Normativa
Prorrogadas las fórmulas de subsidios para usuarios residenciales de bajos ingresos
CREG Ver documento
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió la Resolución No. 105 006 de 2023, en la cual se prorrogan las fórmulas para calcular los subsidios aplicables al consumo de energía eléctrica y gas combustible por red de tubería de los usuarios residenciales de estrato 1 y 2. Esta decisión, enmarcada en el artículo 272 de la Ley 2294 de 2023 y vinculada al Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida", extiende la vigencia de las fórmulas hasta el 30 de junio de 2027. La medida busca garantizar la continuidad de los subsidios y su aplicación eficiente.
La resolución, emanada en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales conferidas a la CREG, tiene como propósito prorrogar las fórmulas que determinan los subsidios a los usuarios residenciales de estrato 1 y 2, asegurando la continuidad de los beneficios hasta el 30 de junio de 2027. La decisión, en línea con el marco legal establecido, busca mantener la estabilidad en el otorgamiento de subsidios a los usuarios de bajos ingresos, con el fin de promover el acceso equitativo a servicios esenciales como la energía eléctrica y el gas combustible por red de tubería.
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Prorrogan fórmulas para cálculo de subsidios en consumo de Energía y Gas hasta 2027
Ministerio de Minas y Energía Ver documento
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en cumplimiento del artículo 272 de la Ley 2294 de 2023, ha anunciado mediante la Resolución No. 105 006 de 2023 la prórroga de las fórmulas para el cálculo de subsidios aplicables al consumo de energía eléctrica y gas combustible para usuarios residenciales de estrato 1 y 2. El objeto es garantizar el acceso a estos servicios a los sectores de menores ingresos, extendiendo las medidas hasta el 30 de junio de 2027, como parte del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida".
En ejercicio de sus atribuciones, la Comisión destaca la importancia de estas medidas para los usuarios de estratos socioeconómicos bajos. Además, la resolución contempla la implementación de medidas eficientes que vinculan la estratificación y la información socioeconómica como parámetro de focalización del subsidio, asegurando una distribución más equitativa. La prórroga se basa en la continuidad de políticas de apoyo a los sectores más vulnerables, siendo el resultado de una serie de extensiones legislativas que datan desde la Ley 1117 de 2006.
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MinEnergía realiza traslado presupuestal para fortalecer la minería de subsistencia
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El Ministerio de Minas y Energía emitió la Resolución 1393 de 2023, la cual responde a la necesidad de efectuar un traslado entre rubros desagregados del Proyecto “Fortalecimiento de la Política de la Minería de Subsistencia en el Territorio Nacional” en el Presupuesto de Gastos de Inversión asignado para la vigencia 2023.
La resolución detalla el proceso de desagregación del Presupuesto de Inversión y el requerimiento de traslado formulado mediante el oficio radicado No. 3-2023-031176 de noviembre 10 de 2023. Asimismo, el traslado, realizado a nivel desagregado según la clasificación presupuestal, se efectúa en diferentes partidas del proyecto, destacando la consolidación productiva del sector minero y la divulgación del sector minero como áreas beneficiadas.
Proyectos
MinEnergía propone nuevos requisitos para seguridad en el uso de fuentes radiactivas
Ministerio de Minas y Energía Ver documento
El Ministerio de Minas y Energía ha presentado un proyecto de resolución con el objetivo de establecer requisitos para la seguridad física en el empleo de fuentes radiactivas de categoría 1, 2 y 3. La propuesta busca modificar parcialmente la Resolución 90874 de 2014 y se fundamenta en la adhesión de Colombia al Código de Conducta sobre Seguridad Tecnológica y Física de las Fuentes de Radiación del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). Este proyecto se enmarca en las funciones del Ministerio para garantizar la seguridad nuclear y protección radiológica, asegurando un marco apropiado para el uso seguro de fuentes radiactivas.
En cuanto al alcance, el proyecto busca regular a personas naturales o jurídicas que requieran autorización para el uso y/o almacenamiento de fuentes radiactivas de categorías 1, 2 y 3. Se destaca que no aplica a equipos generadores de radiación, material nuclear definido por la Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares, ni a instalaciones cuya agregación resulte en categorías 4 y 5. Los comentarios se podrán realizar en el siguiente enlace.
Noticias
Resultados de encuesta determinan administradores potenciales para el Fondo SOLDICOM
Ministerio de Minas y Energía Ver documento
El Ministerio de Minas y Energía ("MinMinas") divulgó los resultados de la encuesta realizada a los Distribuidores Minoristas de Combustibles Líquidos sobre su vinculación a agremiaciones o federaciones del sector. En concordancia con la Ley 26 de 1989 y la Resolución 40396 de 2021, se destaca que la Confederación de Distribuidores Minoristas de Combustibles y Energéticos (COMCE) obtuvo el 39,58%, y la Federación Nacional de Combustibles y Energéticos (FENDIPETRÓLEO) alcanzó el 32,69% de los votos, posicionándose como las federaciones habilitadas para administrar el Fondo SOLDICOM. El Ministerio, cumpliendo con el procedimiento establecido, se prepara para contactar a estas federaciones y avanzar en la designación del próximo administrador del fondo.
Tomado de Ministerio de Minas y Energía. (10/01/2024).
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