La Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (en adelante, “URF”) publicó el proyecto de decreto por medio del cual se busca la convergencia del régimen de reservas técnicas de entidades aseguradoras a las Normas Internacionales de Información Financiera para contratos de seguro (NIIF 17) y la Directiva de Solvencia II.
Así, este proyecto de decreto surge de la necesidad de ajustar las normas prudenciales de las entidades aseguradoras, particularmente lo relacionado con la administración, contabilización e información de sus reservas técnicas, a los estándares de información financiera NIIF 17, que tendrán su aplicación en Colombia, a partir del 1 de enero de 2027.
De acuerdo con la URF, las NIIF 17 definen estándares para realizar una mejor estimación del cálculo de las reservas técnicas pues contemplan “nuevos conceptos, parámetros y metodologías para la estimación, comparabilidad y revelación de los pasivos de las entidades que desarrollan la actividad aseguradora”.
Algunos de los principales efectos del proyecto de decreto se verán en la implementación del concepto de “mejor estimación” que introduce algunos elementos técnicos como la tasa de descuento conformada por una curva libre de riesgo y una prima de iliquidez, vectores de variación de inflación y de salario mínimo y ajuste o margen por riesgo no financiero. Lo anterior impactará el cálculo de las reservas de riesgos en curso, reserva matemática, reserva de siniestros ocurridos (avisados, no avisados y parcialmente avisados), y – en algunos aspectos particulares – la reserva de riesgos catastróficos. Respecto de la reserva por insuficiencia de prima, se propone su eliminación.
Finalmente, conscientes de los retos que implica la adopción de las NIIF 17, a través del proyecto de decreto, la URF establece un plan de implementación que sea acorde con la magnitud de los cambios en materia de procesos tecnológicos, capacitación de personal y reportes.
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