Boletín Real time | 19 de octubre 2022

Nuevos plazos para el suministro de información en el Registro Único de Beneficiarios de la DIAN

Plazos DIAN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a través de la Resolución 1240 de 2022, amplió los plazos hasta el año 2023 para el suministro de la información requerida en el Registro Único de Beneficiarios (RUB) y para la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructuras sin Personería Jurídica (SIESPJ).

La resolución también contempla una modificación del anexo técnico, en la casilla tipo de novedad, con el fin de permitir a los obligados a suministrar información en el RUB el cargue masivo de información.  

La decisión fue tomada, según se afirma en el documento, debido al número de inquietudes y solicitudes presentadas por los obligados acerca de los trámites y el tipo de información requerida, así como también, por los ajustes y procedimientos previos que deben cumplir las estructuras sin personería jurídica no obligadas a inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT). 

Las nuevas fechas son las siguientes:
 

Actividad

Obligados

Nuevo plazo máximo

Suministro inicial de la información para el RUB

  • Personas jurídicas
  • Estructuras sin personería jurídica o similares

Condición: constituidas, creadas y/o obligadas al 31 de mayo de 2023

31 julio 2023

  • Personas jurídicas
  • Estructuras sin personería jurídica o similares

Condición: constituidas, creadas y/u obligadas a partir del 1 de junio de 2023

Dentro de los 2 meses siguientes a:

  1. La inscripción en el Registro Único Tributario – RUT
  2. La inscripción en el Sistema de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica - SJESPJ
  3. Al momento en que se encuentren obligadas

 

Inscripción en el SIESPJ

  • Las estructuras sin personería jurídicas o similares

Condición: creadas al 31 de mayo de 2023, que no se encuentren obligadas a inscribirse en el Registro Único Tributario - RUT

31 julio 2023

  • Las estructuras sin personería jurídica o similares

Condición: creadas a partir del 1 de junio de 2023

Dentro del mes siguiente a su creación.

 

 


 

Procuraduría emitió circular sobre la protección de ecosistemas y áreas de especial importancia ecológica

Protección Ecosistemas

El Procurador Delegado con funciones mixtas 3 para asuntos ambientales y agrarios expidió la Circular 1 de 2022 dirigida a la Presidencia de la República, Ministerios, Organismos y Entidades Administrativas de la Rama Ejecutiva, Entidades Territoriales y Organismos Autónomos, con el fin de recordar el deber de cumplir las decisiones judiciales relacionadas con el reconocimiento de ecosistemas y las áreas de especial importancia ecológica como sujetos de derecho.

En la circular se citan algunos ejemplos de fallos judiciales que otorgan dicho estatus jurídico: 
 

Ecosistema o área de especial protección ecológica

Fallo – Despacho Judicial

Río Atrato

 

T-622 de 2016
Corte Constitucional

 

Amazonía

 

STC-4360 de 2018
Corte Suprema de Justicia – Sala Civil

 

Páramo de Pisba

 

016 de 2018
Tribunal Administrativo de Boyacá

 

Río Otún

 

036 de 2019
Juzgado 4 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Pereira

 

Río Cauca

 

038 de 2019
Tribunal Superior de Medellín

 

Vía Parque Isla Salamanca

 

STC-3872 de 2020
Corte Suprema de Justicia – Sala Civil

 

Parque Nacional Natural Los Nevados

 

STL-10716 de 2020
Corte Suprema de Justicia – Sala Laboral

 

El Procurador enfatizó la necesidad de desplegar mayores esfuerzos para la articulación institucional con el fin de dar cumplimiento a los fallos mencionados; igualmente, recordó la importancia de promover la participación de las comunidades y grupos étnicos asentados en los respectivos territorios con el fin de promover el cuidado, defensa y restauración de estos bienes ambientales. 

Con fundamento en las anteriores consideraciones, la circular emitió las siguientes advertencias y exhortaciones: 

  1. El incumplimiento de las órdenes impartidas en los fallos judiciales es una causal de falta disciplinaria para los siguientes servidores públicos:  los destinatarios directos de las órdenes y los que tienen asignadas funciones legales o reglamentarias necesarias para su implementación. 
  2. La Presidencia de la República deberá ejecutar las actividades necesarias para lograr la coordinación interinstitucional necesaria, en concordancia con los principios constitucionales de concurrencia, subsidiariedad y coordinación. 
  3. La Presidencia de la República deberá evaluar la posibilidad de asumir la representación legal de los ecosistemas, de conformidad con la ley vigente. 
  4. Las entidades estatales a cargo de la representación legal de los ecosistemas deben llevar a cabo la articulación institucional y la participación de las comunidades, grupos étnicos y los demás actores relevantes como los son los gremios privados. 
     

 


 

Tomando el pulso a los proyectos de ley para el sector salud

Salud

En el Congreso de la República, con corte al 14 de octubre de 2022, se están tramitando 42 proyectos de ley asociados al sector salud: 30 proyectos fueron presentados en la actual legislatura, la cual va desde el 20 de julio de 2022 al 20 de junio de 2023 y 11 en la pasada legislatura cuyo período fue desde el 20 de julio de 2021 al 20 de junio de 2022; el último proyecto corresponde a la antepasada legislatura y se encuentra en trámite de objeciones presidenciales. 

Es importante destacar que el 47% de los proyectos en curso se encuentran pendientes de rendir ponencia en primer debate. Los temas y el estado de todos los proyectos se presentan en las siguientes gráficas:

Proyectos de Ley Salud

Estado proyectos de ley Salud

Fuente: elaboración del Centro de Investigaciones BU con información publicada en el sitio web de la Cámara de Representantes y el Senado de la República, disponible al 14-10-22.

 


 

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