10 de agosto 2021
Abastecimiento, confiabilidad y cobertura del gas natural en Colombia

El Gobierno Nacional da claras señales de fortalecimiento a la industria del gas combustible (gas natural, GLP vehicular, gas natural licuado, GLP, GNCV, NautiGLP) como parte del desarrollo de la transición energética nacional.

Por lo anterior, el Presidente de la República, Ivan Duque, sancionó el pasado 4 de agosto de 2021 la ley “por medio de la cual se promueve el abastecimiento, continuidad, confiabilidad y cobertura del gas combustible en el país (en adelante la “Ley”)

La Ley busca generar el marco normativo para que el Ministerio de Minas y Energía y sus entidades adscritas dicten las normas que garanticen el abastecimiento y la confiabilidad en el suministro de gas combustible en Colombia, como eje de la transición energética. En este sentido, la Ley creó el marco legal necesario para el desarrollo de varios temas importantes para el sector, tales como:

  1. Incluir en el Plan de Abastecimiento de Gas Natural, establecido por la Resolución 40304 de 2020 del Ministerio de Minas y Energía, proyectos adicionales de gasoductos necesarios para la conexión de los yacimientos de gas natural offshore al Sistema Nacional de Transporte de Gas Natural;
  2. Crear incentivos para programas de sustitución de leña, carbón, residuos kerosene, gasolina y alcohol por gas natural como fuente de energía;
  3. Priorizar los proyectos que sustituyan diesel por gas natural combustible para la generación eléctrica;
  4. Declarar como de interés nacional y estratégico la masificación del uso del gas natural, AutoGLP y NautiGLP;
  5. Fortalecer el Sistema de Información de Combustibles (SICOM) para el registro de operaciones del AutoGLP, NutiGLP para su seguimiento y control; así como controlar el cumplimiento de normatividad técnica en materia de conversiones, vehículos convertidos, y estaciones de servicio que suministren estos combustibles;
  6. Los sistemas de transporte público masivo deberán garantizar que por lo menos el 30% de los vehículos utilizados operen con gas natural;
  7. Crear programas institucionales para que el transporte de carga opere en un 30% con vehículos a gas natural;
  8. Crear incentivos para la autogeneración y generación de energía eléctrica a partir de gas natural.

Para ver la Ley, por favor ingrese al siguiente enlace: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202128%20DEL%204%20DE%20AGOSTO%20DE%202021.pdf

 

 

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