09 de Noviembre de 2020
Se amplía figura del Operador Económico Autorizado

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (“DIAN”) mediante la expedición de la Resolución 000048 del 15 de mayo de 2020 amplía el programa del Operador Económico Autorizado a las Instalaciones Portuarias y a los Operadores Portuarios. 

Esta Resolución contiene los requisitos mínimos que deberán cumplir las compañías solicitantes a fin de iniciar el proceso y mantener la autorización, es relevante mencionar, que también se precisan las verificaciones a las condiciones previstas en los numerales 6.1.7 y 6.1.9 del artículo 6 del Decreto 3568 de 2011 modificado por el artículo 5 del Decreto 1897 de 2015.

Por otra parte, se mantiene la estructura de requisitos mínimos que se ha manejado para importadores, exportadores y Agencias de aduanas, basándose en un sistema de gestión de riesgos para las operaciones de la cadena de suministro internacional. 

 

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