
CREG moderniza el mercado mayorista de gas con nuevas medidas de flexibilidad y transparencia
Gas natural
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución 102 015, que moderniza el marco regulatorio del Mercado Mayorista de Gas Natural en Colombia, con el objetivo de flexibilizar las condiciones de contratación entre oferta y demanda de gas, garantizando un suministro confiable a todos los sectores. A partir del 1 de junio de 2025, la nueva normativa busca fortalecer la eficiencia del mercado, asegurando que el país cuente con gas disponible tanto de producción nacional como respaldo internacional en situaciones de alta demanda. Esta actualización es parte de un proceso continuo de ajustes desde 2013 para responder a las nuevas dinámicas del sector energético, donde se ha optimizado la gestión de los contratos y el transporte del gas, especialmente para garantizar la operación continua de las termoeléctricas.
La regulación también fomenta la flexibilidad de negociación y la transparencia en el suministro, lo cual facilita el intercambio de gas entre los productores y los comercializadores. A través de la Resolución 102 015, la CREG busca garantizar que la oferta de gas en Colombia, principalmente de producción nacional, sea suficiente para abastecer la demanda, con mecanismos adicionales de importación de gas para fortalecer la seguridad energética del país. Esto se logra mediante la mejora en la coordinación del suministro y el transporte, lo que optimiza el uso de los recursos disponibles y asegura un abastecimiento confiable incluso ante cambios climáticos o picos de demanda.
Normativa
Modificación para eximir parcialmente tarifas de conexión a refinerías
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
La Resolución 104 001 de 2025, introduce una modificación al artículo 1 de la Resolución 180088 de 2003, una normativa clave del Ministerio de Minas y Energía. Esta modificación establece dos nuevos parágrafos en el mencionado artículo. El primer parágrafo señala que los agentes que hayan realizado o vayan a realizar inversiones para construir infraestructura de conexión destinada a integrarse a una refinería podrán ser exentos total o parcialmente del cobro por entregas locales y en muelles. Esta medida tiene como objetivo incentivar la inversión en la infraestructura necesaria para la conexión a las refinerías, reduciendo las barreras financieras para quienes desarrollan proyectos de este tipo, lo que podría facilitar una mayor conectividad y eficiencia en el sector energético.
Por otro lado, el segundo parágrafo le otorga a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) la facultad de determinar, de manera particular, la tarifa aplicable a los cobros mencionados en el primer parágrafo, en los casos que corresponda. Esta disposición busca garantizar que las tarifas sean ajustadas a las circunstancias particulares de cada situación, permitiendo que la CREG tenga la capacidad de regular los costos de manera flexible y adecuada, en función de los proyectos de conexión específicos. La resolución entra en vigor inmediatamente después de su publicación en el Diario Oficial, asegurando así su aplicación de manera efectiva y en el corto plazo.
Gobierno Nacional establece restricciones al suministro de combustibles en el Catatumbo y zonas aledañas
Derecho Público, Minería, Petróleo y Gas
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0132 del 5 de febrero de 2025, con el objetivo de establecer restricciones en la distribución y comercialización de combustibles en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González en el departamento del Cesar. Esta norma se enmarca dentro del Estado de Conmoción Interior declarado el 24 de enero de 2025 mediante el Decreto 0062, y busca evitar que los combustibles sean utilizados en actividades ilegales, especialmente por grupos armados en confrontación. Entre las medidas contempladas se encuentran la posibilidad de suspender temporalmente la venta de combustibles en estaciones de servicio, limitar las guías de transporte de hidrocarburos y restringir el suministro de gas licuado de petróleo en las zonas afectadas.
Para la implementación de estas acciones, el decreto faculta al Ministerio de Minas y Energía a adoptar decisiones sobre la comercialización y distribución de combustibles cuando existan reportes de riesgo por parte de organismos de inteligencia o ministerios relacionados. Asimismo, se fundamenta en informes que evidencian el desvío de hidrocarburos hacia actividades ilícitas, el uso de cilindros de gas para la fabricación de artefactos explosivos y el aumento de ataques contra la infraestructura energética de la región. Además, se advierte que el acceso irregular a estos recursos ha contribuido a la financiación de economías ilegales y a la alteración del orden público, lo que hace necesaria la intervención del Estado para restringir su distribución en los territorios afectados. El decreto entra en vigencia a partir de su publicación y sus medidas estarán en vigor mientras dure el Estado de Conmoción Interior. Durante este período, el Gobierno Nacional podrá determinar nuevas limitaciones o ajustes en la distribución de combustibles con el fin de mitigar los efectos de la crisis en la región.
