Boletín Aduanas y Comercio Internacional | Febrero 2023

Oficio Aduanero 67 de 2023

DIAN  Ver documento

DIAN aclaró las obligaciones de los usuarios operadores de zona franca. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (“DIAN”), por medio del Oficio Aduanero 67 del 17 de enero de 2023, aclaró el control del usuario operador al ingreso y salida de mercancía de zona franca; y el monto oportuno y en el término para diligenciar el FMM.

En este sentido, el despacho señala que, según el artículo 74 del Decreto 2145 de 2016, el usuario operador de zona franca tiene la obligación de establecer y mantener actualizado el manual de operaciones para el desarrollo de las actividades de los usuarios. Ahora bien, en lo que refiere al FMM, si bien no hay especificación de un término específico para u expedición, no es menos cierto que se encuentra obligado a esta. En últimas, recuerda que, para liquidar o imponer esta sanción, no es necesario agrupar los FMM de varias operaciones.

 


 

Concepto 91, 20/1/2023 

DIAN  Ver documento

La DIAN expidió un concepto general sobre el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes 
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió un concepto mediante el cual absolvió interrogantes el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. En este pronunciamiento doctrinal, la DIAN precisó que el hecho generador del impuesto se da, entre otros, en la importación para consumo de productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, razón por la cual cuando se vendan bienes distintos a productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, no se genera el impuesto. Adicionalmente, el sujeto pasivo responsable del impuesto es el productor o importador, según corresponda. Cabe resaltar que, el impuesto sí se genera en la venta de productos plásticos de un solo uso a usuarios de Zona Franca y Sociedades de Comercialización Internacional.

 


 

Proyecto de ley, 06/Feb/2023

Congreso de la República  Ver documento

Conozca el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno de Gustavo Petro para los próximos cuatro años
 
Este lunes 6 de febrero, se radicó ante el Congreso de la República, el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, titulado “Colombia, potencia mundial de la vida”. Este documento será la hoja de ruta del Gobierno Nacional y plantea una inversión de $1.154 billones para los próximos cuatro años.   Según el Departamento Nacional de Planeación, el documento se construyó tras el desarrollo de 51 diálogos Regionales Vinculantes, donde cerca de 250.000 personas entregaron más de 89.000 propuestas que se incluyeron en la construcción documento, así mismo, se ejecutaron 33 audiencias públicas sobre el Plan Plurianual de Inversiones donde 10.000 personas priorizaron los proyectos de inversión en cada uno de sus departamentos.

 


 

Concepto 165, 7/2/2023 

DIAN  Ver documento

La DIAN emitió el Concepto General en materia de procedimiento tributario y aduanero con motivo de la Reforma Tributaria 
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer el Concepto General en materia de procedimiento tributario y aduanero con motivo de la Ley 2277 del 2022. En lo que respecta al procedimiento aduanero, es necesario tener en cuenta las modificaciones introducidas por el artículo 81 de la Ley al artículo 814 en lo relativo a facilidades para el pago, sin garantías, cuando el término no sea superior a un (1) año y el contribuyente no haya incumplido facilidades para el pago durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud; en relación con el artículo 91, tasa de interés moratoria transitoria, para las obligaciones tributarias y aduaneras que se paguen totalmente hasta el treinta (30) de junio de 2023, y para las facilidades o acuerdos para el pago de que trata el artículo 814 del Estatuto Tributario que se suscriban a partir de la entrada en vigencia de la presente ley y hasta el treinta (30) de junio de 2023, este artículo no establece ninguna diferenciación o especificación sobre las obligaciones tributarias o aduaneras, con lo cual podrían tener cabida aquellas que son objeto de discusión en sede administrativa, sólo cuando el administrado desista de la discusión en sede administrativa se podrá liquidar la tasa de interés moratoria transitoria.

 


 

Resolución 40176, 2/2/2023 

Minminas  Ver documento

El MinMinas prorrogó por 15 meses la vigencia del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP) 
El Ministerio de Minas y Energía (MinMinas) prorrogó por 15 meses la vigencia del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP), adoptado mediante la Resolución 180540 del 2010, actualizado por última vez por medio de la Resolución 40122 del 2016, contados a partir del 5 de febrero del 2023, con el fin de proteger la vida e integridad de las personas y mantener la seguridad de los productos objeto del reglamento.

