Boletín Real time | 07 de diciembre 2022

Bogotá ya cuenta con la autorización para ingresar a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca

Región Metropolitana Bogotá

A través del Acuerdo 858 de 2022, El Concejo de Bogotá autorizó el ingreso del Distrito Capital a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, cuya finalidad será la formulación y ejecución de políticas públicas, planes, programas y proyectos de desarrollo sostenible y la prestación efectiva de los servicios a cargo. 

Con la expedición de este acuerdo se da cumplimiento al requisito establecido en la Constitución de 1991 y la Ley 2199 de 2022, de acuerdo con el cual, se requería la autorización del Concejo Distrital para conformar la región metropolitana; adicionalmente, la ley establece las siguientes áreas priorizadas: (i) movilidad; (ii) seguridad ciudadana, convivencia y justicia; (iii) seguridad alimentaria y comercialización; (iv) servicios públicos domiciliaros y TIC; (v) desarrollo económico; (vi) ambiental y (vii) ordenamiento territorial y hábitat.

Corresponderá al Alcalde Mayor de Bogotá D.C. propender por la priorización de proyectos y temáticas que resuelvan las problemáticas más urgentes para el Distrito Capital, los cuales deberá sustentar con los respectivos documentos técnicos ante el Concejo capitalino. 

Acuerdo 858 de 18 de noviembre de 2022

 


 

Estas son las nuevas obligaciones para los fabricantes, ensambladores o importadores de fuentes móviles terrestres que regirán a partir del 1 de enero de 2023

Obligaciones para los fabricantes de fuentes móviles terrestres

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible recordó las obligaciones para los fabricantes, ensambladores o importadores de fuentes móviles terrestres al territorio nacional, relacionadas con la obtención del Certificado de Emisiones en Prueba Dinámica (CEPD) y el Visto Bueno por Protocolo de Montreal, de conformidad con lo establecido en la Ley 1972 de 2019 y la Resolución 762 de 2022, que empezarán a regir a partir del 1 de enero de 2023. 

La medidas adoptadas tiene por finalidad proteger el ambiente, la salud, el derecho a un ambiente sano y la vida humana de los riesgos generados por los contaminantes provenientes de las fuentes móviles terrestres, para lo cual se fijaron los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes que deben cumplir estas fuentes y se reglamentaron los requisitos y certificaciones que deben cumplir, aplicables a las importadas, ensambladas o de fabricación nacional para el uso terrestres de carretera o fuera de estas. 

La mencionada resolución establece que las fuentes móviles terrestres de carretera fabricadas, ensambladas o importadas para circular por el territorio colombiano deberán tener un sistema de recirculación de las emisiones del cárter que evite su descarga directamente al ambiente, con los siguientes plazos de implementación:
 

Fuente

Plazo

Fuentes móviles terrestres de carretera de encendido por compresión

1 de enero de 2023

Fuentes móviles terrestres de carretera de encendido por chispa que operen con gasolina

12 meses siguientes a la entrada en vigor de la resolución (19 de julio de 2023)

Fuentes móviles terrestres de carretera que operen con gas natural o GLP

1 de enero de 2023

Motocicletas

24 meses siguientes a la entrada en vigor de la resolución (19 de julio de 2024)

 

Adicionalmente, las fuentes móviles terrestres de carretera fabricadas, ensambladas o importadas que vayan a circular por el territorio nacional deberán contar con un sistema de diagnóstico a bordo (OBD) que cumpla con la normativa de Estados Unidos o la Unión Europea, con los siguientes plazos: 

Fuente

Plazo

Motocicletas, fuentes móviles de 3 ruedas, cuadriciclos y demás fuentes móviles terrestres de carretera con componentes mecánicos de motocicleta

12 meses siguientes a la entrada en vigor de la resolución (19 de julio de 2023)

Fuentes móviles terrestres de carretera de encendido por chispa que operen con gasolina

12 meses siguientes a la entrada en vigor de la resolución (19 de julio de 2023)

Fuentes móviles terrestres de carretera que operen con gas natural o GLP

1 de enero de 2023

Fuentes móviles terrestres de carretera de encendido por compresión livianos y medianos

1 de enero de 2023

Fuentes móviles terrestres de carretera de encendido por compresión clasificados como vehículos pesados

1 de enero de 2023

 

Consulte el documento elaborado por el MinAmbiente para explicar estas obligaciones. Ver

Resolución 0762 de 18 de julio de 2022

 


 

Cifras récord de inversión extranjera en Colombia a mes de octubre de 2022

Inversión Extranjera

En el mes de octubre de 2022, la IED fue de US$1.024 millones, superior en 62,2% respecto a igual mes del año anterior. La IED en petróleo y minería (70,8% del total) se incrementó 55,6%. La IED en los otros sectores (29,1% del total) se aumentaron 80,9%.


En el período enero-octubre de 2022, la Inversión Extranjera Directa (IED) se situó en US$ 9.491 millones, para un aumento de 62,8% respecto a igual período del año anterior.


La IED petrolera y minera se situó en US$6.866 millones a octubre de 2022 y se aumentó 77,8%, respecto a igual período de 2021.
La IED en otros sectores (diferentes a petróleo y minería) se ubicó en US$2.625 millones a octubre de 2022, para un aumento de 33,4%, respecto a igual período de 2021.


En el período enero-octubre de 2022, la IED en los otros sectores (diferentes a petróleo y minería) representó el 27,7% del total. La IED en minero-energéticas participó de 72,3%.

Estado inversión


 

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