El Ministerio del Interior y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo impartieron medidas para el desarrollo del tercer día sin IVA en el marco de la pandemia causada por el Coronavirus Covid-19.

Medidas para el desarrollo del día sin IVA

El Ministerio del Interior y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidieron una Circular Conjunta Externa, por medio de la cual se establecen medidas dirigidas hacia los gobernadores y los alcaldes distritales y municipales para el desarrollo del tercer día sin IVA, entre las que se encuentran:

  1. Se suspende la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones indicados en el numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto 682 de 2020, en todos los establecimientos de comercio del territorio nacional considerados como grandes superficies.
  2. Impartir instrucciones para que el retiro de los productos adquiridos de manera virtual en ls citados días se realice de forma programada en las tiendas dentro de las 2 semanas siguientes a la fecha en la cual se realizó la compra sin IVA.
  3. Permitir la operación de los establecimientos comerciales 24 horas.
  4. Asegurarse que los comerciantes cumplan con los protocolos de bioseguridad.
  5. Establecer campañas masivas y claras que permitan que las personas confluyan a los diferentes centros comerciales, promoviendo la disciplina social, la cultura ciudadana, el uso correcto del tapabocas, el autocuidado y el de su comunidad.
  6. Imponer sanciones a las que haya lugar por el incumplimiento de las medidas sanitarias, como el cierre del establecimiento comercial.
  7. Informar y capacitar a los trabajadores y poner a su disposicion las guías del Ministerio de Salud y Protección Social en todo lo relacionado con la prevención del COVID-19.
  8. Instar a la ciudadanía a permanecer en casa si presenta fiebre, tos o dificultad para respirar.

Ver texto completo de la Circular conjunta externa. 
 

 

 

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