Planes de internacionalización y anuales de ventas de los usuarios industriales de Zonas Francas
A través de decreto expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (“MinCIT”) se reglamentaron los planes de internacionalización y anuales de ventas obligatorios para la calificación como usuario industrial de zona franca y para los usuarios industriales de zona franca que hayan sido calificados a partir del 13 de diciembre de 2022, que pretendan obtener el beneficio del impuesto sobre la renta al 20%, según se estableció en la pasada reforma tributaria, Ley 2277 de 2022.
De acuerdo con el decreto, el Plan de Internacionalización y Anual de Ventas es el “[…] documento a través del cual los usuarios industriales de zona franca establecen los objetivos máximos de ingresos netos por operaciones de cualquier naturaleza en el territorio aduanero nacional y los demás ingresos que obtenga el usuario industrial diferentes al desarrollo de su actividad para la cual fue autorizado, reconocido o calificado, para cada vigencia, y constituye un habilitador para que el usuario industrial calificado a partir del 13 de diciembre de 2022, pueda optar por aplicar la tarifa del impuesto sobre la renta […]”.
Para la aprobación del Plan de Internacionalización y Anual de Ventas, la solicitud debe ser presentada por el representante legal del respectivo usuario industrial, acompañada de los documentos corporativos listados junto con el diligenciamiento de la tabla de compromisos sobre ingresos estimados y porcentaje de (i) Ingresos provenientes de la exportación de bienes y/o servicios, (ii) Ingresos por operaciones en el Territorio Aduanero Nacional e (iii) Ingresos diferentes al desarrollo de la actividad para la cual fue autorizado, reconocido o calificado.
Una vez presentado el Plan de Internacionalización y Ventas, el MinCIT tendrá 15 días hábiles, prorrogables por el mismo término, para dar respuesta a la solicitud de suscripción. Si se determina que el peticionario no ha cumplido las condiciones, se otorgará un plazo de 30 días para ajustarlas. La suscripción del Plan se hará a través de acto administrativo expedido por el MinCIT.
Finalmente, la norma ejecutó modificaciones al régimen de zonas francas en lo relativo a las obligaciones de los usuarios industriales, los operadores y ajusta la redacción de los tipos sancionatorios para los eventos de incumplimiento del plan de internacionalización y anual de ventas, entre otros aspectos.
Decreto 0047 del 30 de enero de 2024
Conozca los nuevos plazos para la implementación del documento equivalente electrónico y de los anexos de la factura electrónica de venta
Mediante la Resolución 8 de 2024, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (“DIAN”) extendió los plazos para la implementación del documento equivalente electrónico y del anexo 1.9 de la factura electrónica de venta que vencían el 3 y 2 de febrero de 2024, respectivamente, de acuerdo con la Resolución 00165 de 2023.
La norma estableció el siguiente calendario para la implementación del documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S., determinado de conformidad con la calidad de contribuyente del impuesto de renta y complementarios:
Grupo |
Fecha para la implementación electrónica del documento |
Calidad del contribuyente de renta y complementarios |
1 |
1 de mayo de 2024 |
Grandes Contribuyentes |
2 |
1 de junio de 2024 |
Declarantes del Impuesto sobre la Renta que no tengan a calidad de Grandes Contribuyentes |
1 |
1 de julio de 2024 |
No declarantes del Impuesto sobre la Renta |
Sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas |
# |
Documento equivalente electrónico |
Fecha máxima de implementación electrónica del documento |
1 |
Servicios públicos domiciliarios |
1 de agosto de 2024 |
2 |
El tiquete de transporte de pasajeros |
1 de agosto de 2024 |
3 |
El extracto |
1 de agosto de 2024 |
4 |
El tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros |
1 de septiembre de 2024 |
5 |
La boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados |
1 de septiembre de 2024 |
6 |
El documento en juegos localizados |
1 de septiembre de 2024 |
7 |
El documento expedido para el cobro de peajes |
1 de octubre de 2024 |
8 |
El comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de Valores |
1 de octubre de 2024 |
9 |
El documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities |
1 de octubre de 2024 |
10 |
La boleta de ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas, y otros espectáculos públicos |
1 de noviembre de 2024 |
11 |
La boleta de ingreso a cine |
1 de noviembre de 2024 |
Finalmente, en relación con la versión 1.9 del anexo técnico de factura electrónica de venta, el plazo para la adopción por parte de los obligados a facturar se amplió al 1 de mayo de 2024.
