15 de julio 2021
Resolución 699 de 2021– Parámetros y límites de vertimientos al suelo

La Resolución tiene por objeto establecer los parámetros y valores límites máximos permisibles en vertimientos puntuales de Aguas Residuales Domésticas Tratadas al suelo. 

Esta disposición normativa aplica para los usuarios de vivienda rural dispersa, usuarios equiparables de vivienda rural dispersa, y usuarios que no son ni equiparables ni pertenecen a la categoría de vivienda rural dispersa. Para los anteriores usuarios se establece la obligación de informar los resultados de los análisis y cuantificaciones de los parámetros específicos fijados en la Resolución para los vertimientos puntuales de ARD-T a la autoridad competente. Y en virtud de tal categorización, determinó las siguientes obligaciones: 

En primer lugar, la resolución reiteró que los usuarios de vivienda rural dispersa no requerirán permiso de vertimiento, y que le corresponderá a las Autoridades Ambientales realizar la caracterización de los vertimientos para verificar el cumplimiento de los parámetros fisicoquímicos y microbiológicos.

Con respecto a las otras dos categorías, la disposición establece que estos deben cumplir con los parámetros fisicoquímicos y microbiológicos y sus valores máximos permisibles de vertimientos puntuales de ARD-T, los cuales se encuentran estipulados en el Artículo 4.  También estipula que los usuarios que no son ni de vivienda rural dispersa ni equiparables a vivienda rural dispersa deben realizar el análisis de los parámetros con frecuencia de monitoreo anual. Y, para los usuarios de vivienda rural dispersa y los equiparables a vivienda rural dispersa, la obligación de realizar tal monitoreo con frecuencia bienal. 
 

 

 

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