 


 

Oficio 65 de 2023

DIAN  Ver documento

DIAN aclara la exención de derechos arancelarios para la importación de maquinaria en proyectos de fuentes no convencionales de energía . La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por medio del Oficio 65 del 13 de enero de 2023, se refirió a la exención de pago de derechos arancelarios por la "importación de maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados para labores de reinversión y de inversión" en proyectos de fuentes no convencionales de energía, de la que trata la ley 1715 de 2014.  

Sobre el particular entonces, siempre y cuando se cumplan con los requisitos de la ley, se podrá acceder tanto a la exención del pago de los derechos arancelarios como a la deducción especial.

 


 

Oficio 165 de 2023

DIAN  Ver documento

DIAN expide concepto general con motivo de la Ley 2277 de 2022. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales(“DIAN”), por medio del Oficio 165 del 2023, expidió el concepto general en materia de procedimiento tributario y aduanero con motivo de la Ley 2277 de 2022.

En este sentido, el concepto aborda las retenciones en la fuente, la aplicación de los beneficios circunscritos en la ley, la aplicación de las sanciones, las multas, los suministros de los formatos, la aplicación concurrente de artículos, la tasa de interés moratoria transitoria, las declaraciones en forma extemporánea, y en últimas, las reducciones sancionatorias.

 


 

Gaceta 11

Congreso de la República  Ver documento

Congreso publica texto del proyecto de Ley del Acuerdo entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia relativo a la promoción y protección recíproca de inversiones.

“El presente Acuerdo tiene por objeto establecer, mantener y consolidar un marco jurídico que facilite y promueva las inversiones directas transfronterizas realizadas por inversionistas de una Parte, en el territorio de la otra Parte, con la finalidad de promover el desarrollo armonioso, productivo y sostenible de ambos pueblos, en respeto a la soberanía y autodeterminación de cada una de las partes, de su ordenamiento jurídico nacional y del derecho internacional”.

 


 

Concepto, 1540(908950), 22/Dic/2022

DIAN  Ver documento

A partir de la vigencia del Decreto 390 del 2016 no se reconocen nuevos usuarios altamente exportadores (ALTEX). El artículo 36 del Decreto 2685 de 1999, que regulaba las condiciones para ser reconocido e inscrito como Usuario Altamente Exportador (ALTEX), fue derogado por el Decreto 390 del 2016, de manera que a partir de la vigencia de este último no se reconocen nuevos ALTEX.

Los usuarios ya reconocidos podían continuar accediendo a los beneficios consagrados en la legislación tributaria y aduanera hasta el 22 de marzo del 2020, en los términos del artículo 766 del Decreto 1165 del 2019, indicó la Dian.

No obstante, el artículo 1 del Decreto 436 del 2020 prorrogó la vigencia del reconocimiento e inscripción de los ALTEX hasta el 31 de mayo del mismo año, fecha que se extendería de manera automática mientras se mantuviera la declaratoria de la emergencia sanitaria por causa de Covid-19, es decir, hasta el 30 de junio del 2022, en los términos de la Resolución 666 del 2022.

 


 

 Nueva entrega: Boletín Actualización Jurídica Aduanas (-0033)

MinCit  Ver documento

Presidentes de Colombia y Venezuela celebraron la profundización del Acuerdo de Alcance Parcial No. 28 sobre el comercio bilateral. En la frontera entre Colombia y Venezuela, se celebró la primera reunión extraordinaria de la Comisión Administradora del Acuerdo de Alcance parcial No.28. En esta, el Presidente, Gustavo Petro, y el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, celebraron la profundización del Acuerdo sobre el comercio bilateral, con el cual se busca estimular la complementariedad económica entre ambas naciones. Esta negociación se suma al acuerdo bilateral de protección de inversiones que recientemente firmaron ambos países. 

Con lo anterior, se realizó una revisión arancelaria que busca equilibrar las condiciones de intercambio comercial, para impulsar los encadenamientos y la complementariedad económicas. También se incorporaron requisitos en algunos productos del sector agrícola. Estos acuerdos se suman a la firma del Acuerdo Bilateral de Protección de Inversiones, el cual se firmó recientemente.

 


 

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