Normativa
CREG revoca circulares sobre metas de calidad sobre Operadores de Red
CREG Ver documento
La Comisión de Regulación de Energía y Gas ha tomado la decisión de revocar las Circulares CREG 001 y 003 de 2024. Estas circulares, que establecían metas de calidad anual para Operadores de Red (OR) y abrían un espacio para comentarios y sugerencias, fueron objeto de observaciones y recursos de reposición por parte de los interesados, quienes argumentaron irregularidades en su expedición. En respuesta a estas observaciones y para garantizar el debido proceso, la Dirección Ejecutiva de la CREG consideró apropiado revocar dichas circulares, ya que su contenido requería cumplir con el proceso de consulta pública y aprobación por parte de la Comisión, conforme al reglamento interno vigente.
La revocación de las circulares ha sido publicada en la página web de la CREG y en el Diario Oficial, y no procede recurso alguno sobre su contenido. Con esta medida, se busca garantizar el cumplimiento de los procedimientos administrativos establecidos y el derecho de defensa legalmente consagrado para los interesados en el sector energético.
Proyectos
Mintrabajo publica propuesta para regular retención y pago de cuotas sindicales en la industria del petróleo
Ministerio del Trabajo Ver documento
El Ministerio del Trabajo ha propuesto una resolución para regular la retención y el pago de la cuota sindical por beneficio convencional en la industria del petróleo. Esta resolución requiere que las personas y empresas contratistas que realicen actividades esenciales para la industria del petróleo retengan una suma equivalente a la cuota sindical ordinaria de los trabajadores beneficiados por un convenio colectivo o laudo arbitral, independientemente de su afiliación sindical. Los fondos recaudados deben ser transferidos a la organización sindical correspondiente.
Para garantizar el cumplimiento de esta norma, las empresas contratantes deben elaborar y enviar listados detallados de sus contratistas y trabajadores, especificando la información relevante sobre los beneficiarios de convenios colectivos y la cuota sindical retenida. Estos listados deben ser actualizados y remitidos a las organizaciones sindicales mensualmente. Además, las organizaciones sindicales tienen derecho a solicitar información adicional y aclaraciones necesarias para el recaudo de las cuotas. La resolución entrará en vigor a partir de su publicación.
Comentarios hasta el 8 de junio al siguiente link y al correo acaro@mintrabajo.gov.co
MinEnergía propone nuevas políticas para el Gas Natural
Ministerio de Minas y Energía Ver documento
El Ministerio de Minas y Energía ha presentado un proyecto de decreto, que modifica el Capítulo 2 del Título II de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1073 de 2015. El proyecto tiene como objetivo principal viabilizar las fuentes de gas natural costa afuera y facilitar la importación de gas natural. Entre las modificaciones se destacan la redefinición de términos clave como las “Cantidades Importadas Disponibles para la Venta” (CIDV) y el “Respaldo Físico”. Además, establece que los productores de gas que vendan a otros agentes serán considerados comercializadores y que las cantidades importadas deberán ser reportadas semanalmente para asegurar la transparencia y disponibilidad de esta información. Adicionalmente, se dictan normas para la declaración y comercialización de producción de gas y cantidades importadas, incluyendo ajustes por la CREG en la regulación vigente. También se incorpora un plan de abastecimiento de gas natural a diez años, considerando tanto la producción nacional como las importaciones y exportaciones de gas natural.
Las observaciones deberán realizarse por medio de este foro o diligenciando el formulario para recepción de comentarios, el cual debe enviar conservando el formato editable al correo electrónico pciudadana@minenergia.gov.co, hasta el sábado 01 de junio de 2024.