Resolución 000008 de 31 de enero de2024
Estas son las medidas que podrán adoptarse con la declaratoria de situación de desastre nacional
El Presidente de la República declaró la situación de desastre nacional por un período de 12 meses, con lo cual queda habilitado para desarrollar acciones especiales dentro de los parámetros señalados en la Ley 1523 de 2012. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (“UNGRD”) será la encargada de establecer un plan de acción para atender esta situación.
Entre las razones invocadas para la declaratoria se encuentran las predicciones del IDEAM sobre la extensión del fenómeno climático hasta el mes de marzo y los niveles de alertas de incendios forestales y más de 300 ya ocurridos en diferentes zonas del país.
El Plan de Acción a cargo de la UNGRD deberá incluir estrategias para la respuesta, rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas. Las entidades públicas involucradas en la ejecución del plan deberán designar un funcionario de alto nivel para el cumplimiento de las acciones que les compete.
La ley 1523 define desastre como “el resultado que se desencadena de la manifestación de uno o varios eventos naturales o antropogénicos no intencionales que al encontrar condiciones propicias de vulnerabilidad en las personas, los bienes, la infraestructura, los medios de subsistencia, la prestación de servicios o los recursos ambientales, causa daños o pérdidas humanas, materiales, económicas o ambientales, generando una alteración intensa, grave y extendida en las condiciones normales de funcionamiento de la sociedad, que exige al Estado y al sistema nacional ejecutar acciones de respuesta, rehabilitación y reconstrucción”.
De acuerdo con la Ley 1523, entre las medidas que pueden adoptarse en el marco de la declaratoria de situación de desastre, que estarán sometidas a reglas especiales, se encuentran:
Decreto 0037 de 27 de enero de 2024
Balance de los proyectos de ley del sector de Infraestructura y servicios públicos
En el Congreso de la República, con corte al 20 de diciembre de 2023, cierre del primer período de la legislatura actual, se están tramitando un total de 89 proyectos de ley relacionados con el sector de Infraestructura y Servicios Públicos. De estos, 53 proyectos fueron presentados durante la legislatura 2023-2024, que inició el 20 de julio y 36 en la legislatura 2022-2023.
Dentro del conjunto de proyectos, el 82% se encuentran entre el primer y segundo debate. El estado y los temas de cada una de estas iniciativas legislativas, se presenta en las siguientes gráficas:
Fuente: elaboración del Centro de Investigaciones BU con información publicada en el sitio web de la Cámara de Representantes y el Senado de la República, disponibles al 20 de diciembre de 2023.
Agenda regulatoria 2024 para el sector de agua y saneamiento
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento (“CRA”) publicó su Agenda Regulatoria para el año 2024. Dentro de los temas que serán objeto de modificación o regulación se encuentran:
Dependencia |
Objeto de reglamentación |
Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado |
Marco tarifario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado aplicable a grandes prestadores. |
Marco tarifario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado aplicable a pequeños prestadores. |
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Medidas en período de variabilidad climática. |
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Servicio Público de Aseo |
Factor de productividad a ser aplicado en el cálculo de las tarifas en el período de facturación siguiente a marzo de 2024. |
Metodología para clasificar las personas prestadoras del servicio público de aseo de acuerdo con un nivel de riesgo. |
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Marco tarifario para el servicio público de aseo aplicable en municipios y/o distritos con más de 5.000 suscriptores. |
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Bases para la revisión quinquenal de la fórmula tarifaria para el servicio público de aseo de pequeños prestadores. |
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Proyectos transversales |
Actualización de la resolución compilatoria de la regulación general de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. |