Seguros paramétricos

En el proyecto de ley por la cual se expediría el Plan Nacional de Desarrollo para la vigencia 2022 – 2026, el Gobierno Nacional propone la incorporación de 3 artículos sobre los seguros paramétricos con el objeto de dar claridad jurídica para el desarrollo este tipo de seguros.

El primero de ellos adicionaría el numeral 4 al artículo 183 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. En este se autorizaría a las aseguradoras para ofrecer seguros paramétricos y se incluiría una definición de dicho seguro y un requisito para el índice: 

4. Seguro paramétrico o por índice. Las entidades aseguradoras podrán ofrecer seguros bajo la modalidad de seguro paramétrico o por índice en los que el pago, por la ocurrencia de un suceso incierto, se hará exigible ante la realización de uno o varios índices definidos en el contrato de seguro. El índice o los índices deberán estar correlacionados con el riesgo asegurado y la cuantía del pago por la ocurrencia del mismo corresponderá al monto predeterminado en la póliza. 

El Gobierno nacional podrá establecer condiciones adicionales para el funcionamiento del seguro paramétrico o por índice.”

El segundo, incluiría un nuevo inciso al artículo 1077 del Código de Comercio. En este se indicaría la forma en que quedaría demostrada la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida:

“En el caso de los seguros paramétricos o por índice, la ocurrencia del siniestro y su cuantía quedarán demostrados con la realización del índice o los índices, de acuerdo con el modelo utilizado en el diseño del seguro y definido en el respectivo contrato”.

El tercero agregaría un segundo inciso al artículo 1088 del Código de Comercio. En este, se incluiría la condición cuya ocurrencia daría lugar al pago de la indemnización por parte de la aseguradora:

“Para el caso del seguro paramétrico o por índice, el pago por la ocurrencia del riesgo asegurado se hará efectivo con la realización del índice o los índices definidos en el contrato de seguro”.

Las modificaciones anteriores se encuentran sustentadas en el documento denominado “Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026” que señala lo siguiente:

“También es necesario implementar una estrategia de gestión y aseguramiento del riesgo en el sector empresarial. A partir de información que el DANE profundice, se fortalecerá la caracterización de los riesgos que las unidades productivas y sus
cadenas de valor enfrentan y el desarrollo de productos que permitan la gestión adecuada de los riesgos. Se proporcionará claridad jurídica para el desarrollo de seguros paramétricos”.

Si desea consultar el texto del borrador del proyecto del Plan Nacional de Desarrollo haga clic aquí.

 

 

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