El MinAmbiente reglamenta la Licencia Ambiental Temporal para pequeña minería
Minero y metalúrgica, Ambiental
El Ministerio de Ambiente expidió la Resolución 1830 de 2024, mediante la cual regula la Licencia Ambiental Temporal en el marco del Plan Único de Legalización y Formalización Minera, establecido en la Ley 2250 de 2022. Esta normativa tiene como objetivo garantizar la formalización de pequeños mineros y mineros tradicionales que operan sin título en el Registro Minero Nacional ni Licencia Ambiental, bajo el cumplimiento de medidas ambientales para mitigar los impactos de sus actividades. Además, se establecen definiciones clave sobre el área de actividad minera en proceso de formalización y las figuras legales para regularizar estas prácticas.
La resolución precisa los requisitos diferenciales que deben cumplir los interesados para obtener esta licencia, como la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), soportes cartográficos, constancia de consulta previa con comunidades étnicas, y el concepto del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH). También se contempla la posibilidad de sustracción temporal de áreas de reserva forestal, exclusivamente para la expedición de esta licencia, en casos donde sea necesario. La normativa detalla procedimientos y plazos específicos que las autoridades ambientales deben seguir para evaluar y otorgar la licencia, garantizando la transparencia y celeridad en los procesos. Así mismo, se establece que durante el trámite de la Licencia Ambiental Temporal no se permitirá el cambio de solicitante y, en caso de que no se subsanen las solicitudes incompletas dentro de los plazos estipulados, estas serán archivadas. La resolución busca promover la formalización minera de manera responsable, asegurando la implementación de medidas ambientales y sociales que prevengan, mitiguen y compensen los efectos negativos de la minería sin regularización previa.
Normativa
DIAN prescribe el Formulario No. 430 para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM a partir de 2025
Impuestos , Minería, Petróleo y Gas
La Resolución 3 de 2025 de la DIAN establece la prescripción del Formulario No. 430 para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM para el año gravable 2025 y siguientes. Según esta resolución, todos los contribuyentes obligados a presentar esta declaración deben hacerlo a través de los servicios digitales proporcionados por la DIAN, utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizada conforme a la Resolución No. 000139 de 2023. El Formulario No. 430 estará disponible de forma virtual en el portal oficial de la DIAN, en la sección de Usuarios Registrados, para su diligenciamiento y presentación.
También establece que se debe publicar en el Diario Oficial, conforme al artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En cuanto a su vigencia, la resolución entra en efecto inmediatamente después de su publicación en el Diario Oficial, lo que implica que las disposiciones contenidas en la misma son aplicables de forma inmediata para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes a partir de 2025.
ANH establece precio promedio internacional del petróleo Brent para 2024 y publica percentiles de precios mensuales
Minería, Petróleo y Gas
La Resolución 1 de 2025 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) establece el precio promedio internacional del petróleo crudo de referencia Brent para el año 2024, fijado en 78,76 USD por barril. Este precio se determina con base en la información oficial publicada por la Administración de Información Energética de Estados Unidos (EIA), conforme a lo dispuesto en el artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 10 de la Ley 2277 de 2022. Además, la resolución establece una tabla de percentiles de precios promedio mensuales, que se calculan con base en los datos proporcionados por la EIA y ajustados por el Índice de Precios al Consumidor para todos los consumidores urbanos de los Estados Unidos, publicado por la Oficina de Estadísticas Laborales. Los percentiles son los siguientes: el percentil 30 se fija en 68,58 USD/barril, el percentil 45 en 76,03 USD/barril, y el percentil 60 en 81,27 USD/barril.
La resolución también señala que no procede recurso alguno contra la decisión, en cumplimiento del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), y dispone que la resolución debe ser publicada en el Diario Oficial, tal como se establece en el artículo 65 del mismo Código. Esta medida tiene como objetivo proporcionar una base transparente y oficial para la determinación de precios, en línea con las normativas fiscales y las expectativas del mercado internacional del petróleo, con el fin de regular las actividades del sector hidrocarburos en Colombia.
