6 de abril de 2020
Mediante la Resolución 0457 de 2020 el MINCIT reguló los Decretos 462 y 463 de 2020 de la siguiente forma:
- Establece una mesa de diálogo y coordinación para consolidar información y proveer insumos técnicos para priorizar la distribución y venta de los productos contenidos en los Decretos 462 y 463. Igualmente, esta mesa decidirá sobre la autorización de exportación de los productos sometidos a la restricción del Decreto 462 de 2020.
- Se crea un listado de productos comprendidos en las subpartidas arancelarias contenidas en el Decreto 462 de 2020, considerados como esenciales para afrontar la emergencia sanitaria producida por el COVI-19.
- Se establece que los Ministerios de Comercio y de Salud y Protección Social pueden actualizar los productos esenciales de acuerdo con las necesidades de la emergencia.
- Se permite, previa autorización por parte del Ministerio de Comercio, la exportación de los productos contenidos en el Decreto 462 de 2020. Para ello, el interesado deberá radicar una solicitud en formato oficial ante dicho Ministerio, el cual ha dispuesto un buzón virtual.
Ver texto completo de la Resolución 457 de 2020
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