Normativa
CREG solicita información sobre gastos de AOM a distribuidores minoristas de combustibles para la vigencia 2023
CREG Ver documento
La Circular 28 de 2024, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), establece un modelo de reporte de información con fines regulatorios para capturar los gastos de Administración, Operación y Mantenimiento (AOM) en distribuidores minoristas de gasolina motor corriente y diésel. Se adjunta a la circular la plantilla de reporte de información, una guía de instrucciones para su diligenciamiento y una descripción de las características que debe tener la información reportada. Además, se establece un cronograma para el envío de la información, determinado por los últimos dos dígitos del NIT de los agentes, con fechas límite que van desde el 10 hasta el 19 de julio de 2024, según un esquema escalonado.
Se aclara que la información de gastos AOM reportada debe coincidir fielmente con los valores registrados en los libros oficiales de la entidad, respaldados por los estados financieros aprobados por el representante legal y certificados por el contador, así como los dictaminados por el revisor fiscal, si aplica. También se especifica que los gastos asociados a las actividades de distribución minorista de combustibles no incluyen erogaciones relacionadas con otras actividades, y se emplearon inductores de costos técnicamente valorados y reconocidos en su elaboración. A partir de esta vigencia, no se requiere enviar documentos adicionales para certificar la información de gastos AOM.
Anexos:
- AOM-806-2023-COD_EDS.xlsm
- Manual cambios formatos AOM minoristas.pdf
- Manual Cargue de Archivos de AOM.pdf
- Manual Registro de Empresas.pdf
- Manual cargue formato 806.pdf
ANH actualiza tarifas y formatos para derechos económicos en sector hidrocarburífero
Agencia Nacional de Hidrocarburos Ver documento
La Resolución 380 de 2024, emitida por el Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), modifica la Resolución No. 400 de 2022, actualizando las tarifas y el precio base Po, así como los formatos para la liquidación de los Derechos Económicos. Esta modificación se realiza en cumplimiento de los artículos 87 y 90 del Acuerdo No. 02 de 2017. La actualización de las tarifas se lleva a cabo con base en el porcentaje de variación del Índice de Precios al Productor (PPI), publicado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, para el período comprendido entre el 1 de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2023.
Además, se establece la actualización de los formatos para la liquidación y el pago de los Derechos Económicos y Aportes, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo No. 02 de 2017, modificado por el Acuerdo 9 de 2021. Se detallan las tarifas actualizadas para el Derecho Económico por concepto de Canon Superficiario por Uso del Subsuelo y Agotamiento del Recurso, así como los formatos y sus instrucciones para el diligenciamiento, que se adjuntan como parte integral de la resolución.
Nuevas medidas para contratos de exploración y producción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales
Agencia Nacional de Hidrocarburos Ver documento
El Acuerdo 2 de 2024, emitido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), establece medidas para los contratos de exploración y producción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales (YNC). Ante las controversias generadas por las técnicas utilizadas en los programas exploratorios de estos contratos, el acuerdo brinda alternativas a los contratistas que no pueden ejecutarlos con técnicas no convencionales. Estas alternativas incluyen la modificación del programa exploratorio a técnicas convencionales, la suspensión por mutuo acuerdo de las obligaciones del contrato o la terminación del contrato por mutuo acuerdo.
El acuerdo también contempla la reducción de las garantías de cumplimiento durante la suspensión, el ajuste de las garantías y pólizas según la modificación del programa exploratorio, la presentación de un Plan Integral de Gestión del Cambio Climático Empresarial (PIGCC-e) para la modificación del programa exploratorio y la vigencia del acuerdo a partir de su publicación en el Diario Oficial.
CREG informa sobre gastos AOM en distribución mayorista de combustibles
CREG Ver documento
La Circular 27 de 2024 emitida por la Dirección Ejecutiva se enfoca en la solicitud de información a los distribuidores mayoristas de gasolina motor corriente y diésel con respecto a los gastos de Administración, Operación y Mantenimiento (AOM) para la vigencia 2023. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) ha diseñado un modelo de reporte de información con fines regulatorios para capturar estos gastos, separándolos por actividades reguladas y no reguladas. Se adjunta a la circular la plantilla de reporte de información, una guía de instrucciones para su diligenciamiento y una descripción de las características que debe tener la información reportada.
