30 de septiembre 2021
Decreto 1078 de 2021 modifica parcialmente el Arancel de Aduanas

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Industria y Comercio, expidió el Decreto 1078 de 2021, el cual modificó parcialmente el Arancel de Aduanas en relación con la importación de vehículos híbridos y a su vez, modificó el Decreto 1116 de 2017.

De esta manera, y en coherencia con la política pública de los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Minas y Energía, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior expidió una recomendación que busca promover el uso de tecnologías vehiculares, con el fin de disminuir la contaminación del aire y de combustibles fósiles no renovables para proteger la salud humana. 

Esta recomendación, establece un gravamen arancelario de 5% para las importaciones de vehículos híbridos que se encuentren clasificados en las siguientes subpartidas arancelarias: 8702.20.10.00, 8702.30.10.00, 8703.40.10.00, 8703.40.90.00, 8703.50.10.00, 8703.50.90.00, 8703.60.10.00, 8703.60.90.00, 8703.70.10.00, 8703.70.90.00, 8704.90.11.00. 8704.90.21.00, 8704.90.31.00 Y 8704.90.41.00. Lo anterior, no cuenta con ninguna limitación de cupo y se espera sea de esta misma forma los años siguientes, de acuerdo con las disposiciones del Decreto 1116 de 2017. 

La normativa anteriormente expuesta entrará en vigor a los 15 días calendario desde su publicación en el diario oficial, y regirá hasta el 31 de diciembre del 2021, modificando las normas que le sean contrarias.

 

 

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