04 de mayo de 2020

Las principales medidas tomadas por la Superintendencia de Industria y Comercio en su Resolución 19831 son:
- Prorrogar la suspensión los términos de los procesos jurisdiccionales y de los procesos de verificación de cumplimiento (incluidos en el numeral 11 del Artículo 58 de la Ley 1480 de 2011) en asuntos de competencia desleal y propiedad intelectual, radicados antes del 1 de mayo de 2020. La extensión de la suspensión corre hasta el 30 de mayo de 2020, con las siguientes excepciones:
*Procesos que se encuentran en curso ante la delegatura de asuntos jurisdiccionales relacionados con protección al consumidor.
*Trámites radicados desde el 17 de marzo, a través de medios tecnológicos, según lo previsto en el Artículo 24 del Código General del Proceso.
- Los trámites y procesos respecto de los cuales se reanudan términos se tramitarán mediante el uso de medios tecnológicos. Los funcionarios de la Superintendencia no exigirán el cumplimiento de formalidades innecesarias.
- Las comunicaciones deberán ser enviadas por correo electrónico en formato PDF.
- Las partes, abogados, terceros e intervinientes en los procesos jurisdiccionales deberán suministrar correo electrónico.
- Las providencias y otras decisiones serán firmadas digitalmente.
- Estados electrónicos y fijaciones en lista se publicarán en la página web de la Superintendencia.
Ver texto completo Resolución 19831 de 2020
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