Boletín Minería, O&G | 10 de noviembre 2022

Minenergía reglamentó suspensión a los agentes distribuidores de combustibles líquidos

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El Ministerio de Minas y Energía publicó la Resolución N.º 01678 de 2022, por medio de la cual, se modifica la Resolución 31348 de 2015 modificada por la Resolución 31100 del 16 de marzo de 2020, sobre el Sistema de Información de Combustibles (SICOM). 

De esta forma, se determina que para salvaguardar el régimen de abastecimiento de precios y de distribución de combustibles líquidos, la Dirección de Hidrocarburos podrá suspender de forma automatiza el código SICOM del agente cuando: la póliza de responsabilidad extracontractual, el certificado de conformidad o de inspección se encuentren vencidos. Esta suspensión será levantada, una vez el agente, allegue los documentos actualizados a la dependencia. La mencionada suspensión automática empezará a aplicarse a partir del 1 de febrero 2023.

 


 

Normativa

Minenergía modificó la Declaración de Producción de Gas Natural

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El Ministerio de Minas y Energía publicó la Resolución N.º. 01684 de 2022, que modifica la Declaración de Producción de Gas Natural para el período 2022 al 2031 para actualizar la información certificada por los Productores y Productores, y Comercializadores de gas natural.

La mencionada información fue analizada, ajustada y consolidada por el Ministerio a través del Sistema para la Captura y Consolidación de la Declaración de Producción de Gas Natural (SDG), para la empresa Ecopetrol S.A., en los campos: Cupiagua, Ballena y Chuchupa.

 


 

Minenergía estableció el ingreso al productor del combustible fósil de la gasolina motor corriente y de ACPM

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El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40448 de 2022, por medio de la cual, establece el ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios de la gasolina motor corriente. 

Por lo cual, se determina el ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios de la gasolina motor corriente, en $5.460,10 M/Cte. por galón, el cual aplicará en todas las zonas del país, sin importar el nivel de mezclas con alcohol carburante fijado para cada una de ellas. Ahora, respecto al Ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios del ACPM. Fijar el ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios del ACPM, se determina en $4.867,45 M/Cte por galón en todas las zonas del país, sin importar el nivel de mezclas con biocombustible para uso en motores diésel fijado para cada una de ellas.

 


 

Minenergía estableció el cálculo del ingreso al productor de gasolina motor corriente y del ACPM

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El Ministerio de Minas y Energía publicó la Resolución 40450 de 2022, por medio de la cual se establecen las proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor de las estructuras de precios de la gasolina motor corriente y del ACPM que se distribuyan en los municipios reconocidos como zonas de frontera que se regirán a partir del 1 de noviembre del 2022.

La normativa, determina la estimación de las estructuras de precios de la Gasolina Motor Corriente y el ACPM a distribuir en los municipios declarados como zonas de frontera, se deberán tener en cuenta las siguientes proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor.

 


 

Minenergía publicó el contenido máximo de mezcla de alcohol carburante con gasolina motor corriente y extra, y de biocombustible - biodiésel en la mezcla con diésel fósil

Minenergia

El Ministerio de Minas y Energía publicó la Resolución 40447, por medio de la cual se establece el contenido máximo de mezcla de alcohol carburante con gasolina motor corriente y extra, y de biocombustible - biodiésel en la mezcla con diésel fósil. 

De esta forma, la normativa establece el contenido máximo de alcohol carburante - etanol en la mezcla con gasolina motor corriente y extra fósil, que se distribuya por parte de distribuidores minoristas o que consuman los grandes consumidores en el territorio nacional, excepto en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

 


 

Se establece el Plan de Abastecimiento para la distribución de combustibles líquidos en Arauca

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El Ministerio de Minas y Energía publicó el plan de abastecimiento para la distribución de combustibles líquidos para algunos municipios del departamento de Arauca, en cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 y del Decreto 1081 de 2015, 1273 de 2020 y las resoluciones 40310 y 41304 de 2017.

