23 de abril de 2020
Por medio de la Resolución CREG 67 de 2020 y de conformidad con los artículos 1 y 3 de la Resolución CREG 42 de 2020, la CREG extiende por segunda vez por dos días calendario el plazo para el registro de las modificaciones de mutuo acuerdo de los contratos de suministro y transporte de gas ante el Gestor del Mercado de Gas Natural. Ello significa que dichos contratos deben estar registrados a más tardar el 24 de abril de 2020.
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