29 de mayo de 2020
UAP/ALTEX

Los UAPs y ALTEX podrán seguir operando en el país si se tiene en cuenta que a través de la Resolución 00844 del 26 de mayo del 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social prorrogó la emergencia sanitaria en el país hasta el día 31 de agosto, abriendo la posibilidad, de acuerdo con el Decreto 436 del 2020, de que las compañías que cuenten con la calidad de UAP y/o ALTEX prorroguen la misma siempre que modifiquen la garantía que ampara dichas calidades por el tiempo que dure la emergencia más tres meses más.

Para aquellas compañías cuya póliza vence antes de la vigencia indicada (30 de noviembre del año en curso), se indica que deberán radicar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la emisión de dicha Resolución (esto es, hasta el 2 de junio), ante la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero de la DIAN, la modificación de la vigencia de su garantía por el término establecido en el acto administrativo y tres (3) meses más.

Junto con la solicitud se deberá anexar:

  1. Garantía modificada
  2. Certificado de pago de la prima o manifestación expresa de que la misma se encuentra paga o no expirará por falta de pago

Ante la imposibilidad de radicar físicamente las solicitudes durante el aislamiento obligatorio, estas deben enviarse al siguiente correo electrónico: 215361_gestiondocumental@dian.gov.co con copia  a  iflorezl@dian.gov.co junto con la póliza y sus anexos

En caso de requerir información adicional o para notificar la aprobación de la modificación de la vigencia de la garantía, la DIAN enviará comunicación al correo electrónico registrado en el RUT o a la dirección de correo electrónico a través de la cual se realizó la solicitud. 

Es importante tener en cuenta el término para la radicación, ya que de presentarse extemporáneamente la garantía será rechazada.
 

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