En consecuencia, se expidió el plan de abastecimiento para la distribución de combustibles líquidos importados y/o producidos en el país en los municipios o corregimientos fronterizos del departamento de Arauca. El proyecto recibirá comentarios al correo electrónico pciudadana@minenergia.gov.co hasta el 17 de noviembre de 2022.

 


 

Minenergía estableció el valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel

Minenergia

El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40449 de 2022, por la cual se establece el valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 1 noviembre de 2022. 

Es así, que se determina fijar el ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel en $18.025,62 M/Cte. por galón. Esta modificación del nivel de mezclas con ACPM no modificará el ingreso al productor fijado para el biocombustible para uso en motores diésel en todas las zonas del país.

 


 

Minenergía establece el precio de referencia de venta al público de la gasolina, ACPM y biocombustible en el departamento de Nariño

Minenergia  Ver documento

El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40451, por la cual, se establece el precio de referencia de venta al público de la gasolina motor corriente oxigenada y del ACPM mezclado con biocombustible para uso en motores diésel, a distribuir en los municipios del departamento de Nariño a partir del 1 de noviembre de 2022. 

De esta forma, la normativa establece el precio de referencia de la gasolina motor corriente oxigenada para el municipio de Pasto en $8.413 M/Cte. por galón; el precio de referencia del ACPM mezclado con biocombustible para uso en motores diésel para el municipio de Pasto. Fíjese el precio máximo de referencia de venta al público del ACPM mezclado con biocombustible para uso en motores diésel que se distribuya en el municipio de Pasto, en $8.371 M/Cte. por galón; y los precios de referencia para los demás municipios del Departamento de Nariño. 

 


 

La CREG publicó el cronograma de comercialización del mercado mayorista de gas natural para el 2022

CREG  Ver documento

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) por medio de la Circular 053 de 2022, publicó el cronograma de la comercialización del mercado mayorista de gas natural para el año 2022, el cual ha sido modificado mediante las circulares CREG 057, 077, 080 y 082 de 2022, la normativa va dirigida para los agentes del mercado de gas natural.

Ahora, según el Artículo 22 de la Resolución CREG 186 de 2020, la entidad procedió a modificar nuevamente el cronograma y se resaltó en color verde los hitos del cronograma modificados.

 


 

Proyectos

La CREG publicó los precios de referencia de venta al público de la Gasolina Motor Corriente y Oxigenada, ACPM-Diésel y la mezcla con biodiésel

CREG  Ver documento

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) de acuerdo con la Resolución CREG 104 de 2022, publicó la estimación de los precios de referencia de venta al público de la Gasolina Motor Corriente, la Gasolina Motor Corriente Oxigenada, el ACPM-Diésel y la mezcla de ACPM-Diésel y biodiésel que regirá a partir en el territorio nacional a partir del 1 de noviembre de 2022.

Para la determinación de los precios se consideró el valor del ingreso al productor o importador de la Gasolina Motor Corriente, el ACPM-Diésel y de los biocombustibles destinados a la mezcla con combustibles fósiles, fijado por los Ministerios según lo establecido en el numeral 4 del artículo 1 de la Resolución 40193 de 2021. El documento técnico de la estructura de precios, así como de sus respectivas mezclas y el de precios de referencia por ciudades, pueden ser consultados en el siguiente enlace


 

Se presentó la ponencia de la Reforma Tributaria para segundo debate

Congreso de la República  Ver documento

El 31 de octubre de 2022 se presentó la ponencia final de la Reforma Tributaria en la que se realizaron los siguientes cambios: (i) la modificación de la sobretasa respecto de las sociedades colombianas que desarrollen actividades extractivas, dejando como sujetos de tributación únicamente a quienes desarrollen actividades de extracción de petróleo crudo y carbón; (ii)  la fijación de una tributación mínima para las personas jurídicas, la cual no podrá ser menor al 15% de la utilidad contable ajustada; (iii) la reducción al porcentaje para aplicar a los beneficios de personas jurídicas, quedando en 3%; (iv) la destinación de lo obtenido por 3 de los 5 puntos del recaudo derivados de la sobretasa o instituciones financieras, los cuales se destinarán a la financiación de redes viales terciarias, entre otros.