Tomado de Presidencia de la República (06/02/2025).
MinMinas adopta el Plan de Abastecimiento de Gas Natural 2023-2032 con proyectos clave para ampliar y fortalecer el sistema de transporte
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
La Resolución 40031 de 2025 del Ministerio de Minas y Energía (MinMinas) adopta el Plan de Abastecimiento de Gas Natural para el período 2023-2032, con el objetivo de asegurar el suministro y transporte eficiente de gas natural en Colombia. El plan establece una serie de proyectos clave, entre ellos, la ampliación de la capacidad de transporte en diversos tramos del Sistema Nacional de Transporte (SNT), la construcción de gasoductos estratégicos para conectar regiones clave como Bogotá, Cúcuta y el Valle Inferior del Magdalena (VIM) con el SNT, y el establecimiento de una infraestructura de almacenamiento y regasificación de gas natural licuado (GNL) en La Guajira. Además, se detallan plazos específicos para la puesta en operación de cada proyecto, destacándose fechas anticipadas de operación parcial para algunos de ellos. Estos proyectos buscan garantizar un abastecimiento seguro y sostenido de gas natural en el país, especialmente para áreas con alta demanda y sectores industriales clave.
Asimismo, la resolución modifica aspectos de la Resolución 40304 de 2020, estableciendo plazos y condiciones para la ejecución de proyectos de infraestructura de importación de gas, como la planta de regasificación del Pacífico en Buenaventura. También se regula el proceso de selección de inversionistas para los diferentes proyectos, con un enfoque en garantizar la competencia y la transparencia. La Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) tiene un papel fundamental en la implementación de estos proyectos, y se le otorgan responsabilidades específicas para definir la documentación que los transportadores interesados deberán presentar. La resolución refuerza la estrategia nacional para garantizar la estabilidad del sistema de transporte de gas natural en el país, promoviendo una infraestructura moderna y adecuada para el abastecimiento en los próximos años.
MinMinas actualiza valor del flete de transporte marítimo del Aceite Crudo de Palma para biocombustibles
Minería, Petróleo y Gas
La Resolución 40035 de 2025 del Ministerio de Minas y Energía actualiza el valor del flete de transporte marítimo del Aceite Crudo de Palma (ACP), utilizado para la producción de biocombustibles en motores diésel. Según esta modificación, el nuevo valor del flete se establece en 114,2 dólares por tonelada, para el transporte del ACP desde los mercados del sudeste asiático hasta los puertos colombianos. Además, se incluye un parágrafo que establece que los valores del flete pueden ser revisados o modificados por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, en caso de que haya justificación técnica o económica para ello.
La resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica el artículo 3 de la Resolución 40400 de 2019. Este ajuste busca asegurar la eficiencia económica del mercado de biocombustibles, el abastecimiento adecuado de estos para el uso de motores diésel y la definición de precios eficientes para el consumidor final de combustibles.
CREG inicia evaluación de la capacidad de compra de distribuidores de GLP para el décimo octavo período
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
El Auto 426 de 2025 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) establece el inicio de la actuación administrativa y la formación de un expediente relacionado con la capacidad de compra de distribuidores de Gas Licuado de Petróleo (GLP). La CREG ordena la evaluación de la capacidad de compra de diversas empresas distribuidoras de GLP que fueron identificadas mediante los registros del Sistema Único de Información (SUI) y el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS). La acción se aplica específicamente al décimo octavo período de compra de estas empresas, cuya lista de identificaciones se detalla en el Auto. Este proceso busca evaluar el cumplimiento de las normativas establecidas para el sector.
Asimismo, el Auto instruye la comunicación formal a las empresas mencionadas sobre el contenido del Auto, conforme a los requisitos legales, y establece que se debe incluir la información recibida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en el expediente administrativo. Además, se ordena la publicación de un extracto del Auto en la página web de la CREG y en el Diario Oficial, con el fin de garantizar la transparencia del proceso, tal como lo establece el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El Auto aclara que no procede ningún recurso contra esta actuación, conforme al artículo 75 del mencionado código.
