Con base en las noticias recientes publicadas por los medios de comunicación (no oficial) a continuación, te presentamos un resumen de las principales propuestas de la nueva reforma tributaria en cuanto a los siguientes impuestos y situaciones fiscales:
- Impuesto Sobre la Renta
La propuesta incluye una reducción gradual del impuesto sobre la renta para las compañías del 35% al 30%, con una disminución de 1% por año. Además, se prevé una reducción adicional del 3% para las micro y pequeñas empresas.
- Tasa Mínima de Tributación
Se contempla un aumento en la tasa mínima de tributación, que pasaría del 15% al 20%. Cabe destacar que esta norma está actualmente bajo demanda ante la Corte Constitucional.
- Régimen SIMPLE
El régimen SIMPLE de tributación sería eliminado. En su lugar, se buscaría implementar un sistema de tarifas marginales basadas en el nivel de ingresos.
- Impuesto al patrimonio
Se propone gravar con este impuesto los activos improductivos.
- Ganancias ocasionales
La tarifa para las ganancias ocasionales se incrementaría del 15% al 20%, tarifa que aplicaba anteriormente.
- IVA
Los juegos de suerte y azar quedarían gravados con IVA. Además, se propone crear un bono fiscal para inversiones en energías renovables, cambiar el IVA de estos proyectos de excluido a exento, y aumentar la tarifa del impuesto al carbono.
- Evasión fiscal
Se implementarán incentivos para las personas que denuncien actos de evasión fiscal.
- Flexibilización de la regla fiscal
Se permitirá una mayor flexibilidad en el cumplimiento de la regla fiscal con el objeto de facilitar la inversión pública.
- Cartera vencida
Se ofrecerán reducciones para los contribuyentes que paguen deudas tributarias.
NOTA. Este es un resumen preliminar de los principales aspectos anunciados hasta ahora por el Gobierno, pero seguramente tendrá cambios materiales en el momento en el que se presente el proyecto de ley ante el Congreso de la República. En próximas entregas seguiremos informando sobre la evolución del proyecto.
Si tiene alguna duda respecto al alcance y aplicación del caso particular, por favor no dude en contactarnos.
- Cartera vencida
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