Doctrina
MinAmbiente informó que avanza en consulta pública sobre Santurbán
Minería, Petróleo y Gas, Ambiente y Negocios Sostenibles
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible inició los diálogos comunitarios en seis municipios de Santander como parte de la consulta pública para la declaratoria de una Zona de Reserva Temporal de Recursos Naturales Renovables en el Macizo de Santurbán. Este proceso, que culminará el 5 de febrero de 2025, busca resolver inquietudes técnicas y jurídicas de las comunidades locales.
Las actividades incluyen reuniones en Suratá, Vetas, California, Charta, Matanza y Tona, acordadas con autoridades municipales y departamentales. El Ministerio invita a los ciudadanos a presentar observaciones y propuestas hasta el 10 de febrero de 2025, a través de su plataforma oficial. Esta iniciativa busca fomentar la participación y aclarar los impactos de la propuesta en el territorio. La consulta pública es clave para garantizar la transparencia en la toma de decisiones ambientales y fortalecer el compromiso gubernamental con el desarrollo sostenible y la protección de recursos estratégicos en Santurbán. La participación activa de los ciudadanos y actores locales será esencial para construir un consenso sobre esta importante medida de conservación.
Proyectos
ANH presenta proyecto de acuerdo para regular contratos de hidrocarburos en el marco de la transición energética justa
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
El proyecto de acuerdo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) busca establecer medidas para promover el cumplimiento y normalización de los contratos y convenios misionales de hidrocarburos dentro del marco de la transición energética justa. El acuerdo abarca una amplia gama de contratos, incluidos los de exploración, producción, explotación y evaluación de hidrocarburos, y regula las condiciones bajo las cuales estos acuerdos deben ser ejecutados por las empresas. Uno de los elementos clave del acuerdo es la definición de "área de evaluación" y "área en producción o explotación", donde se detalla el proceso que sigue el contratista para realizar evaluaciones técnicas de los descubrimientos y su posterior comercialización. Además, establece los lineamientos para la devolución de áreas y la duración de los periodos contractuales, asegurando que las áreas asignadas para producción o explotación mantengan su integridad, a menos que se presenten situaciones excepcionales como la extensión de yacimientos o la necesidad de modificar las facilidades de producción.
El acuerdo también regula la acreditación de las obligaciones contractuales de las actividades exploratorias mediante un sistema de puntos, que se aplicará para valorar las inversiones y cumplir con los compromisos adquiridos. Se estipula que las actividades de exploración, como perforaciones y adquisiciones sísmicas, deberán ser ejecutadas conforme a lo pactado, y los contratistas deberán informar a la ANH sobre el cumplimiento de las actividades. En cuanto a la transición hacia energías renovables, se permitirá que los saldos remanentes de inversiones sean convertidos en proyectos de energías limpias o pagados en dinero. Además, el acuerdo modifica y deroga ciertos aspectos de normativas previas para alinear las operaciones con los objetivos de transición energética, garantizando que los contratos se ajusten a las nuevas exigencias del sector hidrocarburífero en Colombia.
Comentarios hasta el 7 de febrero antes de las 5:00pm al siguiente link
ANM establecerá nuevos criterios financieros para la inscripción y renovación en el RUCOM
Minería, Petróleo y Gas
El proyecto de resolución de la ANM establece criterios específicos para acreditar la capacidad económica de las personas naturales y jurídicas que comercializan minerales o gestionan plantas de beneficio, como parte de su inscripción o renovación en el Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM). La resolución exige que los solicitantes presenten documentación detallada, como certificaciones financieras y bancarias, y cumplan con requisitos económicos específicos. Estos incluyen la presentación de información financiera basada en indicadores como la cobertura de inversión, liquidez, capital de trabajo y endeudamiento. Además, los solicitantes podrán demostrar su capacidad económica mediante la titularidad de un título minero o una calificación de riesgos emitida por una agencia calificadora reconocida. Existen también exenciones para aquellos en procesos de reorganización o que hayan suscrito acuerdos con entidades financieras.
