Mediante la Resolución 666 de 2020 el Ministerio de Salud y Protección Social adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus Covid-19:
1. Objeto
Adoptar el protocolo general de bioseguridad para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública.
Los protocolos de bioseguridad están orientados a minimizar los factores que pueden generar la transmisión del COVID-19 y son de obligatorio cumplimiento.
2. Ámbito de aplicación
Estos protocolos deben ser implementados de manera obligatoria por:
- Empleadores públicos y privados
- Trabajadores públicos y privados
- Aprendices
- Cooperador de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Afiliados partícipes
- Contratantes públicos y privados
- Contratistas vinculados mediante contrato de prestación de los diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales que requieran desarrollar sus actividades durante la emergencia sanitaria
- Administradoras de riesgos Laborales (ARL)
Para la aplicación de los protocolos de bioseguridad, cada sector, empresa o entidad deberá realizar, con el apoyo de su ARL, las adaptaciones correspondientes a su actividad, definiendo las diferentes estrategias que garanticen un distanciamiento social y procesos adecuados de higiene y protección en el trabajo.
3. Obligaciones
3.1. Del empleador o contratante
- Adoptar, adaptar e implementar las normas contenidas en la Resolución
- Capacitar a sus trabajadores y contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra sobre las medidas indicadas en el protocolo de bioseguridad.
- Implementar las acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra, y demás personas que estén presentes en las instalaciones o lugares de trabajo.
- Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.
- Reportar a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y a la ARL correspondiente los casos sospechosos y confirmados de COVID-19.
- Incorporar en los canales oficiales de comunicación y puntos de atención establecidos, la información relacionada con la prevención, propagación y atención del COVID-19, con el fin de darla a conocer a sus trabajadores, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra y comunidad en general.
- Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
- Solicitar la asistencia y asesoría técnica de la ARL para verificar las medidas y acciones adoptadas a sus diferentes actividades.
- Proveer a los empleados los elementos de protección personal (EPP) que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrollen para el empleador.
- Promover ante sus trabajadores y contratistas que tengan celulares inteligentes, el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella su estado de salud.
3.2. Del trabajador, contratista vinculado mediante contrato de prestación de servicios o de obra, cooperador o afiliado partícipe
- Cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador o contratante durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe.
- Reportar al empleador o contratante cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o su familia, para que se adopten las medidas correspondientes.
- Adoptar las medidas de cuidado de su salud y reportar al empleador o contratante las alteraciones de su estado de salud, especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar en CoronApp.
Adjunto a esta Resolución se encuentra el anexo técnico con el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión de COVID-19. Ver