Boletín Minería, O&G | 16 de noviembre 2023

Normativa

La CREG publica precios de combustibles para noviembre 2023

CREG  Ver documento

La Circular 84 de 2023, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), anuncia la publicación de los precios de referencia de venta al público de combustibles como Gasolina Motor Corriente, Gasolina Motor Corriente Oxigenada, ACPM-Diésel y la mezcla de ACPM-Diésel y biodiésel. Estos precios entrarán en vigor a partir del 4 de noviembre de 2023. La estimación se basa en los valores establecidos por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, y se puede consultar en el enlace proporcionado.
 

A continuación, se detallan los precios de referencia en algunas ciudades principales a partir del 4 de noviembre de 2023:

  • Bogotá: Gasolina MC a 14.973 $/gal, ACPM a 9.357 $/gal.
  • Medellín: Gasolina MC a 14.906 $/gal, ACPM a 9.372 $/gal.
  • Cali: Gasolina MC a 14.997 $/gal, ACPM a 9.484 $/gal.
  • Barranquilla: Gasolina MC a 14.644 $/gal, ACPM a 9.060 $/gal.
  • Cartagena: Gasolina MC a 14.603 $/gal, ACPM a 9.028 $/gal.
  • Montería: Gasolina MC a 14.853 $/gal, ACPM a 9.278 $/gal.
  • Bucaramanga: Gasolina MC a 14.734 $/gal, ACPM a 9.125 $/gal.
  • Villavicencio: Gasolina MC a 15.073 $/gal, ACPM a 9.457 $/gal.
  • Pereira: Gasolina MC a 14.941 $/gal, ACPM a 9.429 $/gal.
  • Manizales: Gasolina MC a 14.957 $/gal, ACPM a 9.417 $/gal.
  • Ibagué: Gasolina MC a 14.908 $/gal, ACPM a 9.348 $/gal.
  • Pasto: Gasolina MC a 12.716 $/gal, ACPM a 8.396 $/gal.
  • Cúcuta: Gasolina MC a 13.025 $/gal, ACPM a 7.089 $/gal.
  • Promedio PVP precio (13 ciudades principales): Gasolina MC a 14.564 $/gal, ACPM a 9.065 $/gal.


 


 

Nuevo ingreso al productor del alcohol carburante y biocombustible diésel a partir de noviembre

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El Ministerio de Minas y Energía mediante la Resolución 40546 de 2023 ha establecido el valor del ingreso al productor del alcohol carburante en COP$14.373,00 por galón y el valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel en $16.349,37 por galón a partir del 4 de noviembre de 2023. Además, se resalta que la modificación de mezclas con gasolina motor corriente no modifica el ingreso al productor fijado para el alcohol carburante y el nivel de mezclas con ACPM no modifica el ingreso al productor fijado para biocombustible para uso en motores diésel en todo el país.
 

Esta resolución entra a regir desde el 4 de noviembre y deroga las Resoluciones 40546 y 40598 de 2023.
 

 


 

Precios de referencia de combustibles en Nariño a partir de noviembre de 2023 fueron establecidos

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40642 de 2023 que establece el precio de referencia de venta al público de la gasolina motor corriente oxigenada y del ACPM mezclado con biocombustible para uso en motores diésel en el municipio de Pasto, departamento de Nariño. Para la gasolina motor corriente, se fija un precio máximo de referencia de $12,716 por galón, aplicable al combustible distribuido que forme parte del volumen máximo con beneficios tributarios asignado a ese municipio. De manera similar, para el ACPM mezclado con biocombustible, se establece un precio máximo de referencia de $8,396 por galón en el mismo contexto. Estos precios podrán ser reajustados en caso de cambios en el porcentaje de mezcla vigente o eventos que afecten la continuidad en la distribución de combustibles.
 

Además, la resolución señala que en los demás municipios del departamento de Nariño, los precios de referencia de la gasolina motor corriente oxigenada y del ACPM mezclado con biocombustible deberán considerar los valores establecidos por la autoridad municipal para el transporte de combustibles desde la planta de abastecimiento mayorista a las estaciones de servicio, así como las condiciones asociadas al combustible distribuido que forme parte del volumen máximo con beneficios tributarios asignado a esos municipios. La aplicación de la estructura de precios debe cumplir con las normativas legales pertinentes y la resolución rige a partir del 4 de noviembre de 2023, derogando la Resolución 40600 de 2023 y disposiciones contrarias.
 

