Proyectos
Se reglamentará la medición del volumen y la determinación de la calidad de los hidrocarburos
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El Ministerio de Minas y Energía mediante proyecto de resolución, pretende reglamentar la medición del volumen y la determinación de la calidad de los hidrocarburos producidos en el país para la adecuada liquidación de las regalías y contraprestaciones económicas a favor del Estado.
Cabe resaltar que esta reglamentación debe ser aplicada a la medición del volumen y determinación de la calidad de los hidrocarburos, ya sean líquidos o gaseosos, y la calidad del agua que se recupere en los campos y pozos productores, sin importar la etapa.
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CENIT podrá ser administrador de las operaciones de la cadena de Distribución de Combustibles Líquidos
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Mediante un proyecto de decreto, el Ministerio de Minas y Energía autorizará la constitución de una empresa encargada de la planeación y coordinación de la operación de la cadena de combustibles líquidos a CENIT TRANSPORTE Y LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS S.A.S.
Por lo que la empresa tendrá como objeto social principal, el de ejercer como Administrador de las Operaciones de la Cadena de Distribución de Combustibles Líquidos, sin querer decir que no pueda realizar otras actividades relacionadas establecidas en los estatutos.
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Existirá planeación y coordinación de la operación de la Cadena de distribución de Combustibles Líquidos
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El Ministerio de Minas y Energía publicó un proyecto de decreto en el que se pretende adicionar al DUR 1075, lo que aplica a planeación y coordinación de la operación de la Cadena de distribución de Combustibles Líquidos.
Por lo anterior, se reglamentará el administrador de las operaciones de la cadena de distribución de combustibles líquidos; el consejo consultivo de combustibles líquidos; y la comisión intersectorial de estrategia frente a las emergencias internacionales de abastecimiento de hidrocarburos y combustibles líquidos, siguiendo las directrices para el ingreso de Colombia a la Agencia Internacional de Energía.
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La SIC busca modificar el reglamento técnico de surtidores, dispensadores y medidores de combustible líquido
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La Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- publicó un proyecto de resolución por medio del cual se establece el reglamento técnico que fija los requisitos técnicos, metrológicos y administrativos que deben cumplir los surtidores, dispensadores y/o medidores de combustibles líquidos. Igualmente, establece el procedimiento de evaluación, define las obligaciones para fabricantes e importadores y dispone el procedimiento de verificación metrológica para los medidores de combustibles líquidos que son utilizados en las estaciones de servicio -EDS- automotriz, fluvial y marítima de carácter público.
El reglamento tiene por objeto prevenir la inducción a error a los consumidores y asegurar la calidad de las mediciones que proveen los surtidores, dispensadores y/o medidores de combustibles líquidos. Sin embargo, la normativa no aplicaría para los productos que si bien, se encuentran en la subpartida arancelaria establecida, no son surtidores, dispensadores y/o medidores de combustibles líquidos, pero si un medidor de combustibles líquidos ingresa al país bajo una partida arancelaria distinta, está sujeto al cumplimiento de las disposiciones contempladas en este reglamento. Este proyecto recibirán observaciones y comentarios hasta el 23 de abril de 2021 al siguiente correo electrónico c.amoreno@sic.gov.co