Ajustadas las tarifas del impuesto a la gasolina, ACPM y al carbono
Impuestos , Minería, Petróleo y Gas
La Resolución 8 de 2025 de la DIAN establece los ajustes en las tarifas del Impuesto Nacional a la Gasolina, al ACPM y al Impuesto Nacional al Carbono, que entrarán en vigor el 1 de febrero de 2025. En cuanto al Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM, se definen las tarifas de liquidación por galón para diferentes tipos de combustibles: la Gasolina Corriente se liquidará a $762,39 por galón, la Gasolina Extra a $1.446,98 por galón y el ACPM a $729,71 por galón. Además, se estipula que las mezclas de ACPM con biocombustibles utilizadas en motores diésel tendrán tarifas específicas, mientras que los combustibles para actividades de pesca y cabotaje tendrán una tarifa distinta de $930,04 por galón. Para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las tarifas serán más altas, alcanzando los $1.501,81 por galón para la Gasolina Corriente y los $1.589,06 por galón para la Gasolina Extra.
Por otro lado, el artículo 2 de la resolución regula el Impuesto al Carbono, estableciendo que este impuesto se liquidará a partir del 1 de febrero de 2025 con una tarifa de $27.399,14 por tonelada de carbono equivalente (CO2eq). A su vez, se especifica que dicha tarifa no alcanza a ser equivalente a tres (3) UVT (Unidad de Valor Tributario), lo que se traduce en un valor de $149.397. La resolución también establece la obligatoriedad de su publicación en el Diario Oficial, y establece su vigencia a partir de la fecha mencionada, tras su publicación oficial.
Establecido el precio promedio internacional del petróleo Brent para 2024 y percentiles mensuales
Minería, Petróleo y Gas
La Resolución 44 de 2025 de la ANH establece el precio promedio internacional del petróleo crudo de referencia Brent para el año 2024, fijado en 78,76 USD por barril. Esta determinación se hace en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 3 del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 10 de la Ley 2277 de 2022. Además, se publica una tabla con los percentiles de precios promedio mensuales para el mismo año, que fueron calculados con base en los datos oficiales proporcionados por la Administración de Información Energética de los Estados Unidos (EIA) y ajustados con el Índice de Precios al Consumidor de ese país. Los percentiles establecidos son 68,58 USD/barril para el 30º percentil, 76,03 USD/barril para el 45º percentil y 81,27 USD/barril para el 60º percentil.
La resolución también aclara que no procede recurso alguno contra esta decisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. Asimismo, se indica que la presente resolución será publicada en el Diario Oficial, tal como lo requiere el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Esta medida busca proporcionar claridad y transparencia sobre el precio de referencia del petróleo crudo y los rangos de precios mensuales, los cuales se utilizarán para efectos tributarios según lo dispuesto por la ley colombiana.
ANH establece rangos de eficiencia para dispositivos de combustión de gas en hidrocarburos y requisitos para su cumplimiento
Minería, Petróleo y Gas
La Circular 3 de 2025, emitida por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), establece los rangos aceptables de eficiencia para los dispositivos de combustión de gas (TEA) utilizados en las facilidades de exploración y explotación de hidrocarburos en Colombia. La Resolución No. 40317 de abril de 2023 modificó la Resolución No. 40066 de 2022, indicando que los operadores deben entregar los resultados de las mediciones de eficiencia, los cuales serán utilizados por la Entidad de Fiscalización para determinar los rangos aceptables para la línea base nacional de eficiencia de la TEA. Se establece que los equipos de combustión deben asegurar que la eficiencia de la quema de gas y la destrucción de metano sea superior al 90%. Este valor mínimo será usado como referencia para las mediciones futuras, y no se podrá reducir sin una justificación adecuada.
Además, la ANH informa que la línea base nacional de eficiencia de las TEA para los años 2023-2024 se basará en los datos de 243 dispositivos a nivel nacional, obtenidos durante 2023. En caso de que la eficiencia reportada sea inferior al 90%, se requiere la creación de un plan de trabajo para mejorar esta eficiencia. Si la eficiencia ha sido reportada en o por encima del 90% utilizando métodos indirectos, la ANH deberá estar presente en la recolección de datos de campo para las siguientes mediciones, lo que debe ser solicitado oficialmente con suficiente antelación por parte del operador. Las operadoras también deberán informar sobre las medidas implementadas para mejorar la eficiencia de combustión si no alcanzan el 90%, proporcionando los informes y soportes correspondientes.
