Este es el calendario tributario para el 2023
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2487 de 2022, a través del cual dio a conocer el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustanciales aplicables durante el año 2023, para los contribuyentes y responsables de los impuestos del orden nacional.
Igualmente, a través de esta norma se actualizaron disposiciones normativas relacionadas con el valor de la UVT fijado para el año 2022 en la suma de $38.004 y para el año 2023 en $42.412. Finalmente, la norma contempla el plazo máximo para la presentación de la declaración de renta y complementarios de los contribuyentes que opten por la forma de pago de obras por impuestos prevista en la Ley 1819 de 2016.
- La norma incluyó plazos para el cumplimiento de las siguientes obligaciones sustanciales y formales:
- Declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementario, el anticipo del impuesto sobre la renta y el anticipo de la sobretasa.
- Declarar y pagar la primera y segunda cuota del impuesto sobre la renta y complementario y consignar en la fiducia en obras por impuestos.
- Actualización y presentación de la memoria económica del régimen tributario especial.
- Declaración anual de activos en el exterior.
- Declaración informativa y documentación comprobatoria de precios de transferencia.
- Declarar y pagar el impuesto sobre las ventas – IVA.
- Impuesto nacional al consumo.
- Declarar y pagar la retención en la fuente.
- Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.
- Impuesto nacional al carbono.
- Presentar y pagar el gravamen a los movimientos financieros – GMF.
- Expedir certificados.
- Declarar y pagar el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE y para presentar la declaración anual consolidada del impuesto sobre las ventas – IVA.
El decreto empezó a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022
Conozca las condiciones para la aplicación de las tarifas diferenciales para el SOAT
A través del Decreto 2497 de 2022, los ministerios de Hacienda y Crédito Público y el de Salud y Protección Social establecieron un rango diferencial por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para algunas categorías de vehículos y una disminución del valor de la tarifa.
Estos son los vehículos que pagarán aproximadamente un 50% del precio final vigente al 14 de diciembre de 2022:
En los anteriores casos, los servicios de salud que superen los 300 smldv y hasta 800 smldv serán reconocidos por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y el impacto generado por las medidas adoptadas se financiará con la transferencia del Presupuesto General de la Nación.
La norma también establece un descuento, aplicable por una única vez, sobre la tarifa del SOAT para los propietarios de vehículos que reúnan las siguientes condiciones: (i) no haber reportado siniestros que afecten la póliza del SOAT; (ii) haber renovado su póliza de manera oportuna, esto es, antes de su vencimiento. El descuento será del 10% y las condiciones se medirán respecto a los años 2020 – 2021.
El decreto entró en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial y será aplicable dos días calendario después de la misma.
Decreto 2497 del 16 de diciembre de 2022
Así quedó el Presupuesto General de la Nación 2023
A través de la Ley 2276 de 2023 se aprobó el presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, en la suma de CUATROCIENTOS CINCO BILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($405.629.300.000.000).
El nuevo presupuesto tuvo un incremento del 15.76%, teniendo en cuenta que el aprobado para el año 2022 fue de TRESCIENTOS CINCUENTA BILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTIUN MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA PESOS MONEDA LEGAL ($350.397.521.760.380).
En relación con el presupuesto de gastos y apropiaciones, los recursos del presupuesto 2023 tendrán la siguiente destinación global:
Las disposiciones de esta ley serán aplicables a los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, y para los recursos de la Nación asignados a las Empresas Industriales
y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
La ley entró en vigor a partir de la fecha de su publicación, sin embargo, sus surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2023.
Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022