La Comisión de Regulación de Energía y Gas (“CREG”) publicó la Resolución 084 de 2021 (la “Resolución”) mediante la cual toma unas medidas transitorias para la comercialización de gas natural en Colombia para el periodo 2021 -2022, modificando temporalmente lo establecido por la Resolución CREG 186 de 2021.
Las medidas transitorias consisten principalmente en reducir el plazo mínimo de los contratos con firmeza condicionada, CF95, C1 y C2 de tres años a un año. Así mismo establece los mecanismos de reporte de las cantidades de gas natural en firme disponible (PTDVF y CIDVF) para este mecanismo.
Con dichas medidas se busca flexibilizar la comercialización y contratación del gas firme disponible de corto plazo, para que los usuarios con una alta variación en su consumo de gas natural por los efectos de la pandemia de COVID-19 enfrenten de mejor manera esta situación.
Esta iniciativa se origina también en la manifestación de los agentes del mercado sobre la necesidad de flexibilización de los mecanismos de comercialización de gas natural.
Para ver la Resolución, por favor ingrese al siguiente enlace: http://apolo.creg.gov.co/Publicac.nsf/1c09d18d2d5ffb5b05256eee00709c02/481f6236b5dfeafb052587140053f569