 


 

CREG declara incapacidad para emitir conceptos y respuestas de PQRSD por falta de expertos comisionados

CREG  Ver documento

La Circular 86 de 2023, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), establece que las solicitudes, consultas y peticiones relacionadas con la regulación de los servicios públicos domiciliarios de energía y gas combustible, así como de combustibles líquidos, solo serán respondidas cuando haya al menos tres expertos comisionados en ejercicio de sus funciones. Esto se debe a que la función de emitir conceptos y respuestas a estas solicitudes corresponde al Comité de Expertos, y la Resolución CREG 020 de 2018 establece que se requiere la aprobación de tres expertos comisionados, incluido el Director Ejecutivo. En caso de que haya menos de tres expertos comisionados en servicio, se necesitará solo el visto bueno de un Experto distinto del Director Ejecutivo.
 

Sin embargo, debido a la vacancia de los cargos de expertos comisionados y la separación del cargo del Director Ejecutivo, José Fernando Prada, en este momento no se cumplen los requisitos necesarios para emitir conceptos y responder peticiones relacionadas con la regulación de los servicios públicos. Las respuestas a otras peticiones, quejas y reclamos de la entidad estarán a cargo del funcionario Hugo Enrique Pacheco León, asesor jurídico de la CREG, por delegación del Director Ejecutivo.
 

 


 

Términos se referencia para auditor de los proyectos IPAT

UPME  Ver documento

La Unidad de Planeación Minero Energética - UPME dio a conocer la Circular Externa 83 de 2023 que habla sobre la publicación a comentarios términos de referencia del auditor para los proyectos IPAT. La entidad busca dar la oportunidad para que el público en general y los interesados para que consulten los términos de referencia para la selección del auditor (TRA) que se llevará a cabo la auditoría a un proyecto IPTA adoptado por el plan de abastecimiento de gas natural. 
 

Por lo que la fecha límite para presentar comentarios y observaciones hacia los documentos TRA es de diez días hábiles a partir del siguiente día hábil de la publicación de esta Circular. 
 

 


 

Definido el ingreso al productor del combustible fósil de la gasolina motor corriente y del ACPM para noviembre

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Minas y Energía establecieron el ingreso al productor del combustible fósil de la gasolina motor corriente y del ACPM que regirá a partir del 4 de noviembre del 2023:

  • El Ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios de la gasolina motor corriente se fijó en $9.914,16 por galón y aplicará en todas las zonas del país, sin importar el nivel de mezclas con alcohol carburante de cada una de ellas.
  • El ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios del ACPM, se prevé en $4.773,05 por galón y también, aplicará en todas las zonas del país, sin importar el nivel de mezclas con biocombustible para uso en motores diésel fijado para cada una de ellas.


Lo anterior rige a partir del 4 de noviembre de 2023 y deroga las Resoluciones 440545 y 40597 de 2023.
 

 


 

Proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor de combustibles en zonas de frontera estable fueron establecidas

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

La Resolución 40641 de 2023 del Ministerio de Minas y Energía, establece proporcionalidades para calcular el ingreso al productor de Gasolina Motor Corriente y ACPM en los municipios reconocidos como zonas de frontera, de acuerdo con las normativas establecidas en el Decreto 1073 de 2015 y el Decreto 0931 de 2023. Estas proporcionalidades se aplicarán exclusivamente al combustible fósil, sin afectar el porcentaje de biocombustible presente en la mezcla del galón distribuido en dichos municipios.
 

La resolución entra en vigencia el 4 de noviembre de 2023 y deroga todas las disposiciones anteriores que puedan entrar en conflicto, incluida la Resolución 40599 del 5 de octubre de 2023.
 

 


 

Banco de la República certificó los precios del oro, plata y platino para noviembre de 2023

Banco de la república

La Junta Directiva del Banco de la República Banco de la República certificó en su Boletín Número 42 los precios del gramo de oro, plata y platino que estarán vigentes para el mes de noviembre de 2023. Esta certificación de se realiza para la liquidación de las rentas que surjan por la explotación de dichos metales. Los precios serán:

 

Metal

Precio por gramo

Oro

COP$207.691,79

Plata

COP$2.447,90

Platino

COP$96.776,52

 

Los precios tienen vigencia desde su publicación el 1 de noviembre de 2023.