CREG propone regular ingresos adicionales para Plantas Térmicas
CREG Ver documento
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) presenta el Proyecto de Resolución 701 045 de 2024 con el objetivo de dar cumplimiento al artículo 7 de la Resolución 40142 de 2024 del Ministerio de Minas y Energía (MME). Según este proyecto, las plantas térmicas que no cuenten con Obligaciones de Energía Firme (OEF) para el periodo de diciembre de 2023 a noviembre de 2024, registradas para operar con gas natural importado y despachadas por generación forzada, podrán acceder a una remuneración adicional, calculada con base en la Resolución CREG 034 de 2001, y asignada por XM S.A. ESP en su función de Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) a prorrata de la demanda comercial a los comercializadores.
Así las cosas, para acceder a esta remuneración, las plantas térmicas deben cumplir con ciertos requisitos, incluyendo la certificación de las cantidades de gas entregadas y la nominación confirmada de gas importado destinado a ellas. La aplicación de esta remuneración se iniciará a partir de la liquidación del mes de mayo de 2024, buscando garantizar un suministro eficiente y confiable de energía eléctrica durante el periodo establecido.
Los comentarios se podrán realizar hasta el 22 de mayo, al correo electrónico creg@creg.gov.co, identificando el mensaje con el siguiente asunto: “Comentarios sobre la Resolución CREG 701 045 de 2024”.
Noticias
Se crea Mesa Técnica Regional de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en Medellín
Superservicios
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) realizará en Medellín la Mesa Técnica Regional de Gas Licuado de Petróleo (GLP) este viernes 24 de mayo. Esta mesa técnica tiene como objetivo abordar los problemas y desafíos relacionados con la prestación del servicio de GLP, un servicio público domiciliario crucial para 3.5 millones de hogares colombianos, especialmente en áreas remotas con mayores necesidades sociales y económicas. Esta iniciativa, parte del Comité de Seguridad de GLP (CSGLP) creado por la Ley 689 de 2001, reúne a varias entidades, incluyendo la Superservicios, el Ministerio de Minas y Energía, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), Icontec, Ecopetrol, y agremiaciones como Agremgas y Gasnova, además de fabricantes de cilindros como Metalgas y Cilgas.
También participarán la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. La jornada contará con la participación de empresas prestadoras del servicio de GLP en cilindros y a granel que operan en Antioquia, así como autoridades gubernamentales, alcaldías del departamento, la Gobernación de Antioquia y vocales de control. En Antioquia, el servicio de GLP es prestado por diez empresas y utilizado por aproximadamente 705 mil hogares, principalmente en Medellín y los municipios de Bello, Rionegro, La Ceja, Apartadó y Caucasia. Entre los problemas identificados en la prestación del servicio están el uso indebido de cilindros, la comercialización de cilindros universales y GLP a granel de manera ilegal, y la venta a informales.
La ANLA reconoce a la Gobernación del Cesar como tercero interviniente en proyectos del departamento
ANLA Ver documento
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) ha reconocido a la Gobernación del Cesar como tercero interviniente en 59 proyectos activos bajo la competencia de la ANLA, actualmente en etapa de seguimiento. Esta decisión se formalizó a través del Auto 3076 del 14 de mayo de 2024. La ANLA aclaró que este reconocimiento no otorga a la Gobernación del Cesar facultades de seguimiento y control de los proyectos, ya que estas competencias son exclusivas de la autoridad ambiental.
Aunque existe un deber de articulación interinstitucional entre autoridades ambientales, entidades territoriales, autoridades de policía y fuerzas armadas, solo las autoridades ambientales están facultadas para ejercer el seguimiento y control ambiental en el marco de los proyectos sometidos a licenciamiento ambiental, salvo que exista un convenio de delegación con otras autoridades públicas, lo cual no es el caso con la Gobernación del Cesar. Además, la potestad sancionatoria ambiental en los proyectos sometidos a licencia ambiental es exclusiva de la autoridad ambiental que otorgó la licencia. No obstante, los entes territoriales tienen la facultad de imponer medidas preventivas, como lo establece la Ley 1333 de 2009. Esta facultad no se deriva del reconocimiento como tercero interviniente, sino de su carácter de autoridad pública.