El proyecto deberá ser discutido en segundo debate en la Cámara de Representantes y en cuarto debate en el Senado de la República, luego de lo cual, de ser aprobado, pasará a sanción presidencial con lo cual se convertirá en ley.

 


 

La CREG publicó el análisis de beneficio costo por agrupación de PROMIGAS S.A. E.S.P.

CREG

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, por medio de la Circular N.º 100, publicó el análisis de beneficio costo para la agrupación de tramos regulatorios de transporte de gas natural, que fue presentado por la empresa PROMIGAS S.A. E.S.P. como parte de su solicitud tarifaria para establecer los cargos máximos tarifarios, según la Resolución CREG 175 de 2021.

Esta información del procedimiento administrativo sigue el procedimiento descrito en el literal c) del artículo 29 de la Resolución CREG 175 de 2021, concerniente a la agregación o seccionamiento de tramos. Durante los 15 días hábiles siguientes desde la fecha de publicación del 27 de octubre de 2022, los interesados podrán enviar comentarios al correo creg@creg.gov.co con el asunto “comentarios al documento de PROMIGAS S.A. E.S.P. de agrupación de tramos”.

 


 

La CREG publicó el proyecto de Agenda Regulatoria de 2023

CREG  Ver documento

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) publicó el Documento 705 004 que contiene el Proyecto de Agenda Regulatoria Indicativa 2023. 

Este documento va dirigido a los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible y los servicios públicos de combustibles líquidos, los usuarios de estos servicios, las instituciones relacionadas con estos sectores y demás interesados. Los comentarios se recibirán a través de la plataforma Sucop, https://www.sucop.gov.co/, dentro de los 10 días siguientes a su publicación, que tuvo lugar el 31 de octubre.

 


 

La ANH amplió plazo para presentar informes ejecutivos semestrales IES de 2022-1 respecto a contratos de evaluación técnica, exploración y explotación de hidrocarburos

ANH  Ver documento

La Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH-, amplió el plazo hasta el 30 de noviembre de 2022, para que los Operadores diligencien la información relacionada con la ejecución de las actividades exploratorias en la plataforma “PROEX” e igualmente, las compañías que lo estimen pertinente podrán radicar el mencionado informe en el sistema de correspondencia de la ANH.

Esta Circular va dirigida a titulares de contratos de evaluación técnica, exploración y explotación de hidrocarburos, exploración y producción de hidrocarburos, y convenios de explotación de hidrocarburos y de exploración y explotación de hidrocarburos. La normativa se suscribe a las directrices impartidas en la Circular No. 19 del 05 de Agosto de 2022 para la presentación de los informes ejecutivos semestrales IES 2022-1.

 


 

La CREG publicó el análisis de beneficio costo para la demanda del gasoducto Ballena - Barranca

CREG  Ver documento

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, por medio de la Circular N.º 103, publicó el análisis de beneficio costo para la demanda de la solicitud asociada al seccionamiento del gasoducto Ballena – Barranca, que fue presentado por la empresa Drummond Energy Inc., para establecer los cargos máximos tarifarios de la empresa Transportadora de Gas Internacional - TGI, según la Resolución CREG 175 de 2021.

Esta información del procedimiento administrativo sigue el procedimiento descrito en el literal c) del artículo 29 de la Resolución CREG 175 de 2021, concerniente a la agregación o seccionamiento de tramos. Durante los 15 días hábiles siguientes desde la fecha de publicación del 28 de octubre de 2022, los interesados podrán enviar comentarios sobre la petición de seccionamiento del tramo Ballena- Barranca, al correo: creg@creg.gov.co con el asunto “comentarios al documento de DRUMMON ENERGY INC de seccionamiento del gasoducto Ballena – Barranca”.

 


 

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