Aclaraciones sobre la aplicación del Decreto 763 de 2024 para grandes consumidores de combustibles
SICOM
El concepto 33806 de 2024 emitido por la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía aborda inquietudes de los grandes consumidores y consumidores finales sobre la aplicación del Decreto 763 de 2024 y las Resoluciones 40304 y 40305. Se establece que el listado de los grandes consumidores que se benefician de las medidas del decreto se construirá semestralmente, con fechas de corte el 31 de agosto y el 28 de febrero, siendo la primera publicación el 2 de agosto de 2024. Se destaca que los interesados pueden solicitar su inclusión o exclusión del listado mediante derecho de petición, y que las solicitudes serán evaluadas por la Dirección de Hidrocarburos. La medida se aplicará solo a quienes estén en el listado, y las devoluciones de valores cobrados dependerán de las circunstancias que llevaron a la exclusión, ya que los consumidores finales no están obligados a reportar información en el sistema SICOM.
Asimismo, el documento establece que los agentes en la cadena de distribución de combustibles, como distribuidores mayoristas y estaciones de servicio, deben reportar mensualmente información sobre la adquisición de combustibles por parte de los grandes consumidores y consumidores finales, incluyendo volúmenes, precios y certificación por un contador público. Se resalta que el mecanismo diferencial afectará solo el ingreso al productor fósil en la estructura de precios, sin alterar otros rubros ni beneficios tributarios existentes. Se aclara también que el Gran Consumidor Individual No Intermediario de ACPM no será sujeto de este mecanismo, y el ministerio removerá de los listados a quienes caigan bajo esta categoría, asegurando su sujeción a la Ley 681 de 2001. Por último, se puntualiza que el mecanismo se aplicará solo si la entrega de combustible se realiza conforme a las regulaciones del SICOM.
Normativa
Fijados precios base para la liquidación de regalías del carbón durante el cuarto trimestre de 2024
UPME
La Resolución 833 de 2024 establece los precios base para la liquidación de regalías del carbón en Colombia, aplicables durante el cuarto trimestre de 2024. Estos precios se dividen según el tipo de carbón y su destino, incluyendo el carbón térmico, metalúrgico y antracita, tanto para consumo interno como para exportación. Por ejemplo, el carbón térmico de consumo interno tiene un precio base de 237.175,78 pesos por tonelada, mientras que el carbón metalúrgico destinado a exportación desde la zona del Cesar en el sector El Descanso se establece en 298.936,60 pesos por tonelada. Además, se menciona que los precios base incluyen tanto el mineral principal como los minerales secundarios derivados de su explotación.
La resolución también contempla excepciones para aquellos contratos vigentes antes de la promulgación de la Ley 141 de 1994, a los que no se les aplicarán los nuevos precios base. Asimismo, la resolución establece que estos precios se aplicarán para las explotaciones mineras realizadas entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2024. El documento técnico que respalda estos precios está detallado en el Anexo 1 de la resolución, y su publicación oficial se realizará tanto en el Diario Oficial como en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
ANM establece precio base de regalías para níquel por libra para el tercer trimestre de 2024
UPME
La Resolución 831 de 2024, emitida el 27 de septiembre, establece el precio base para la liquidación de regalías de níquel correspondientes al tercer trimestre del año 2024. El valor fijado es de $26.019,37 por libra, y este precio será aplicable para todos los minerales de níquel explotados entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2024.
Además, la resolución incluye un soporte técnico detallado, contenido en el Anexo No. 1, que justifica el precio base definido. La resolución será publicada en el Diario Oficial y en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) para asegurar su divulgación y cumplimiento adecuado.
Precios base para la liquidación de regalías de piedras, metales preciosos, minerales de hierro, entre otros
UPME
La Resolución 830 de 2024 establece los precios base para la liquidación de regalías de piedras, metales preciosos, minerales de hierro, minerales metálicos y concentrados polimetálicos durante el cuarto trimestre de 2024. Los precios detallados incluyen el valor por unidad de medida para una variedad de minerales, como el hierro, cobre, magnesio, manganeso, y otros minerales no ferrosos. Además, se estipula que las regalías deberán pagarse tanto por los minerales principales como por los secundarios, con precios determinados por factores internacionales, como el precio del oro, la plata y el platino basado en el ochenta por ciento del promedio internacional publicado por la bolsa de metales de Londres.
La resolución también establece que los precios base para las piedras preciosas, como esmeraldas, se basarán en los valores declarados por los exportadores. El documento incluye una excepción para aquellos precios establecidos en contratos vigentes antes de la Ley 141 de 1994. La aplicación de esta normativa cubre las explotaciones realizadas entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2024, y su publicación está garantizada tanto en el Diario Oficial como en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
Aprueban nuevos cargos de distribución y costos de comercialización de gas natural en Santa Rosa del Sur, Bolívar
CREG
La Resolución 502 070 de 2024 de la CREG aprueba el Cargo de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Natural para el municipio de Santa Rosa del Sur, Bolívar, tras una solicitud de la empresa Gas Natural del Oriente S.A. E.S.P.. El nuevo mercado relevante de distribución ha sido establecido de acuerdo con las disposiciones de la Resolución CREG 202 de 2013 y otras normativas relacionadas. Se detalla la inversión base necesaria para calcular los cargos de distribución, que incluye un Programa de Nuevas Inversiones por un valor de aproximadamente $8.681 millones de pesos, destinado a asegurar la eficiencia del sistema y atender las demandas de volumen para los usuarios residenciales y no residenciales.
