27 de Noviembre de 2020
SFC: Proyecto de circular sobre distribución de seguros colectivos

La Superintendencia Financiera de Colombia (“SFC”) publicó para comentarios un proyecto de circular externa, mediante el cual se modificaría el numeral 6 “Cláusulas y Prácticas Abusivas” del Capítulo I, Título III, Parte I de la Circular Básica Jurídica.

La modificación implicaría la adición de una nueva práctica abusiva consistente en la vinculación como asegurados a clientes, consumidores o usuarios de servicios ofrecidos por entidades no vigiladas por la SFC, a través de seguros colectivos tomados por dichas entidades, por cuenta de sus clientes, cuando estas reciban algún tipo de remuneración a cambio.

Sin embargo, en el proyecto se establece que esta actividad estaría permitida, siempre y cuando la aseguradora cumpla con los siguientes requisitos: 

i) Suministrar de manera clara, suficiente y oportuna, a cada uno de los asegurados bajo un seguro colectivo, toda la información indispensable para que éstos tengan un claro entendimiento de los beneficios, limitaciones y costos del producto. 

ii) Los productos cumplan con los requisitos de universalidad, sencillez y estandarización del artículo 2.31.2.2.1 del Decreto 2555 de 2010.

iii) Delimitar el riesgo asegurado en forma clara, de manera que los consumidores financieros puedan identificar si el riesgo que pretenden asegurar estaría cubierto por el seguro, sin necesidad de revisar las exclusiones, límites de cobertura o restricciones de ley.

iv) Redactar las exclusiones de cobertura de manera clara, sencilla y precisa. Además, las exclusiones deben tener un impacto en el valor de la prima, lo cual debe estar sustentado actuarialmente.

Finalmente, en el proyecto se establece que las aseguradoras contarían con un plazo máximo de 6 meses, a partir de la entrada en vigencia de la circular, para ajustar los contratos y prácticas a la nueva norma. 


 

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