El Ministerio del Interior y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo impartieron medidas para el desarrollo del tercer día sin IVA en el marco de la pandemia causada por el Coronavirus Covid-19.
El Ministerio del Interior y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidieron una Circular Conjunta Externa, por medio de la cual se establecen medidas dirigidas hacia los gobernadores y los alcaldes distritales y municipales para el desarrollo del tercer día sin IVA, entre las que se encuentran:
- Se suspende la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones indicados en el numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto 682 de 2020, en todos los establecimientos de comercio del territorio nacional considerados como grandes superficies.
- Impartir instrucciones para que el retiro de los productos adquiridos de manera virtual en ls citados días se realice de forma programada en las tiendas dentro de las 2 semanas siguientes a la fecha en la cual se realizó la compra sin IVA.
- Permitir la operación de los establecimientos comerciales 24 horas.
- Asegurarse que los comerciantes cumplan con los protocolos de bioseguridad.
- Establecer campañas masivas y claras que permitan que las personas confluyan a los diferentes centros comerciales, promoviendo la disciplina social, la cultura ciudadana, el uso correcto del tapabocas, el autocuidado y el de su comunidad.
- Imponer sanciones a las que haya lugar por el incumplimiento de las medidas sanitarias, como el cierre del establecimiento comercial.
- Informar y capacitar a los trabajadores y poner a su disposicion las guías del Ministerio de Salud y Protección Social en todo lo relacionado con la prevención del COVID-19.
- Instar a la ciudadanía a permanecer en casa si presenta fiebre, tos o dificultad para respirar.
Ver texto completo de la Circular conjunta externa.
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