 


 

CREG invita a la audiencia pública de rendición de cuentas 2022-2023

CREG  Ver documento

La Circular 87 de 2023 informa sobre la invitación a participar en la audiencia pública de rendición de cuentas de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) correspondiente a la vigencia 2022-2023, que se llevará a cabo el 13 de diciembre de 2023 de 10:00 am a 12:00 m. El propósito de esta actividad es permitir el control social sobre la gestión de la CREG y se transmitirá a través del canal de YouTube de la Comisión CREG. Además, como parte del mecanismo de participación ciudadana, la CREG recibirá previamente preguntas y preocupaciones relacionadas con su gestión, que podrán enviarse en formato escrito, de audio o vídeo.
 

Durante la audiencia, se responderán en vivo las preguntas recibidas, y aquellas que no se puedan abordar durante el evento serán respondidas de forma escrita y enviadas a los correos de los solicitantes. Para obtener más información sobre esta actividad de rendición de cuentas, se proporciona el correo electrónico comunicaciones@creg.gov.co como medio de contacto.
 

 


 

Doctrina

Concepto sobre la no causación del Impuesto Nacional al Carbono

DIAN  Ver documento

El Concepto 6146 (1622) de la DIAN se refiere a la solicitud de reconsideración de un concepto relacionado con la no causación del Impuesto Nacional al Carbono en Colombia. Los solicitantes piden revisar un oficio emitido en noviembre de 2019 que aborda la posibilidad de que los distribuidores minoristas de combustible y otros intermediarios apliquen el certificado de carbono neutro para evitar este impuesto. Se mencionan oficios anteriores que abordaron la misma cuestión y brindaron orientación sobre quiénes pueden acceder al mecanismo de no causación del impuesto.
 

El análisis se centra en la interpretación de las regulaciones relacionadas con la no causación del impuesto al carbono y aclara que solo el sujeto pasivo puede optar por este mecanismo, incluso si este sujeto también es responsable del tributo. Se establece que la certificación de carbono neutro solo puede ser proporcionada por el sujeto pasivo al responsable del impuesto, y se especifica que dicha certificación puede provenir de los consumidores finales del combustible o del titular de una iniciativa de mitigación de gases de efecto invernadero. Además, se destaca que estas reglas se mantienen con las modificaciones introducidas por una ley posterior.
 

 


 

Proyectos

Propuesta de modificación en la composición de la mesa de concertación para la formalización de la minería informal

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

Un proyecto de resolución expedido por el Ministerio de Minas y Energía pretende modificar la Resolución 90579 de 2013, que establece la creación de la Mesa de Concertación con el propósito de recopilar información para desarrollar la política pública de Formalización de la Minería Informal.
 

Por lo que, la modificación se centra en la integración de la Mesa de Concertación, que incluye varios representantes de entidades gubernamentales y comunidades interesadas. El objetivo de esta modificación es garantizar una mayor representación y participación de diversas partes involucradas en la formalización de la minería informal. La modificación entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
 

Comentarios hasta el 18 de noviembre al correo pciudadana@minenergia.gov.co en el siguiente formulario.
 

 


 

Interesados en proceso competitivo podrán presentar preguntas y observaciones sobre los Pliegos

Agencia Nacional de Hidrocarburos

La Agencia Nacional de Hidrocarburos ANH informó a los interesados en el proceso competitivo que pueden enviar sus preguntas sobre los Pliegos del Proceso Competitivo en las fechas especificadas en el cronograma. También, pueden acceder a las respuestas a estas preguntas en la misma sección. 
 

Para presentar sus observaciones o inquietudes, tienen a su disposición varios medios, como un aplicativo en línea o un archivo Excel que les ayuda a organizar sus observaciones por tema. Estas observaciones deben ser enviadas al correo electrónico rondaeolicacostaafuera@anh.gov.co como una alternativa hasta el 16 de noviembre del presente año. 
 

