Coljuegos regula publicidad

Coljuegos regula la publicidad de juegos de suerte y azar de modalidad novedoso juegos operados por internet.

 

  1. Información e Inversión en publicidad
    1. Personas que operen de forma directa o a través de terceros juegos de suerte y azar novedosos operados por internet de competencia de Coljuegos de conformidad con lo previsto en el capítulo 2 de la Ley 643 de 2001.

  2. ¿Qué se regula?
    1. Las condiciones bajo las cuales los operadores autorizados para operar juegos de suerte y azar novedosos x operados por internet pueden desarrollar actividades de:

      i) publicidad, ii) patrocinio, iii) promoción o cualquier otra forma de comunicación comercial de los juegos.

    2. Información e Inversión en publicidad

      Se fija el rango y los topes máximos correspondientes para la inversión en publicidad autorizada. De igual manera, se denota la obligación de allegar anualmente un plan de inversión a COLJUEGOS, el cual no deberá superar dichos topes de inversión.

    3. Actividades de publicidad

      La Resolución dispone que los operadores solo podrán llevar a cabo actividades de publicidad o promoción de juegos o prácticas autorizadas en el artículo 4 de la Ley 643 de 2001.

      La comunicación comercial de cualquier actividad de promoción comprende: campañas de publicidad, mercadeo y patrocinio para efectos de promocionar la marca o nombre del operador autorizado y demás aspectos del juego. En toda publicidad es necesario que se incluya la expresión autorizado por COLJUEGOS.

    4. Sobre la publicidad que se hace a equipos o deportistas

      Se establece que los equipos profesionales de cualquier disciplina podrán suscribir contratos o convenidos de publicidad con los operadores de juegos de suerte y azar autorizados por COLJUEGOS, siempre y cuando dichos contratos no superen los topes establecidos en la Resolución.

    5. Publicidad a través de medios electrónicos

      El envío de la publicidad de juegos a través de correo electrónico o medios equivalentes solo se podrá hacer con el consentimiento de la persona interesada.

      Se prohíbe remitir comunicaciones comerciales a personas declaradas interdicto o con apoyo judicial en términos de la Ley 1996 de 2019 o a personas que expresamente se autoexcluyeran de los juegos de suerte y azar.

      Se fijan reglas específicas para la emisión de comunicaciones comerciales en redes sociales y también sobre la publicidad relacionada a comportamientos de riesgo de los usuarios.

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  3. Vigencia
    1. Los efectos y las obligaciones de la Resolución entrarán en vigencia a partir del 01 de enero de 2024 para los dieciséis operadores actuales de Juegos Operados por Internet.

      En el caso que se suscriba un contrato de operación por primera vez antes de la fecha indicada, las disposiciones de la Regulación tendrán vigencia a partir de la fecha de inicio de ejecución del contrato.

      Nota: COLJUEGOS como administradora del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, bajo el principio de coordinación institucional podrá adelantar acciones conjuntas con las entidades territoriales y organismos públicos que ejerzan competencias en materia de juegos, comunicaciones comerciales, comunicación audiovisual, protección de las personas consumidoras o salud pública para facilitar el ejercicio de sus funciones conforme a la ley.

 

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