Esta es la reglamentación sobre finanzas abiertas en Colombia
A través del Decreto 1297 de 2022, El Ministerio de hacienda y Crédito Público expidió regulaciones sobre arquitectura financiera abierta y los sistemas de pago de bajo valor, con lo cual se pretende promover la competencia, la inclusión y la eficiencia en la prestación de servicios, así como impulsar el desarrollo de la industria de pagos electrónicos y reducir el uso del efectivo.
La norma contempla disposiciones aplicables a la transferencia de datos del consumidor entre entidades financieras, el acceso a dicha información en favor del desarrollo de nuevos servicios y funcionalidades financieras y aclara las reglas para comercializar sus servicios financieros a través de plataformas electrónicas. De otro lado, los participantes de esta industria podrán desarrollar la iniciación de pagos como una actividad del sistema de pagos, siempre que sigan, entre otras, las reglas específicas que protegen al consumidor financiero.
De conformidad con el decreto, se encuentran habilitados para el desarrollo de actividades de iniciación de pagos: los establecimientos de crédito, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos -SEDPES-, las entidades administradoras de sistemas de pago de bajo valor y las sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
De otro lado, se contemplan disposiciones que habilitan a las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia financiera para comercializar productos o servicios de terceros no vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, siempre que dicho ofrecimiento tenga conexidad con sus servicios y se lleve a cabo a través de sus canales no presenciales. También podrán comercializar a terceros la tecnología e infraestructura que utilicen para la prestación de sus servicios.
Finalmente, se facultó a la Superintendencia Financiera de Colombia para establecer los estándares tecnológicos, de seguridad y los demás que se consideren necesarios para el desarrollo de la arquitectura financiera abierta en Colombia, y en un plazo no mayor de doce meses deberá impartir las instrucciones a sus vigiladas.
El decreto rige a partir de la publicación en el diario oficial, aunque estableció un régimen de transición, y modifica y adiciona el Decreto 2555 de 2010.
Decreto 1297 de 25 de julio de 2022
Nuevos lineamientos para la transformación digital del sector público
A través del Decreto 1263 de 2022, expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se entregaron lineamientos y estándares para la Transformación Digital de la Administración Pública, de conformidad con el marco de la Política de Gobierno Digital.
De acuerdo con esta norma, transformación digital es “(…) el proceso de explotación de tecnologías digitales que tiene la capacidad de crear nuevas formas de hacer las cosas en todos los sectores de la administración pública, generando nuevos modelos de desarrollo, procesos y la creación de productos y servicios, que a su vez producen valor, principalmente a través de la digitalización que representa la conversión de datos y procesos análogos hacia formatos que pueden ser entendidos y procesados por máquinas”.
Dentro de los principales lineamientos y estándares entregados, se encuentran: el uso de la infraestructura de datos, que habilita su aprovechamiento bajo los demás lineamientos, políticas y normas vigentes sobre la materia; la interoperabilidad entre los sistemas de información públicos; la digitalización y automatización de trámites, servicios y procesos y vinculación al Portal Único del Estado Colombiano; el uso de mecanismos de agregación de demanda en el desarrollo e implementación de proyectos o iniciativas de transformación digital; la preferencia de servicios en la nube; el empleo de los sandbox regulatorios; y la implementación de inteligencia artificial para la eficiencia operativa y mejora en la prestación de servicios del Estado.
El decreto está dirigido a los sujetos obligados a aplicar la política de transformación digital, adiciona un título al Decreto Único 1078 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y empezó a regir a partir de su publicación en el Diario oficial.
Decreto 1263 de 22 de julio de 2022
Medidas para promover el deporte femenino de alto rendimiento
El Ministerio del Deporte expidió el Decreto 1295 de 2022, con el fin de definir los parámetros generales que permitan la promoción y planificación del deporte femenino competitivo y de alto rendimiento, a través de la caracterización de disciplinas deportivas y la suscripción de convenios y contratos financiados o cofinanciados con recursos del Ministerio del Deporte (en adelante, ”Mindeporte”).
Corresponderá al Mindeporte establecer las estrategias para la promoción del deporte femenino de alto rendimiento, conforme a las exigencias de las competencias internacionales, y determinar los indicadores para la caracterización de las disciplinas deportivas que podrán ser susceptibles de financiación o cofinanciación con recursos del Presupuesto Nacional.
De otro lado, se establecieron los requisitos mínimos para la celebración de convenios o contratos con las Federaciones Deportivas Nacionales Olímpicas o Paralímpicas, que implique la ejecución de recursos del Ministerio del Deporte, entre las que se encuentran la caracterización de la disciplina deportiva, la determinación del porcentaje mínimo de financiación de la promoción y/o proyección del deporte femenino, y la presentación de una propuesta escrita por parte de la respectiva Federación.
El decreto empezó a regir a partir de la fecha de su publicación, adiciona el Decreto 1085 de 2015, Único Reglamentario del Sector Deporte y derogó el Decreto 941 del 1 de junio de 2022.
Decreto 1295 de 25 de julio de 2022