Listas las ponencias para los últimos debates del proyecto de ley de reforma tributaria
Los ponentes designados para el segundo y cuarto debate del proyecto de ley 118/2022 Cámara y 131/2022 Senado, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones, presentaron las respectivas ponencias para los debates que se llevarán a cabo ante el pleno de la Cámara de Representantes y el Senado de la República, en la que se incluyeron algunas modificaciones solicitadas por ciertos sectores económicos y políticos.
De acuerdo con el texto presentado, se destacan las siguientes modificaciones:
Artículo en el texto aprobado en debate 1 y 3 |
Contenido general |
1 |
Elimina la propuesta de modificación sobre renta exenta por concepto de pensiones |
3 |
Ajusta la tarifa de retención en la fuente aplicable a los pagos por concepto de dividendos y participaciones |
10 |
Destina parcialmente el recaudo por concepto de la sobretasa a instituciones financieras para la Red Vial Terciaria |
Modifica la sobretasa aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas que desarrollen actividades de la industria extractiva |
|
11 |
Establece un esquema ponderado de tarifas en el impuesto sobre la renta para los usuarios industriales de zonas francas y modifica otras disposiciones |
14 |
Reduce el porcentaje para aplicar el límite a los beneficios y estímulos tributarios de las personas jurídicas |
15 |
Establece los eventos en los que algunas entidades no contribuyentes declarantes lo serán del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios |
17 |
Precisa el monto no deducible correspondiente a las regalías pagadas en especie |
27 |
Elimina el artículo sobre las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares |
30 |
Modifica la regla de valoración de las acciones y/o participaciones que no coticen en la Bolsa de Valores de Colombia para efectos del impuesto al patrimonio |
45 |
Precisa aspectos relacionados con el concepto de productos ultra procesados para efectos del impuesto aplicable |
73 |
Excluye ciertas normas de las derogatorias expresas |
Por otro lado, esta es la propuesta sobre los principales artículos nuevos:
Artículo propuesto en el nuevo texto |
Contenido general |
75 y 76 |
Ajusta el contenido de algunos delitos fiscales |
Establece la suspensión de la prescripción de la acción penal cuando media acuerdos de pago |
|
77 |
Disminuye la carga sancionatoria por la omisión en el envío de la información o por enviarla con errores |
78 |
Determina expresamente los sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación |
79 |
Determina las actividades que recibirán el beneficio tributario previsto en la ley de economía naranja |
82 |
Modifica el impuesto sobre las ventas en los juegos de suerte y azar |
86 |
Establece que a partir del 1 de enero de 2023 los recursos provenientes del impuesto nacional al carbono se destinarán exclusivamente a proyectos ambientales |
87 |
Modifica las disposiciones sobre declaraciones de IVA sin efecto legal alguno |
88 |
Reduce temporalmente las sanciones por omisión de la presentación de declaraciones tributarias ante la DIAN, correspondientes a periodos anteriores al 31 de diciembre de 2022 |
89 |
Determina que el IVA para el servicio de transporte de valores será según la base gravable contenida en el artículo 462-1 del Estatuto Tributario |
A este proyecto le restan los siguientes pasos en el trámite legislativo para convertirse en ley de la República:
- Aprobación en segundo debate en Cámara de Representantes
- Aprobación en cuarto debate en el Senado de la República
- Una eventual aprobación en trámite de conciliación, tanto en Senado como en Cámara, en caso de que se presenten diferencias en los textos aprobados.
- Sanción presidencial
Ponencia Segundo Debate Cámara - Katherine Miranda Peña
Ponencia Segundo Debate Senado - Gustavo Bolivar
Principales anuncios del Presidente de Colombia en visita oficial a Venezuela
En el marco de la visita oficial a la República Bolivariana de Venezuela, el Presidente de Colombia Gustavo Petro dio a conocer varias iniciativas para la ejecución conjunta por los dos países relacionadas con el comercio binacional y regional, los derechos humanos y la defensa del medio ambiente.
Entre los principales anuncios se encuentran:
- Impulsar el restablecimiento de los lazos comerciales entre empresarios de los dos estados, para lo cual se propuso llevar a cabo una reunión en Cartagena.
- Promover el regreso de Venezuela a la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
- Apoyar la integración del país bolivariano al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
- Proponer, en el marco del COP27, una política conjunta de defensa de la Amazonía.
El Gobierno Nacional declaró la situación de desastre en todo el país
Mediante el Decreto 2113 de 2022, el Gobierno Nacional declaró la existencia de una situación de desastre en todo el territorio nacional por el término de 12 meses, con el fin de atender las consecuencias derivadas de las lluvias generadas por el fenómeno de la Niña y el paso de la tormenta tropical y luego huracán Julia.
La decisión se adoptó previa recomendación emitida por el Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (CNGRD), teniendo en cuenta las consecuencias generadas por esta ola invernal: pérdida de vidas humanas, personas desaparecidas, destrucción o afectación de viviendas, impactos negativos en el sector agropecuario que incrementa la crisis alimentaria y en la infraestructura vial, entre otras.
Es importante señalar que el Decreto se sustenta en las disposiciones contenidas en la Ley 1523 de 2012, sobre la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (PNGRD) y el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), normativa que permite la adopción de un régimen especial, con el cual se podrán expedir normas relativas a:
- Contratación del Estado, empréstitos y el control fiscal de recursos
- Ocupación, adquisición, expropiación, demolición de inmuebles e imposición de servidumbres
- Reubicación de asentamientos, solución de conflictos, moratoria o refinanciación de deudas, suspensión de juicios ejecutivos, créditos para afectados, incentivos para la rehabilitación, reconstrucción y el desarrollo sostenible
- Administración y destinación de donaciones y otras medidas tendientes a garantizar el regreso a la normalidad
Dentro de las medidas adoptadas en el marco del desastre nacional declarado, se destacan:
- Suspender la exigencia del requisito de contar con licencia de construcción para las obras de reconstrucción de viviendas, equipamiento, establecimientos de comercio e infraestructura agropecuaria afectadas por los fenómenos señalados.
- Autorizar la transferencia de recursos a los municipios provenientes del Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (FNGRD) con destino a insumos agropecuarios y la ampliación de programas sociales como: el plan de alimentación escolar, madres cabeza de familia, adultos mayores y la población vulnerable.
- Desarrollar un plan de acción específico, a cargo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), que deberá tener en cuenta principios tales como: enfoque territorial, diferencial y con perspectiva de género y soberanía alimentaria.
- Habilitar al Fondo de Adaptación para ejecutar proyectos de disminución del riesgo y adaptación al cambio climático, conforme a la declaratoria de desastre y en el marco del SNGRD.
- Ordenar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la consecución de los recursos necesarios para ayudar a las entidades nacionales y territoriales a atender la declaratoria de desastre.
- Crear una subcuenta a cargo del (FNGRD) para administrar los recursos necesarios para la atención del desastre.
- Convocar a la comunidad internacional para que brinden el apoyo necesario y autorizar a la UNGRD para coordinar la respuesta humanitaria internacional.
Finalmente, el decreto empezó a regir a partir de su publicación, es decir, el 1 de noviembre de 2022.