La resolución establece que los comercializadores y las plantas de beneficio deberán cumplir con indicadores financieros específicos según su condición de responsables de IVA o no responsables. Los indicadores incluyen la cobertura de inversión, liquidez, capital de trabajo y endeudamiento, con valores mínimos y máximos definidos para su cumplimiento. Aquellos que no cumplan con los requisitos establecidos, como la no coincidencia entre la información financiera presentada y la reportada, tendrán su solicitud rechazada. La norma también precisa que la resolución deroga disposiciones anteriores y entra en vigor a partir de su publicación, buscando regular de manera más rigurosa las actividades de comercialización y beneficio de minerales en el país.
Comentarios hasta el 11 de febrero al siguiente link
Proyecto Resolución capacidad económica comercializadores mineros
Memoria justificativa capacidad económica comercializadores
UPME establecerá el precio promedio internacional del carbón
Minería, Petróleo y Gas
El proyecto de resolución de la UPME pretende establecer el precio promedio internacional del carbón de referencia API2-BCI7 para el año 2024 en $97.55 USD por tonelada, con el objetivo de determinar los puntos adicionales a la tarifa general del impuesto sobre la renta, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 240 del Estatuto Tributario. Además, se establece una tabla con los percentiles de los precios promedio mensuales del carbón de referencia, los cuales son deflactados conforme al Índice de Precios al Consumidor de los Estados Unidos. De acuerdo con esta tabla, el percentil 65 se establece en $99.92 USD por tonelada, mientras que el percentil 75 está fijado en $106.98 USD por tonelada.
El documento técnico denominado "Soporte de Cálculo Precio Promedio Internacional del Carbón de Referencia API2-BCI7 del Año 2024", que respalda estos cálculos, se considera parte integral de la resolución. Asimismo, la resolución estipula que no procede recurso alguno contra la misma, en concordancia con el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Finalmente, se dispone que esta resolución sea publicada en el Diario Oficial y en el sitio web de la UPME para su difusión pública y transparencia en el proceso.
Comentarios hasta el 27 de enero al correo proyectosnormativos@upme.gov.co
- Formato Excel respuesta a comentarios resolución sobretasa 2024
- Memoria Justificativa resolución sobretasa 2024
- Proyecto de resolución precios sobretasa CARBÓN Año gravable 2024
ANM ajustará cobros y sanciones a la Unidad de Valor Básico (UVB) en cumplimiento de la Ley 2294 de 2023
Minería, Petróleo y Gas
El proyecto de resolución de la Agencia Nacional de Minería (ANM) establece la conversión de valores expresados en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) o Unidades de Valor Tributario (UVT) a la Unidad de Valor Básico (UVB), en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 2294 de 2023. Según el Artículo 1, todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y demás valores establecidos en función del SMLMV o UVT se ajustarán a la UVB del año 2024, conforme a un anexo técnico que será publicado en la página web de la ANM y actualizado, al menos, cada seis meses. Además, la resolución ordena su publicación en el Diario Oficial y en la página web de la entidad. Esta resolución entra en vigor a partir de su publicación y deroga la Resolución 097 de 2022.
Comentarios hasta el 28 de enero al siguiente enlace
Noticias
En el cuarto trimestre, los costos del transporte intermunicipal aumentaron un 8.70% debido a los peajes y combustibles
Minería, Petróleo y Gas, Derecho Comercial y de la Empresa
DANE informa que, en el cuarto trimestre de 2024, el Índice de Costos del Transporte Intermunicipal de Pasajeros (ICTIP) registró un aumento anual del 8,70% en comparación con el mismo periodo de 2023. Los principales grupos de costos que contribuyeron a este incremento fueron Peajes y uso de terminales (15,06%) y Combustibles (11,71%), con variaciones por encima del promedio nacional. En contraste, los grupos de Costos fijos (6,55%), Partes y piezas, servicios de mantenimiento (1,44%) e Insumos (0,00%) presentaron aumentos por debajo del promedio.
En términos trimestrales, el ICTIP aumentó un 0,99% en el cuarto trimestre respecto al tercero del mismo año. Este aumento fue impulsado principalmente por Combustibles (2,96%), que contribuyó con 0,85 puntos porcentuales. Los grupos con menores incrementos trimestrales fueron Insumos (0,14%), Costos fijos (0,25%) y Peajes y uso de terminales (0,17%).
Tomado de DANE. (24/01/2025).