El Ministerio de Minas y Energía (“MME”) publicó un proyecto de resolución por medio del cual establece el contenido mínimo y las modalidades de ejecución de los acuerdos que sean suscritos entre agentes de la cadena de combustibles que tengan por objeto la entrega, compraventa, suministro o el almacenamiento estratégico o de respaldo de combustibles líquidos derivados del petróleo, biocombustibles o sus mezclas (el “Proyecto de Resolución”).
Además, el Proyecto de Resolución determina las condiciones del mecanismo de registro de dichos acuerdos ante el MME y se complementan los procedimientos y condiciones para las transacciones en el Sistema de información de combustibles – SICOM.
Dentro de las condiciones mínimas de los acuerdos se incluye: la delimitación del objeto, la identificación de las partes, la modalidad del contrato (que deberá responder a las modalidades descritas más adelante), el producto, la calidad del producto, el volumen del acuerdo, la periodicidad de entrega, los puntos de entrega, la duración del contrato, los mecanismos de medición y control de calidad, entre otros.
Así mismo, el Proyecto de Resolución establece las únicas modalidades de acuerdos que serán admisibles por el MME, a saber:
- Firmeza total, en la que se garantiza la entrega y recepción del 100% de una cantidad determinada de combustible, sin interrupciones, durante la vigencia del acuerdo;
- Firmeza parcial del 85%, en la que se garantiza la entrega y recepción del 85% de una cantidad determinada de combustible, sin interrupciones, durante la vigencia del acuerdo;
- Firmeza parcial del 50%, en la que se garantiza la entrega y recepción del 50% de una cantidad determinada de combustible, sin interrupciones, durante la vigencia del acuerdo;
- Almacenamiento o de respaldo; en la que se garantiza el almacenamiento del 100% de un volumen pactado y la entrega y recibo de, al menos, el 95% de dicha cantidad ante solicitud expresa de la parte compradora y la autorización del MME; y
- Entrega en el corto plazo; en la que se garantiza la entrega y recibo de, al menos, el 95% del volumen global del acuerdo, sin interrupciones, durante la vigencia del acuerdo.
El Proyecto de Resolución indica que el proceso de registro de los acuerdos será realizado a través del SICOM, en donde el registro será exitoso solo si el interesado presenta la información completa y legible y siempre que se realice dentro de los primeros 10 días calendario de cada mes.
Para ver el Proyecto de Resolución, ingrese al siguiente enlace: https://www.minenergia.gov.co/documents/10192/24332217/Proyecto+resoluci%C3%B3n+contratos+agentes+para+comentarios.pdf
Tenga en cuenta que el MME recibirá comentarios de la ciudadanía interesada hasta el 15 de marzo de 2022, a través del correo electrónico pciudadana@minenergía.gov.co y haciendo uso de este formato: Link.