Se reglamenta el aseguramiento de la responsabilidad por la tenencia de caninos de manejo especial
Mediante decreto expedido por el Ministerio de Defensa Nacional, se expidió reglamentación sobre el aseguramiento de la responsabilidad que detentan los propietarios y/o tenedores de caninos de manejo especial, antes conocidos como perros potencialmente peligrosos.
Estas medidas fueron adoptadas en desarrollo de las disposiciones establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que facultó al Presidente de la República para expedir las normas sobre “[…] la constitución de las pólizas de responsabilidad civil extracontractual que deberán adquirir los propietarios o tenedores de caninos de manejo especial, para amparar los daños y perjuicios que ocasione a las personas, a los bienes, a las vías y espacios públicos y al medio natural en general”.
Se destacan las siguientes disposiciones:
- Los propietarios y/o tenedores de caninos de manejo especial están obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil extracontractual con una aseguradora legalmente autorizada en Colombia.
- El seguro deberá amparar la responsabilidad civil extracontractual por los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que se cause a terceros, derivados de eventos de lesión, muerte de personas o daños a bienes.
- El valor asegurado será de al menos cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes por canino.
- Toda modificación en el derecho de propiedad sobre estos caninos deberá notificarse a la aseguradora que haya expedido el seguro.
- Las aseguradoras deberán enviar mensualmente un reporte a través del Registro Único de Seguros, sobre la vigencia de estos seguros.
Esta norma empezó a regir a partir de su publicación, sin embargo, se concedió un plazo de hasta seis meses para contratar un seguro con las condiciones indicadas.
El Gobierno Nacional extendió las medidas de programas importación – exportación
Con el fin de contribuir con el proceso de reactivación económica, el Gobierno Nacional expidió decreto a través del cual extiende hasta el 31 de diciembre de 2023 las medidas para el acceso y cumplimiento de compromisos de exportación en los programas de Sistemas Especiales de Importación -Exportación de materias primas e insumos, bienes de capital y repuestos y exportación de servicios.
Como consecuencia de lo anterior, también se extendió hasta el 31 de marzo de 2023 el plazo para la presentación de la solicitud de autorización del programa. De otro lado, las importaciones al amparo de los programas de Materias Primas e Insumos -ME se ampliarán automáticamente del 1 enero hasta el 31 de diciembre de 2023 sin necesidad de acto administrativo que así lo establezca, a menos que los usuarios respectivos manifiesten su intención de no acogerse a la ampliación.
Es importante recordar que las medidas objeto de extensión fueron adoptadas transitoriamente en el año 2020, y son aplicables a las personas naturales y jurídicas, a las asociaciones empresariales y a los consorcios y uniones temporales que pretendan realizar o que realicen operaciones de importación y exportación en desarrollo de alguno de tales programas.
El decreto empezó a regir a partir del día siguiente a su publicación y modificó el Decreto 1371 de 2020.
Variación del PIB para enero fue de 7,79% respecto a enero del 2021, según el Indicador de Seguimiento de la Economía (ISE)
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística publicó el Boletín Técnico del Indicador de seguimiento a la economía (ISE) para enero del presente año. Según el indicador, el Producto Interno Bruto creció 7,79% respecto a enero del 2021.
Al desagregar por grupos de actividades, las actividades primarias (agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca; y extracción de minas y canteras) tuvieron un crecimiento del 2,71% respecto al mes de enero del año pasado, las secundarias (industrias manufactureras y construcción) presentaron un crecimiento de 12,36% y, por último, las actividades terciarias tuvieron un crecimiento de 8,33%.