24 de marzo de 2020
NOTARÍAS

La Superintendencia de Notariado y Registro, mediante Resolución No. 3130 del 24 de marzo de 2020 ordenó la suspensión de términos de los trámites, procedimientos, actuaciones administrativas, actuaciones disciplinarias y procesos registrales en curso ante sus dependencias, incluyendo las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, del 24 de marzo al 12 de abril de 2020. Por lo tanto, el plazo para realizar todos los trámites, como por ejemplo el registro de una escritura pública, se reanudará el 13 de abril de 2020.

Adicionalmente, no habrá atención al público en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país ni en las sedes administrativas de la Superintendencia de Notariado y Registro hasta el 13 de abril.

Sin embargo, los siguientes servicios seguirán siendo prestados a través de la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro:

  • Expedición de certificados de tradición y libertad.
  • Expedición de certificados de no propiedad.
  • Ventanilla Única de Registro.
  • Consulta índice de propietarios.
  • Consulta licencias urbanísticas.
  • Consulta liquidación de herencias.
  • Consulta autorizaciones de salida del país de menores de edad.

La movilización hacia las Notarías y la prestación de servicios domiciliarios por parte de las Notarías y se encuentran expresamente habilitados durante el referido periodo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 457 de 2020.

Los procesos, trámites, audiencias o actuaciones en materia contractual de las dependencias de la Superintendencia de Notariado y Registro que se encuentren en curso no se entenderán suspendidos y será el Secretario General de esta entidad quien determinará si éstos han de suspenderse de acuerdo con las instrucciones del Gobierno en el marco de la emergencia sanitaria por el Coronavirus Covid-19.

Por su parte, a través de la Resolución No. 3133 el 24 de marzo de 2020 la Superintendencia de Notariado y Registro modificó temporalmente el horario y fechas de atención de las Notarías del país desde el 24 de marzo hasta el 12 de abril de 2020. En los municipios que tengan una sola o dos Notarías, éstas prestarán sus servicios dos días a la semana de 10:00 A.M a 1:00 P.M., mientras que las Notarías de los demás municipios prestarán sus servicios en el mismo horario mencionado anteriormente en las fechas indicadas en el artículo segundo de la referida resolución.
 

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