 


 

Inicia proceso de selección del administrador del Fondo SOLDICOM

SICOM  

La Dirección de Hidrocarburos ha iniciado el proceso de selección del próximo administrador o administradores del Fondo SOLDICOM, conforme a las regulaciones establecidas en la Ley 26 de 1989 y la Resolución 40396 de 2021 del Ministerio de Minas y Energía. Este proceso implica la realización de una encuesta en la que los distribuidores minoristas de todo el país seleccionarán la agremiación a la que están afiliados. La Dirección de Hidrocarburos ha publicado una lista de agremiaciones existentes y activas para que los interesados puedan hacer comentarios u observaciones, asegurando que ninguna agremiación formalmente constituida quede excluida del proceso. Los comentarios y observaciones pueden ser remitidos a los correos electrónicos menergia@minenergia.gov.co y downstream@minenergia.gov.co.
 

Este proceso busca garantizar una selección justa y representativa de los administradores del Fondo SOLDICOM, asegurando que las agremiaciones sean elegidas por los distribuidores minoristas de manera transparente y democrática, cumpliendo así con las disposiciones legales vigentes.
 

 


 

Ministerio de Minas y Energía establece normativas para financiar y desarrollar proyectos de gas combustible por redes

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El proyecto de resolución publicado por el Ministerio de Minas y Energía tiene como objetivo la adopción de un reglamento interno para la presentación y ejecución de proyectos relacionados con la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible por redes. Estos proyectos serán financiados con aportes de empresas de economía mixta, públicas o privadas, en el marco del Decreto 1704 de 2021. La resolución establece definiciones clave, requisitos para las empresas interesadas en aportar recursos, requisitos y documentos que deben presentar, así como el proceso de aprobación por parte de la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME). También se aborda la cofinanciación de proyectos y la presentación de proyectos por parte de empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. El documento detalla los pasos y los plazos para la postulación de las empresas receptoras interesadas en estructurar, construir y operar las redes de distribución de gas combustible.
 

Así mismo, establece los requisitos y el proceso para la selección de empresas de servicios públicos domiciliarios interesadas en estructurar, construir y operar redes o sistemas de distribución de gas combustible. Las empresas postuladas deben cumplir con requisitos mínimos, como capacitación técnica y operativa, capacidad financiera y experiencia en proyectos similares. Además, deben presentar documentación detallada, incluyendo información sobre el proyecto propuesto, usuarios beneficiarios, costos, planos, estudios técnicos y financieros, entre otros. La evaluación de las propuestas se realiza a través de varios criterios, incluyendo la capacidad financiera y experiencia de la empresa, la revisión técnica y financiera del proyecto, el análisis del costo del servicio, y factores diferenciadores como la equidad de género y la inclusión laboral. Cada criterio tiene un puntaje máximo asignado, y las empresas son calificadas en función de su cumplimiento de estos criterios.
 

Una vez evaluadas las propuestas, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) presenta a la empresa aportante un listado de los resultados de las empresas postulantes, con su respectiva calificación. La empresa aportante selecciona la empresa de servicios públicos domiciliarios que ejecutará y operará el proyecto y firma un contrato con ella. La ejecución del proyecto se lleva a cabo de acuerdo con los lineamientos del contrato de fiducia mercantil y las disposiciones del Decreto 1704 de 2021. La resolución entraría en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
 

Comentarios hasta el 18 de noviembre al correo pciudadana@minenergia.gov.co en el siguiente formulario.
 

 


 

Proyecto sobre plan de abastecimiento de combustibles en La Guajira para garantizar suministro

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El proyecto de resolución del Ministerio de Minas y Energía establece un Plan de Abastecimiento para la distribución de combustibles líquidos en el departamento de La Guajira, Colombia. El plan se divide en dos esquemas: abastecimiento con producto nacional y abastecimiento con producto importado. En el primer esquema, ECOPETROL S.A. suministrará combustibles líquidos con marcación nacional, que serán transportados por el sistema nacional de poliductos de CENIT S.A. hasta las plantas de abastecimiento en el departamento. Las plantas autorizadas para distribuir en La Guajira son Distribuidora de Combustible Wayuu S.A.S y Consorcio Guajira Oriana - Jaidis, que abastecerán varios municipios. En casos de emergencia, se podrán establecer planes de contingencia para habilitar el suministro de combustibles desde otras plantas.
 

La resolución también establece que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) debe considerar el Plan de Abastecimiento para la estructura de precios de Gasolina motor Corriente y ACPM - Diesel en La Guajira. La resolución notifica a las empresas involucradas y permite el recurso de reposición. Esta resolución deroga las disposiciones previas relacionadas con el abastecimiento de combustibles en La Guajira y entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial.
 