UPME publica documento complementario al Estudio Técnico del Plan de Abastecimiento de Gas Natural 2023-2038
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
La Circular Externa 8 de 2025, emitida por el Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), comunica la publicación de un documento complementario al Estudio Técnico para el Plan de Abastecimiento de Gas Natural 2023-2038 (ETPAGN 2023-2038). Este documento complementario y sus anexos fueron socializados previamente con las entidades del sector el 16 de enero de 2025 y enviados al Ministerio de Minas y Energía para su consideración y posible adopción. El objetivo de este estudio es garantizar un abastecimiento adecuado de gas natural para el período 2023-2038, y la consulta pública del documento busca incorporar las opiniones e inquietudes de los interesados.
El documento completo y sus anexos están disponibles para consulta pública a través del portal web de la UPME. Este paso forma parte del proceso continuo de socialización y revisión técnica de los planes de abastecimiento de gas natural, permitiendo a los interesados acceder a la información y participar en el análisis del plan, con el fin de asegurar la eficiencia y sostenibilidad del abastecimiento de gas en el país durante los próximos años. La UPME sigue cumpliendo con sus funciones conforme a lo estipulado en el Decreto 2121 de 2023, promoviendo la transparencia y la participación en el proceso.
UPME cierra la etapa de consulta pública del proyecto normativo sobre el precio del carbón y su impacto en el impuesto sobre la renta para 2024
Minería, Petróleo y Gas, Impuestos
La Circular Externa 7 de 2025, emitida por la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), informa a los interesados y al público en general sobre la conclusión de la etapa de consulta del proyecto normativo titulado "Por la cual se establece el precio promedio internacional del carbón de referencia y los percentiles de precios promedio mensuales para efectos de determinar los puntos adicionales a la tarifa general del impuesto sobre la renta para el año gravable 2024". Este proyecto fue inicialmente publicado mediante la Circular Externa No. 000003 de 2025. Durante este proceso, se recibieron comentarios y observaciones de los interesados a través del buzón de proyectos normativos (proyectosnormativos@upme.gov.co).
La Circular también publica el informe de respuesta a las observaciones recibidas, el cual está disponible en un archivo Excel. Este informe responde a las inquietudes planteadas y se considera el cierre oficial de la fase de consulta al proyecto normativo. La UPME, a través de esta circular, destaca que el cierre de la consulta se realiza conforme a lo dispuesto por la Subdirección de Minería, como se menciona en el memorando interno 20251400007463 del 28 de enero de 2025. Así, se finaliza la etapa de revisión y observación pública antes de la implementación definitiva de la normativa relacionada con el precio del carbón y su impacto en el cálculo de impuestos.
Nuevos precios de combustibles a partir de febrero de 2025
Minería, Petróleo y Gas
Las resoluciones emitidas por el Ministerio de Minas y Energía establecen nuevas medidas sobre los precios de los combustibles que entrarán en vigencia el 1 de febrero de 2025, por una parte en el Departamento de Nariño, particularmente en las zonas de frontera. Entre las resoluciones, se incluye una que define el precio de referencia de venta al público de la gasolina motor corriente oxigenada y del ACPM (diésel) mezclado con biocombustible, que se distribuirán en los municipios de esta región. Esta medida responde a la necesidad de ajustar los precios para mitigar las diferencias con respecto a otras regiones del país, debido a la ubicación geográfica de Nariño y su proximidad con otras naciones. La resolución también regula el ingreso al productor para estos combustibles, tanto fósiles como biocombustibles, en un esfuerzo por equilibrar la distribución de beneficios a los productores, promoviendo una estructura de precios más justa y adecuada a las condiciones del mercado local.
En paralelo, se han establecido las proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor de la gasolina y el ACPM en las zonas de frontera, que también comenzarán a regir a partir del 1 de febrero de 2025. Este ajuste en los precios y los ingresos al productor busca establecer una fórmula equitativa que contemple las particularidades del mercado de combustibles en las zonas fronterizas, donde la demanda y el precio de los combustibles suelen verse influenciados por factores externos como la cercanía a otros países y las políticas internacionales. Con estas resoluciones, el Ministerio de Minas y Energía busca no solo asegurar un mercado más competitivo y estable en las regiones de frontera, sino también garantizar el acceso de los consumidores a combustibles a precios justos, al tiempo que fomenta la integración de biocombustibles en la matriz energética nacional.
