Febrero 19, 2021
Reglamentación de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa

El pasado 11 de febrero de 2021 el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 154 por medio del cual se regula el funcionamiento de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (en adelante “UVAE”).

1.    ¿Qué son las UVAE y para qué sirven? 

-    Son un mecanismo que pueden implementar las compañías para capacitar a sus trabajadores, aprendices y/o practicantes en competencias relacionadas con actividades o procesos que en ellas se desarrollan.

-    Las UVAE comprenden los bienes, espacios y servicios implementados por los empleadores con el fin de llevar a cabo procesos internos de capacitación. 

-    Las UVAE pueden expedir certificaciones de las capacitaciones impartidas. 

2.    Procesos de capacitación mediante las UVAE

Las capacitaciones impartidas mediante las UVAE son de carácter laboral y deberán cumplir los siguientes requisitos:

-    Ser gratuitas para los trabajadores o personal externo beneficiario de estas. Los costos deberán ser asumidos por el empleador. 

-    Tener módulos teóricos y prácticos. 

-    Desarrollar y certificar competencias. 

-    Seguir los lineamientos de pertinencia, oportunidad, cobertura y calidad que expedirá el Ministerio del Trabajo a más tardar en Julio de 2021.

-    Tener una duración máxima de 159 horas. 

-    Ser desarrolladas por entrenadores idóneos y debidamente certificados. Para ello la empresa podrá aliarse con el SENA, Cajas de Compensación Familiar o Instituciones de Capacitación Internacional acreditadas. El convenio a través del cual se establece la respectiva alianza debe registrarse ante el Min. Trabajo. 

3.    Diseño de las capacitaciones

-    El diseño de los procesos de capacitación deberá señalar como mínimo: (i) el objetivo por alcanzar; (ii) el tiempo de duración; (iii) perfil de ingreso y egreso; (iv) resultados de aprendizaje esperados; (v) criterios de evaluación y (vi) plan de seguimiento. 

4.    Finalidad de las capacitaciones mediante las UVAE

-    Fomentar el desarrollo de competencias en los trabajadores para mejorar su desempeño laboral. 

-    Satisfacer las necesidades de las empresas y del sector productivo. 

5.    Certificación

-    Las UVAE registradas ante el Ministerio del Trabajo certificarán las competencias adquiridas únicamente por los trabajadores, aprendices y practicantes que hayan cursado y aprobado la capacitación respectiva. 

6.    Registro 

-    Las empresas que deseen impartir formación mediante una UVAE deberán registrarla ante el Ministerio del Trabajo en un portal web que para el efecto se establezca. 


-    Para el registro de la UVAE se deberán adjuntar los siguientes documentos en el portal web: (i) solicitud del representante legal; (ii) copia del certificado de existencia y representación legal; (iii) documento que describa el ambiente de aprendizaje; (iv) diseño de los procesos de capacitación; (v) certificaciones de cada entrenador; (vi) convenio o acuerdo en caso de que la capacitación se desarrolle mediante alianzas. 


-    La UVAE solo podrá iniciar las capacitaciones y expedir certificaciones de las mismas, una vez esté registrada ante el Ministerio del Trabajo. 

7.    Vigilancia por parte del Ministerio del Trabajo. 

-    El Ministerio del Trabajo podrá revisar la información cargada al portal web y realizar visitas técnicas a las UVAE. 
 

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