Debido a la crisis del Coronavirus, la Alcaldía de Medellín modificó las fechas para presentar las declaraciones del Impuesto de Industria y Comercio del 2019, las declaraciones de retención y de autorretención del 2020, y las del Impuesto de Alumbrado Público del 2019.
La Alcaldía de Medellín expidió la Resolución 2020031748418 del 16 de marzo del 2020, por medio del cual se modifican las fechas para presentar las declaraciones del Impuesto de Industria y Comercio (“ICA”) de 2019, de retención y autorretención en la fuente de dicho impuesto y del Impuesto de Alumbrado Público.
En este sentido, las fechas para presentar las declaraciones de ICA del año gravable 2019, comienzan el 15 de mayo de 2020 y terminan el 29 de mayo del 2020, según el NIT del contribuyente. A continuación se presentan los cambios en las fechas de vencimiento:
|
Fecha límite para declarar el impuesto |
|
Ultimo dígito del NIT |
Fecha anterior |
Fecha modificada por la Alcaldía |
1 |
13 de abril del 2020 |
15 de mayo del 2020 |
2 |
14 de abril del 2020 |
18 de mayo del 2020 |
3 |
15 de abril del 2020 |
19 de mayo del 2020 |
4 |
16 de abril del 2020 |
20 de mayo del 2020 |
5 |
17 de abril del 2020 |
21 de mayo del 2020 |
6 |
20 de abril del 2020 |
22 de mayo del 2020 |
7 |
21 de abril del 2020 |
26 de mayo del 2020 |
8 |
22 de abril del 2020 |
27 de mayo del 2020 |
9 |
23 de abril del 2020 |
28 de mayo del 2020 |
0 |
24 de abril del 2020 |
29 de mayo del 2020 |
Según lo que indica la Resolución, los contribuyentes deberán optar por los canales virtuales para presentar las declaraciones de ICA. Excepcionalmente, se habilitarán puntos presenciales en la ciudad para este efecto.
En cuanto a la retención en la fuente por concepto de ICA, las fechas para presentar y pagar la declaración del primer bimestre del 2020 cambiaron de la siguiente forma. Para ese efecto, se tomará el último número del NIT del contribuyente:
|
Primer Bimestre |
|
Ultimo dígito del NIT |
Anterior fecha de vencimiento |
Actual fecha de vencimiento |
0 o 9 |
16 mar-20 |
24 mar-20 |
8 o 7 |
17 mar-20 |
25 mar-20 |
6 o 5 |
18 mar-20 |
26 mar-20 |
4 o 3 |
19 mar-20 |
27 mar-20 |
2 o 1 |
20 mar-20 |
30 mar-20 |
Es importante tener en cuenta que los vencimientos establecidos para los demás bimestres se mantienen sin cambios.
Para efectos de las declaraciones del primer bimestre del 2020 por concepto de autorretención de ICA, se tomarán las mismas fechas mencionadas en el anterior cuadro.
Finalmente, frente al impuesto de alumbrado público del año gravable 2019, se aplazó la fecha para el pago del respectivo tributo para los usuarios del servicio público de energía en la modalidad prepago, ya que cambió del 30 de abril del 2020 al 29 de mayo del 2020.