CREG publica los precios de referencia de venta al público de combustibles a partir de febrero de 2025
Minería, Petróleo y Gas
La Circular 130 de 2025, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), hace pública la estimación de los precios de referencia de venta al público para varios combustibles en Colombia, a partir del 1 de febrero de 2025. Esta publicación está en línea con la Resolución CREG 104 001 de 2022 y las funciones delegadas por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, conforme a la Resolución 40193 de 2021. Los precios de referencia incluyen la Gasolina Motor Corriente, la Gasolina Motor Corriente Oxigenada, el ACPM-Diésel y la mezcla de ACPM-Diésel con biodiésel, los cuales se determinan con base en el valor del ingreso al productor o importador de dichos combustibles, fijados por los mencionados ministerios.
Además, la circular incluye el documento técnico detallando la estructura de precios de la gasolina motor corriente y del ACPM-Diésel, así como de sus respectivas mezclas con biocombustibles, y los precios de referencia aplicables por ciudades. Estos documentos técnicos están disponibles para consulta pública en el sitio web de la CREG. La publicación de estos precios de referencia es un paso importante para garantizar la transparencia y la regulación adecuada de los combustibles en Colombia, permitiendo a los grupos de valor y partes interesadas tener acceso a la información actualizada sobre los costos de estos productos esenciales en el país.
Doctrina
Corporación Autónoma Regional de Risaralda intensifica operativos contra minería ilegal en la región
Ambiente y Negocios Sostenibles, Minería, Petróleo y Gas
La Corporación Autónoma Regional de Risaralda (CARDER), en coordinación con el Ejército Nacional, la Policía Nacional, el CTI y otras entidades, ha intensificado sus acciones para contrarrestar la minería ilegal en el departamento. A través de la Operación Poseidón y la Operación Pangea, las autoridades han intervenido actividades ilícitas de extracción de oro en afluentes del Río Cauca y el Río Risaralda, logrando desmantelar complejos mineros, destruir maquinaria utilizada en la explotación ilegal y capturar personas en flagrancia por el delito de explotación ilícita de yacimientos mineros.
En la *Operación Poseidón*, realizada el 15 de enero de 2025 en la vereda Chuscal Bajo de Quinchía, se evidenció la desviación del cauce del Río Opiramá, la construcción de jarillones y barreras artificiales, y la utilización de una retroexcavadora sin los permisos ambientales requeridos. Posteriormente, el 28 de enero de 2025, en la vereda Río Arriba de Mistrató, se llevó a cabo la *Operación Pangea*, en la que se destruyeron cuatro dragas, cinco motobombas y más de cuatro kilómetros de infraestructura ilegal de extracción de oro. Además, se identificaron siete socavones clandestinos y se capturaron cuatro personas que operaban sin título minero ni licencia ambiental, generando graves afectaciones a la reserva forestal del Río Risaralda y al Distrito Regional de Manejo Integrado Cuchilla del San Juan. El director de la CARDER destacó que estas operaciones son el resultado de meses de trabajo de inteligencia y patrullajes en zonas de difícil acceso. Resaltó que el objetivo es recuperar los derechos ecológicos de los afluentes estratégicos del departamento y evitar que la minería ilegal siga afectando la biodiversidad y los ecosistemas hídricos de Risaralda. Asimismo, reiteró el compromiso institucional de continuar con estas acciones para garantizar la protección ambiental y fortalecer la sostenibilidad del territorio.
BanRep publicó los precios por gramo del oro, la plata y el platino para el mes de febrero
Cambiario, Derivados y Productos Estructurados , Minería, Petróleo y Gas
El Banco de la República publicó los precios por gramo del oro, la plata y el platino para el mes de febrero de 2025. Según el boletín emitido por la Junta Directiva del Banco, los precios establecidos son los siguientes: oro a $299.906,43, plata a $3.356,20 y platino a $105.074,82.
Tomado de Banco de la República. (04/01/2025).
