 del 22 de marzo de 2020, tiene como objeto agilizar el trámite de acciones relativas a esos derechos, que son importantes en medio de la crisis del COVID-19.
Ver texto completo de la Circular PCSJC20-12 de 2020
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