Además, se especifican los gastos de administración, operación y mantenimiento (AOM), fijando un porcentaje eficiente de 3.34% para el nuevo período tarifario. Se establece un valor presente de los gastos de AOM ajustados de aproximadamente $2.293 millones de pesos. La resolución busca garantizar un servicio de gas natural confiable, teniendo en cuenta las variables del mercado y la necesidad de inversiones adecuadas para el correcto funcionamiento del sistema en este nuevo contexto tarifario.
CREG aclara consultas sobre la comercialización de gas natural en el mercado mayorista
CREG
La Circular 71 de 2024, emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), tiene como objetivo informar a los agentes del mercado de gas natural y terceros interesados sobre la segunda ronda de respuestas a consultas relacionadas con la aplicación de la Resolución CREG 102 009 de 2024 para la comercialización de gas natural en el mercado mayorista. En ella, se reconoce que se han recibido inquietudes adicionales de los agentes y se indica que la CREG continuará proporcionando clarificaciones a través de circulares informativas para facilitar el entendimiento de las disposiciones regulatorias.
Además, la circular se refiere a la emisión de conceptos que responden a las nuevas consultas recibidas, continuando la numeración de la Circular No. 070 de 2024. Estos conceptos se generan conforme a la normativa vigente, específicamente de acuerdo con la Ley 142 de 1994 y el Código de Procedimiento Administrativo. La CREG se compromete a mantener un canal de comunicación abierto para resolver dudas y mejorar la comprensión de las normativas en el sector.
Doctrina
Aclaraciones sobre la aplicación del Decreto 763 de 2024 para grandes consumidores de combustibles
SICOM
El concepto 33806 de 2024 emitido por la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía aborda inquietudes de los grandes consumidores y consumidores finales sobre la aplicación del Decreto 763 de 2024 y las Resoluciones 40304 y 40305. Se establece que el listado de los grandes consumidores que se benefician de las medidas del decreto se construirá semestralmente, con fechas de corte el 31 de agosto y el 28 de febrero, siendo la primera publicación el 2 de agosto de 2024. Se destaca que los interesados pueden solicitar su inclusión o exclusión del listado mediante derecho de petición, y que las solicitudes serán evaluadas por la Dirección de Hidrocarburos. La medida se aplicará solo a quienes estén en el listado, y las devoluciones de valores cobrados dependerán de las circunstancias que llevaron a la exclusión, ya que los consumidores finales no están obligados a reportar información en el sistema SICOM.
Asimismo, el documento establece que los agentes en la cadena de distribución de combustibles, como distribuidores mayoristas y estaciones de servicio, deben reportar mensualmente información sobre la adquisición de combustibles por parte de los grandes consumidores y consumidores finales, incluyendo volúmenes, precios y certificación por un contador público. Se resalta que el mecanismo diferencial afectará solo el ingreso al productor fósil en la estructura de precios, sin alterar otros rubros ni beneficios tributarios existentes. Se aclara también que el Gran Consumidor Individual No Intermediario de ACPM no será sujeto de este mecanismo, y el ministerio removerá de los listados a quienes caigan bajo esta categoría, asegurando su sujeción a la Ley 681 de 2001. Por último, se puntualiza que el mecanismo se aplicará solo si la entrega de combustible se realiza conforme a las regulaciones del SICOM.
Noticias
Gobierno presenta ambicioso proyecto de transición energética en la Feria de las Economías para la Vida
MinEnergía
Durante la inauguración de la Feria de las Economías para la Vida en Barranquilla, el ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, presentó un ambicioso proyecto económico del Gobierno Nacional que incluye inversiones cercanas a 160 billones de pesos, de las cuales 81 billones provienen de su ministerio. En este evento, que reunió a cerca de tres mil personas, se destacó la importancia de una hoja de ruta para la transición energética del país, que busca reducir la dependencia de combustibles fósiles y promover la industrialización. Camacho enfatizó que el portafolio incluye iniciativas como Comunidades Energéticas, electro movilidad, energía eólica costa afuera, y proyectos relacionados con el hidrógeno de bajas emisiones, todos destinados a generar empleo y beneficios económicos.
Asimismo, el ministro presentó la Estrategia Nacional de Infraestructura de Carga, que busca establecer un sistema de carga accesible para vehículos eléctricos a medida que aumenta su uso en el país. Este plan incluye la transformación de gasolineras en estaciones de energía, lo que contribuirá a una transición más sostenible y rentable. Camacho instó a los asistentes a unirse a los esfuerzos para enfrentar la crisis climática, subrayando que el país debe adaptarse y encontrar soluciones a los desafíos ambientales actuales, con la transición energética como un pilar fundamental en este proceso.
Tomado de MinEnergía. (03/10/2024)