Nuevos lineamientos para la gobernanza de la infraestructura de datos del sector público
A través del Decreto 1389 de 2022, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entregó lineamientos generales para fortalecer la gobernanza de infraestructura de datos y crear el modelo de gobernanza de la infraestructura de datos, de obligatorio cumplimiento para las entidades que conforman la Administración Pública y los particulares que cumplen funciones públicas o administrativas, y que podrán ser aplicados por las personas jurídicas del sector privado, siempre que sea compatible con su naturaleza y a las disposiciones que regulan su actividad o servicio.
La norma define infraestructura de datos como el “conjunto de recursos compartidos, dinámicos y estandarizados, dispuestos por diferentes actores, que habilita la provisión permanente de datos para su aprovechamiento y generación de valor social, económico y/o público”; así mismo, la gobernanza de dicha Infraestructura de datos del Estado es el “conjunto de normas, políticas, estándares, roles y responsabilidades que permiten potenciar el uso y aprovechamiento de la infraestructura de datos”, la cual es considerada como necesaria para la articulación de acciones del sector público, privado, la academia y la sociedad civil, y la creación de un escenario basado en la confianza y seguridad que posibilite la reutilización de datos del sector público como del privado.
Con esta reglamentación, se persigue la explotación del potencial que tienen los datos para generar transformaciones en el accionar del sector público, a través de la definición de reglas y principios claros y comunes aplicables a diferentes actores que participan en las etapas del ciclo de vida de los datos, incluyendo a las entidades públicas, funcionarios públicos, usuarios, sector privado, academia, y demás actores.
Finalmente, esta norma contempla disposiciones relativas a los principios, el modelo de gobernanza de la infraestructura de datos, las Instancias, la integración con la política de gobierno digital y de gestión del conocimiento y la innovación, y el seguimiento.
El decreto empezó a regir a partir de su publicación, y adiciona el Decreto 1078 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Decreto 1389 de 28 julio de 2022
Lista la reglamentación para la terminación de mutuo acuerdo de los procedimientos administrativos sancionatorios laborales
El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 1368 de 2022, a través del cual se desarrolla la facultad otorgada por el actual Plan Nacional de Desarrollo a este ministerio, para ordenar la suspensión y terminación de una averiguación preliminar o de un procedimiento administrativo sancionatorio laboral por mutuo acuerdo.
El decreto establece que serán objeto de suspensión o terminación por mutuo acuerdo, las averiguaciones preliminares y los procedimientos administrativos sancionatorios por violación de normas laborales, con excepción de aquellas referidas al trabajo infantil o trabajo forzoso, las que terminen con un acuerdo de formalización laboral, reguladas por la Ley 1610 de 2013, y las que constituyan reincidencia en la infracción.
La norma aclara que la suspensión o terminación sólo podrá darse mientras se curse la etapa de averiguación preliminar, entre el inicio de la etapa de formulación de cargos y la presentación de descargos o entre el inicio del periodo probatorio y la presentación de alegatos, en todo caso, la suspensión o terminación será condicionada a que los investigados reconozcan que incumplieron las normas laborales o de seguridad social integral, y a que garanticen la implementación de medidas para la corrección de las causas que dieron origen a la actuación administrativa, todo lo cual, deberá ser parte de un Plan de Mejoramiento, el cual deberá incluir como mínimo:
- La relación de las conductas violatorias de las normas laborales o de seguridad social integral.
- La aceptación del incumplimiento de las normas.
- Las medidas establecidas para corregir las conductas violatorias de normas.
- El cronograma para el cumplimiento del plan de mejoramiento, que no podrá exceder los tres meses.
- La metodología para la verificación del cumplimiento del plan de mejoramiento.
Finalmente, esta reglamentación establece, entre otras, reglas sobre las condiciones y el procedimiento para la suspensión, las consecuencias del cumplimiento o incumplimiento del plan de mejoramiento, y la creación de un registro único de sanciones, acuerdos y planes de mejoramiento.
El decreto empezó a regir a partir de su publicación, y adiciona el Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
Decreto 1368 de 27 de julio de 2022
Estas son las medidas para prevenir infecciones respiratorias
A través de la Resolución 1238 de 2022 el Gobierno Nacional determinó nuevas medidas para la prevención y conservación de la salud derivadas de infecciones respiratorias, incluidas las originadas por Covid-19.
La Resolución establece el deber de cada persona de propender por el cuidado de sí mismo, de sus seres queridos y de la sociedad en general, en particular, será necesario adoptar medidas más estrictas de cuidado si alguno de los miembros de la familia presenta comorbilidades asociadas a mayor riesgo de enfermedad grave por Covid-19. Adicionalmente, se debe continuar con prácticas como el lavado e higiene de manos, distanciamiento físico, uso de tapabocas y ventilación adecuada.
Todos los habitantes del territorio nacional deberán evitar aglomeraciones en espacios abiertos y cerrados, y corresponderá definir estrategias que garanticen el distanciamiento físico y eviten la concentración de personas en un mismo lugar. De otor lado, es obligatorio del uso de tapabocas para las personas mayores de 2 años en las instituciones de salud, hogares geriátricos, el transporte público, las estaciones de transporte masivo, los terminales de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial.
Finalmente, la norma incluye medidas especiales para el ingreso al país por vía marítima y aérea, que incluye la presentación de un certificado o carné de vacunación con esquema completo, o una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 72 horas o una prueba de antígenos con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 48 horas.
La resolución empezó a regir a partir de su publicación.
Resolución 1238 de 21 de julio de 2022