A través de un decreto expedido por el Departamento Nacional de Planeación, se modificaron normas sobre contratación estatal, entre las que se destacan:
- Establece el deber de publicar el análisis base para determinar el valor estimado del contrato en la modalidad de selección de concurso de méritos.
- Ajusta las reglas aplicables al procedimiento de concurso de méritos, dada la declaratoria de suspensión provisional parcial decretada por el Consejo de Estado de la norma que lo regulaba.
- Determina reglas aplicables para la aceptación de garantías de estabilidad y calidad de la obra con una vigencia inferior a 5 años.
- Establece transitoriamente el deber de reportar información contable y financiera correspondiente a los tres últimos años fiscales en el registro único de proponentes (RUP).
Este decreto empieza a regir a partir de su publicación, sin embargo, los procedimientos de selección en los que se hubiera publicado el aviso de convocatoria con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto se continuarán rigiendo por las disposiciones vigentes para dicha época.
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