Proyectos
CREG propone conversión de oleoductos a gasoductos para optimizar infraestructura y garantizar el suministro de gas natural
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
El Proyecto de Resolución 702 012 de 2025 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) introduce cambios clave para la conversión de infraestructura de oleoductos a gasoductos, buscando optimizar la infraestructura existente y garantizar la seguridad del suministro de gas natural. La normativa estipula que los transportadores interesados en convertir infraestructura de hidrocarburos deben declarar que no existen limitaciones técnicas o legales para llevar a cabo la conversión y deben presentar el visto bueno del Ministerio de Minas y Energía. Esta medida, además de permitir la reconversión de oleoductos subutilizados, también facilita la conexión de proyectos estratégicos de gas costa afuera y la importación de gas, reduciendo costos y tiempos de operación al evitar la construcción de nuevos ductos desde cero.
La modificación también establece nuevas directrices para las Estaciones Reguladoras de Puerta de Ciudad (ERPC), especialmente aquellas que hayan superado su vida útil normativa o que lo hagan dentro de los próximos cinco años. Los distribuidores y transportadores deberán acordar quién asume la responsabilidad de estas estaciones, y el valor de reposición o mantenimiento se ajustará según corresponda en los cargos de transporte o distribución. La resolución apunta a promover una infraestructura de transporte de gas más eficiente y a incentivar su uso, lo que se alinea con el Plan de Abastecimiento de Gas Natural del país y proyectos estratégicos como la conexión Jobo-Vasconia, mejorando la capacidad de respuesta ante picos de demanda de gas.
Comentarios por 10 días hábiles al correo creg@creg.gov.co
Noticias
Los precios al productor aumentaron el 7.67% anual
Minería, Petróleo y Gas, Bancario y Servicios Financieros , Derecho Comercial y de la Empresa
DANE informa que, en enero de 2025, el Índice de Precios del Productor (IPP) aumentó un 1,02% con respecto al mes anterior, impulsado principalmente por la minería, que registró una variación destacada del 3,61%. En contraste, los sectores de Agricultura y Ganadería (0,70%) e Industria Manufacturera (0,53%) presentaron incrementos más moderados. Dentro de las subclases, los aceites de petróleo y las frutas fueron los mayores contribuyentes positivos, mientras que productos como plátanos y papas tuvieron una contribución negativa significativa.
A nivel anual, el IPP de enero de 2025 presentó un aumento del 7,67% comparado con el mismo mes del año anterior. La mayor variación se dio en Agricultura, Ganadería y Pesca, con un incremento del 16%, especialmente debido al aumento de precios en frutas de pepita y café. En contraste, sectores como Minería y la Industria experimentaron variaciones más moderadas. Las principales contribuciones negativas fueron de productos como el azúcar de caña y la hulla sin aglomerar. Además, en los precios de la oferta interna, los productos que más contribuyeron positivamente fueron los aceites de petróleo y frutas, mientras que el azúcar de caña y papas presentaron contribuciones negativas.
Tomado de DANE. (05/02/2025).
Transición energética va más allá del reemplazo de fuentes fósiles
Ambiente y Negocios Sostenibles, Minería, Petróleo y Gas, Unidad de Apoyo
CAF publicó el informe "Energías renovadas: Transición energética justa para el desarrollo sostenible", en el cual afirma que la transición energética es un proceso que implica, no solo reemplazar fuentes fósiles por energías renovables, sino también incrementar el uso de la electricidad, mejorar la eficiencia energética, promover combustibles de bajo carbono y desarrollar tecnologías para capturar y almacenar carbono. Sin embargo, la transición enfrenta obstáculos, como la oferta insuficiente de minerales clave y la posible devaluación de activos relacionados con los combustibles fósiles. En América Latina, los países han mostrado su compromiso ambiental, con un objetivo promedio de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero del 11% para 2030, en comparación con 2020. Este esfuerzo se enfrenta a desafíos como la pobreza y la falta de dinamismo empresarial, que pueden dificultar la adopción de energías limpias debido a limitaciones financieras o prioridades distintas. Además, los precios de la energía en algunos países no reflejan completamente los costos ambientales, lo que también frena la eficiencia y la descarbonización. La transición energética representa una oportunidad para América Latina y el Caribe, que cuenta con ventajas para generar energía limpia y atraer inversión extranjera. No obstante, para aprovechar estas oportunidades, es necesario contar con instituciones adecuadas, una tarea pendiente en muchas regiones. La transición debe abordarse de forma integral, considerando no solo la energía, sino también la reducción de la desigualdad, la mejora de los ingresos y la protección ambiental.
Tomado de CAF. (05/02/2025).