Comentarios hasta el 22 de noviembre al correo pciudadana@minenergia.gov.co y en el siguiente formulario.
 

 


 

Noticias

Diálogo interministerial aborda ajuste en combustibles y necesidades del transporte

Mintransporte

Los ministerios de Transporte, Hacienda y Crédito Público, y Minas y Energía iniciaron la primera mesa técnica con líderes del sector de transporte de carga y pasajeros, centrada en definir la hoja de ruta en relación al ajuste de precios de los combustibles líquidos, especialmente el ACPM. En este encuentro, se detallaron aspectos legales y técnicos sobre el funcionamiento de la cadena de abastecimiento en el país y la composición de los precios de venta de los combustibles. Acordaron establecer una dinámica para las reuniones, programando sesiones técnicas semanales durante dos meses, con representantes de cada cartera ministerial y el Ministerio de Transporte asumiendo la secretaría técnica para cada encuentro, generando un acta y lista de asistentes al finalizar cada reunión.
 

Asimismo, se discutieron temas que serán considerados para la agenda futura, tales como la situación fiscal del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), el impacto en la inflación por el ajuste del precio del ACPM, su efecto en la recaudación tributaria, su influencia en la competitividad del sector transporte, y la implementación de mecanismos para asegurar la transmisión del ajuste del combustible en el Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga (SICE TAC) y en otras tarifas y servicios de carga.
 

Tomado de MinTransporte. (03.11.2023)

 


 

Se entablan mesas de trabajo interministerial con representantes de transporte de carga y pasajeros

Minhacienda

Representantes de los ministerios de Transporte, de Hacienda y Crédito Público, y de Minas y Energía han llevado a cabo la primera mesa técnica con líderes del sector de transporte de carga y pasajeros en Colombia, con el objetivo de establecer una hoja de ruta en torno al proceso de ajuste de precios de los combustibles líquidos, especialmente el ACPM. Durante el encuentro, se profundizó en el contexto legal y técnico de estos materiales, analizando el funcionamiento de la cadena de abastecimiento en el país y la composición del precio de venta de los combustibles. Se acordó de manera conjunta la dinámica a seguir en las futuras reuniones, estableciendo sesiones de la mesa técnica semanalmente durante dos meses, con participación de voceros definidos por cada ministerio.
 

Además, se determinó que el Ministerio de Transporte se encargará de la secretaría técnica de cada reunión, elaborando actas y listados de asistentes al término de cada sesión. En el encuentro, los representantes del gremio plantearon diversos temas para incluir en la agenda, como la situación fiscal del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), la estimación de efectos en la inflación debido al ajuste del precio del ACPM, impactos en el recaudo tributario, estimaciones de efectos en la competitividad del sector transporte, y mecanismos para garantizar la transmisión del ajuste del combustible en el Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga (SICE TAC) y en otras tarifas, pasajes y servicios de carga.
 

Tomado de Minhacienda (04-11-2023)
 

 


 

Superservicios aseguró que no habrá racionamiento sobre el suministro de energía

Superservicios

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, afirmó que no se contempla la implementación de racionamientos en el país a pesar de la llegada del fenómeno de El Niño. Durante el VIII Encuentro de las Zonas No Interconectadas, se mencionaron las medidas gubernamentales para asegurar el suministro de energía, haciendo especial énfasis en la capacidad de las plantas térmicas ante la disminución en la generación hidroeléctrica. El funcionario subrayó la importancia de las Zonas No Interconectadas en la política de transición energética y abogó por la organización de comunidades energéticas en estas áreas para democratizar los servicios públicos.
 

El Viceministro de energía enfatizó la necesidad de adaptar las soluciones energéticas a las características de los territorios, abogando por la participación activa de la comunidad en la prestación del servicio de energía en las Zonas No Interconectadas. Por su parte, el superintendente delegado para Energía y Gas Combustible, abogó por un tratamiento diferencial para los prestadores de servicios en estas áreas en comparación con el Sistema Interconectado Nacional. Lizbeth Villa, directora (e) del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas (IPSE), informó sobre los avances en el cierre de brechas y la articulación público-privada para diseñar soluciones energéticas adaptadas a las necesidades de los territorios.
 

 


 

Para mayor información contacte a nuestro equipo
Conozca más sobre
Compartir estas noticia