Los agentes deben enviar esta información utilizando obligatoriamente las plantillas adjuntas a la circular, antes del 10 de julio de 2024, siguiendo las nuevas instrucciones de carga de información. Se establece que la información reportada debe coincidir fielmente con los valores registrados en los libros oficiales de la entidad que soportan los estados financieros, certificados por el representante legal y el contador. Además, se aclara que los gastos de AOM asociados a las actividades de distribución mayorista de gasolina motor corriente y diésel no incluyen erogaciones asociadas a otras actividades, y no es necesario enviar documentos adicionales para certificar esta información a partir de esta vigencia.
Anexos:
- AOM-805-2023-COD_PLANTA.xlsm
- Manual cambios formatos AOM mayoristas.pdf
- Manual Cargue de Archivos de AOM.pdf
- Manual Registro de Empresas.pdf
- Manual cargue formato 805.pdf
ANH establece mecanismo para contratar operación y administración de activos hidrocarburíferos de la Nación
Agencia Nacional de Hidrocarburos Ver documento
El Acuerdo 3 de 2024, emitido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), establece un mecanismo para contratar la operación y administración de los activos que pasen a ser propiedad de la Nación por eventos de finalización del período de producción, reversión o en general en todos los casos en que resulte necesaria la administración de bienes productivos de la Nación.
Este mecanismo busca asegurar el beneficio económico del Estado colombiano y garantizar la recepción de recursos destinados al Sistema General de Regalías. Para ello, se adiciona el artículo 26 al Acuerdo número 003 de 2022, estableciendo que la ANH podrá contratar la operación y administración de las áreas con activos que pasen a ser propiedad de la Nación, mediante requisitos, procedimientos y minutas contractuales previamente aprobados por el Consejo Directivo. El acuerdo entró en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Jurisprudencia
Corte Constitucional no acoge solicitud de incidente de impacto fiscal por Sentencia C-489 de 2023
Corte Constitucional Ver documento
La Corte Constitucional decidió negar la solicitud de incidente de impacto fiscal presentada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en relación con la Sentencia C-489 de 2023. En este sentido, la Sala Plena analizó el impacto fiscal que esta sentencia tendría sobre el flujo de caja de la Nación en 2024, el cual se estimó en $6.7 billones de pesos. Se propusieron cuatro alternativas de modulación de la Sentencia C-489, pero la Corte concluyó que no se demostró que la sentencia generara alteraciones serias en la sostenibilidad fiscal. Además, se determinó que las alternativas propuestas violaban las cláusulas prohibitivas de la Constitución al afectar el derecho a la igualdad y la prohibición de confiscatoriedad.
El magistrado Juan Carlos Cortés González salvó el voto y argumentó que la decisión de negar la solicitud de incidente de impacto fiscal no era la más adecuada. En su opinión, la Sentencia C-489 de 2023 sí generaba alteraciones serias en la sostenibilidad fiscal, pues la norma inexequible estaba vigente y produciendo efectos hasta la decisión de la Corte. Propuso aplicar un esquema de modulación en el tiempo o adoptar una decisión de exequibilidad condicionada. Además, consideró que era procedente admitir la solicitud del Ministerio de Hacienda y Crédito Público respecto a los efectos del fallo en el año 2023, estimando un impacto en las finanzas públicas estimado en 3.4 billones de pesos. En este contexto, señaló que la modulación de los efectos del fallo debía permitir al Gobierno realizar operaciones de compensación o devolución de saldos a favor de las empresas afectadas.
Proyectos
CREG busca mayor inversión en infraestructura y adecuarse a las políticas públicas del sector de gas natural
CREG Ver documento
El proyecto de resolución, dado a conocer por la CREG, introduce modificaciones a la Resolución CREG 185 de 2020 con dos objetivos principales: flexibilizar la contratación de transporte de gas natural y adecuar la regulación a las medidas de la política del sector. En cuanto a la flexibilización, se permite la contratación de capacidad de transporte a partir del último trimestre estándar de 2025, buscando incentivar la inversión en infraestructura y garantizar el abastecimiento de gas natural.
Adicionalmente, se autoriza a los transportadores a comercializar la capacidad disponible primaria en cualquier momento, bajo las condiciones que ellos definan, siguiendo el procedimiento de registro de contratos establecido. En materia de adecuación a la política del sector, se modifica la regulación para que sea coherente con las medidas adoptadas en este ámbito. Se establece que los contratos de transporte de gas natural para la capacidad disponible primaria tendrán como fecha máxima de inicio de la prestación del servicio el último trimestre del año de gas de 2030. Cabe destacar que todos los contratos suscritos bajo las disposiciones de esta resolución deberán incluir una cláusula regulatoria que especifique que, a partir del último trimestre del año de gas de 2030, las condiciones contractuales se ajustarán a las disposiciones que determine la CREG.