Entró en vigor la reforma constitucional que reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional
Se trata del Acto Legislativo 1 de 2023, a través del cual se reconoce al campesinado como sujeto de derecho y de especial protección constitucional, con un relacionamiento particular con la tierra que se funda en la producción de alimentos en garantía de la soberanía alimentaria y sus formas de territorialidad, condiciones geográficas, demográficas, organizativas y culturales identitarias.
La reforma incorpora el deber de velar por la garantía y eficacia de los derechos de los campesinos, con el fin de lograr la igualdad material, a través del acceso a bienes y a derechos como: la educación de calidad con pertinencia, la vivienda, la salud, los servicios públicos domiciliarios, vías terciarias, la tierra, el territorio, un ambiente sano, el acceso e intercambio de semillas, los recursos naturales y la diversidad biológica, el agua, la participación reforzada, la conectividad digital, la mejora de la infraestructura rural, la extensión agropecuaria y empresarial, asistencia técnica y tecnológica para generar valor agregado y medios de comercialización para sus productos.
El Acto Legislativo autorizó expresamente al Congreso para expedir una ley que establezca la estructura institucional, los mecanismos presupuestales necesarios para la garantía de los derechos reconocidos, el derecho de los campesinos a retirarse con su porción de tierra cuando quiera que se trate de propiedad colectiva. Adicionalmente, se ordenó la creación de un trazador presupuestal de campesinado para el seguimiento del gasto y la inversión realizada por múltiples sectores y entidades dirigidas a la población campesina ubicada en zona rural y rural dispersa.
El acto legislativo empezó a regir a partir de su promulgación.
Sancionada la Ley aprobatoria del Acuerdo entre Colombia y Venezuela sobre el transporte internacional de carga y pasajeros por carretera
El Presidente de la República sancionó la ley que aprueba el Acuerdo entre Colombia y Venezuela sobre el transporte internacional de carga y pasajeros por carretera, firmado en el año 2014, a través del cual se establece el marco jurídico aplicable a la prestación del servicio entre los dos países.
De conformidad con este acuerdo el prestador del servicio debe ser una persona jurídica de transporte que se constituya en el territorio de cualquiera de los dos Estados, conforme a las reglas del lugar de creación. El servicio será prestado a través de los pasos fronterizos habilitados por las partes y estará sujeto a los controles que se dispongan para tales fines. Las partes podrán homologar los documentos requeridos para la ejecución de este servicio.
También se contemplan, entre otras, normas sobre: el tiempo de duración del permiso para el transportista; la habilitación de la transferencia de la autorización otorgada para la prestación del servicio; el diseño e implementación de un sistema automatizado para el registro de personas jurídicas y vehículos; la prohibición de prestar el servicio interno en el territorio de la otra parte, y el establecimiento de las rutas, frecuencias e itinerarios.
Finalmente, el acuerdo incluye anexos específicos que regularán los aspectos migratorios, seguros, transporte internacional y aduanas. Esta ley pasó al control por parte de la Corte Constitucional, por tratarse de la aprobación de un tratado internacional.
Ley 2301 de 10 de Julio de 2023
Medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial
A través de la Ley 2302 de 2023 se establecieron reglas para el desarrollo de las actividades espaciales por parte de personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado, en condiciones que garanticen la seguridad y defensa nacional, la operación aérea y espacial y la soberanía nacional.
La norma lista las actividades espaciales controladas que se podrán ejecutar en Colombia, previo control y supervisión del Ministerio de Defensa Nacional:
- Lanzamiento de vehículos orbitales
- Pruebas de vehículos orbitales
- Lanzamiento de vehículos suborbitales
- Pruebas de vehículos suborbitales
De otro lado, se establece el deber de minimizar los efectos contrarios al medio ambiente tanto en la tierra como en el espacio exterior y el mantenimiento del uso sostenible del espacio, a través de la disminución de emisión de desechos espaciales.
Finalmente, la ley regula el registro de objetos espaciales, cambia la denominación de la Fuerza Aérea Colombiana y establece el régimen de responsabilidad aplicable a estas actividades. Esta norma entró en vigor a partir de su promulgación.
Ley 2302 de 12 de Julio de 2023
Esta es la nueva política portuaria de Colombia
El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) aprobó el documento CONPES 4118, a través del cual se actualiza la Política Nacional Portuaria en Colombia. El objetivo principal es la adaptación del sistema portuario colombiano al entorno global y territorial, de acuerdo con principios de sostenibilidad ambiental, de tal manera que promueva la eficiencia en su operación y desarrollo. La estimación de su implementación se calcula en un valor de inversión total aproximado de 11.746 millones de pesos y apalancan inversiones por 10,66 billones de pesos en los próximos 15 años.
La política contempla seis ejes estratégicos: la articulación con la planificación territorial; la promoción de prácticas ambientales y sociales responsables; la actualización de los esquemas regulatorios y tarifarios; la mejora de las condiciones de infraestructura; la actualización de los instrumentos regulatorios, y el fortalecimiento institucional.
El documento contempla un plan de acción por cada eje estratégico y entrega recomendaciones y asigna tareas específicas para la puesta en funcionamiento al Ministerio de Transporte, la Unidad de Planeación de Infraestructura de Transporte, la Agencia Nacional de Infraestructura, el Instituto Nacional de Vías, la Dirección General Marítima, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Superintendencia de Transporte.
Decisiones sobre Política Monetaria del Banco de la República
La Junta Directiva del Banco de la República de Colombia (BR) publicó las minutas de la reunión del pasado 30 de junio en la que se decidió, por unanimidad, mantener la tasa de política monetaria en 13.25%. Entre los argumentos que sirvieron de base para esta decisión se destaca la reducción de la inflación, comportamiento presentado por segundo mes consecutivo.
El descenso de la inflación, 12,4% en mayo, se explica principalmente por la caída en los precios de alimentos y la moderación en el crecimiento de la demanda interna. El documento también contiene advertencias en relación con los riesgos que podrían afectar la inflación en el futuro, como el fenómeno del Niño, los aumentos previstos en los precios de los combustibles y la incertidumbre económica internacional. Se sostuvo que la inflación se mantiene en un nivel alto y que persisten presiones inflacionarias.
Como consecuencia, el BR decidió mantener la tasa de interés estable y estar atentos a la evolución de la situación económica para futuras decisiones de política monetaria.
Crecimiento de la economía colombiana en mayo de 2023
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) reveló el comportamiento del Indicador de Seguimiento a la Economía (ISE), un índice mensual diseñado para medir la evolución de la actividad económica en el corto plazo, el cual mostró un crecimiento positivo en mayo de 2023. El ISE alcanzó una cifra de 120,46, lo que representa un aumento del 0,65% en comparación con mayo de 2022 y del 0.88% frente a abril de 2023. En el periodo acumulado de enero a mayo de 2023, el ISE también aumentó en 1,68% en comparación con el mismo periodo del año anterior.
Estos resultados indican un crecimiento sostenido en la actividad económica del país en mayo de 2023, particularmente en las actividades secundarias, lo que podría impactar positivamente el desarrollo económico en el corto plazo y mitigar las expectativas globales de recesión.